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El Centro de Navegación (Cennave) rechaza un artículo incluido en el proyecto de ley de Rendición de Cuentas que propone hacer solidariamente responsable a los agentes marítimos por las obligaciones que los propietarios de buques y armadores generen con la Administración Nacional de Puertos (ANP). La presidenta de la cámara empresarial que agrupa a los operadores portuarios, Mónica Ageitos, dijo a Búsqueda que se trata de una disposición que “va contra la competitividad” y que, además, es “inconstitucional” y opuesta a la naturaleza jurídica del agente marítimo.
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El artículo en cuestión (206) plantea modificar lo establecido en la Ley de Rendición de Cuentas del ejercicio 2010 (18.834) —que ya había generado controversia— y obligar solidariamente a las agencias marítimas al pago de los servicios o suministros que soliciten para los buques operados en los puertos administrados por la ANP, así como de las obligaciones generadas “en ocasión del uso de estos y del cumplimiento del Reglamento de Atraque”.
Hasta ahora, la responsabilidad solidaria de los agentes marítimos se limita a aquellos servicios que hubieran solicitado expresamente en representación del armador o de la empresa naviera.
La titular del Cennave —que agrupa a las agencias marítimas, operadores portuarios, terminales y depósitos— advirtió que “este empuje” de la autoridad portuaria por intentar hacer responsable al agente no es la primera vez que sucede.
Señaló que el régimen vigente es claro en cuanto hace responsables solidarios al propietario y al armador por las deudas que se generen, y al agente marítimo únicamente por los servicios que haya solicitado en nombre del armador.
“En un momento en que el Ministerio de Economía envía una norma sobre competitividad al Parlamento, y en el que la actividad portuaria está sensiblemente golpeada” por el menor nivel de actividad, “la ANP remite un proyecto de artículo que va en contra de la competitividad portuaria, pretendiendo otorgarle una representación más gravosa a un actor fundamental, representante de las navieras”, argumentó Ageitos.
Búsqueda consultó a las autoridades oficialistas de la ANP sobre las razones para incluir esta disposición, pero no obtuvo respuesta.
Preocupación y confusión
El Cennave agrupa a más de una treintena de agencias marítimas especializadas en la atención y los trámites vinculados a la operativa de los buques y la carga.
Al anunciar la escala del buque en la terminal, entre los servicios que se encargan de gestionar los agentes ante la ANP están los relativos al uso de puerto, muellaje, pedido de fondeo, por ejemplo. También el buque puede requerir suministros de agua potable, conexión a la electricidad, retiro de residuos, etcétera.
Ageitos señaló que le transmitió a las autoridades de la ANP la “preocupación” y el “descontento” que genera el cambio propuesto entre los agentes marítimos. Aclaró que, cuando estos operadores solicitan un servicio para el armador, toman los recaudos necesarios para garantizar su pago o, de lo contrario, “se hace responsable” de abonarlo el propio agente.
Además, en un contexto de baja actividad, alegó que en el sector despierta “confusión” la decisión de incluir esta disposición que puede terminar siendo muy gravosa para los agentes y seguir perjudicando la competitividad en la cadena de la logística marítima. Apuntó también que los privados están haciendo “esfuerzos muy importantes para alentar nuevos negocios y plataformas de trasbordos”, dada la baja de volúmenes y escalas que se viene registrando en la actividad portuaria.
La representante empresarial recordó que en la discusión parlamentaria de 2010 se reconsideró y reformuló la responsabilidad solidaria que aquel texto hacía recaer sobre los agentes marítimos y ahora también espera que se comprenda que el sistema actual es el correcto y que, por tanto, se mantenga.
Transporte de prácticos
En contrapartida, la titular del Cennave reconoció que el proyecto de ley de competitividad y reducción del costo de vida, enviado semanas atrás por el Poder Ejecutivo al Parlamento, contiene una mejora regulatoria que contribuirá a la eficiencia del sistema portuario y que, de aprobarse, tendrá un impacto económico relevante. Se trata del artículo 144, que “corrige una distorsión” en el mecanismo de contratación del servicio de transporte de prácticos, dejándolo a “libre elección” por parte del buque o del agente marítimo que lo solicite en su lugar.
La embarcación o lancha que transporta al práctico seguirá siendo inspeccionada, habilitada y controlada por la autoridad marítima (la Prefectura Nacional Naval), aclara.
El cambio propuesto es un reclamo histórico del Cennave y no altera la obligatoriedad del servicio de practicaje, señala un informe reciente realizado por la gremial que expone los fundamentos técnicos, jurídicos y económicos de la modificación.
Actualmente, el armador o el agente marítimo que lo representa no puede elegir la embarcación que realiza el traslado del práctico para la prestación del servicio, que consiste en indicar al capitán del buque el lugar de ingreso y salida del puerto. La elección de la lancha es algo que decide el propio práctico, lo que genera un conflicto de interés, explica el documento, ya que las principales empresas que prestan el servicio de transporte pertenecen a las corporaciones de prácticos. Esa situación “consolida una posición dominante y restringe la competencia entre operadores habilitados”, indica.
Por eso, el cambio incluido en la iniciativa legislativa “viene a solucionar un grave problema de falta de competencia” y de “reducción de competitividad” del sistema portuario actual, sostiene el Cennave.
Agrega que el servicio de transporte de prácticos tiene una incidencia relevante en los costos logísticos del comercio exterior uruguayo. Según el documento, la evolución de las tarifas del servicio de transporte de prácticos se quintuplicaron si se comparan con las que se abonaban en 1993.