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    Corredores respaldan regulación a operadores que captan fondos fuera del mercado; “iguala” condiciones

    Un proyecto de normativa puesto en consulta pública por el Banco Central exige que los operadores financieros se inscriban y constituyan garantías, y les establece topes a su actividad por fuera de los ámbitos bursátiles formales

    Mientras los intermediarios del mercado de valores están bajo la supervisión del Banco Central del Uruguay (BCU), otros operadores que captan recursos de inversores para obtener una rentabilidad vinculada a la actividad de un tercero se ubican fuera de ese marco de control. Esa asimetría podría modificarse a partir de un cambio normativo puesto en consulta pública hace pocos días por la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) del organismo regulador.

    Consultado por Búsqueda, el presidente de la Bolsa de Valores de Montevideo (BVM), Ángel Urraburu, sostuvo que, a grandes rasgos, el proyecto normativo parece estar dirigido a fondos y empresas que ya captan capital para realizar operaciones sin estar bajo la órbita de supervisión del BCU. La situación actual “genera una desigualdad que no es conveniente” y da lugar a “riesgos innecesarios (…). Ahora (los operadores financieros) van a competir, pero desde una regulación mayor”. “(La normativa propuesta) iguala el tratamiento de esas instituciones a los propios corredores de bolsa, que estamos muy regulados. En definitiva, en un sistema de este tipo, deberíamos tener todos regulaciones parecidas”, manifestó.

    La propuesta exige que los operadores se inscriban ante el BCU, separen los fondos propios de los de sus clientes y formalicen por escrito sus relaciones con los inversores. También deberán constituir una garantía permanente de al menos 1,5 millones de unidades indexadas (UI) a la inflación, más otras 150.000 UI por cada tercero, presentar estados contables auditados e informes anuales, así como cumplir con las normas de prevención del lavado de activos.

    El proyecto de la SSF establece un límite de captación de 100 millones de UI por cada tercero del que dependa “la rentabilidad esperada”. Los fondos que superen ese monto deberán canalizarse a través de mecanismos del mercado de valores. Además, prevé multas de hasta 13 millones de UI para quienes capten recursos del público o convoquen a invertir sin estar registrados.

    La consulta pública permanecerá abierta hasta el 6 de noviembre. Una vez puesta en vigencia la norma, los operadores que ya estén en actividad tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2027 para registrarse y adaptarse a las nuevas disposiciones.