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Inversiones ganaderas: el BCU presentó un anteproyecto para regular la captación de ahorro público
La propuesta, presentada por el organismo al Ministerio de Economía, amplía su perímetro regulatorio e impulsa instrumentos financieros que dinamicen la inversión productiva bajo un marco de mayor transparencia y seguridad jurídica
Pablo Carrasco, uno de los fundadores de Conexión Ganadera, entrando a un juzgado por el caso de presunta estafa
La crisis de varias empresas que ofrecían invertir en ganado muestra, según el Banco Central (BCU), que Uruguay tiene un “desafío” doble: por un lado, “proteger adecuadamente a los inversores” frente a “riesgos no deseados o prácticas fraudulentas” y, por otro, lograr que la “proporción significativa del ahorro de los uruguayos” que se canaliza hacia el exterior se quede en el país para “potenciar el dinamismo de la economía nacional”.
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Para encarar eso, el BCU remitió al Ministerio de Economía y Finanzas un anteproyecto de ley que propone modificaciones a su Carta Orgánica con el objetivo de fortalecer la protección del inversor y fomentar un ecosistema de financiamiento más dinámico, transparente y seguro para canalizar el ahorro hacia proyectos productivos, informó este miércoles el regulador financiero.
El principal cambio propuesto es ampliar el ámbito de regulación y control del BCU para incluir a las entidades que, aun sin emitir valores, realicen operaciones financieras convocando a la inversión mediante la captación masiva de recursos financieros del público. En la propuesta, se configura una operación financiera cuando exista un desembolso de fondos a cambio de una promesa de rentabilidad futura gestionada por un tercero.
¿Cómo operará?
A través de la reglamentación, el BCU establecerá un umbral por debajo del cual las entidades podrán recurrir a la inversión del público sin necesidad de operar formalmente en el mercado de valores, debiendo únicamente cumplir las exigencias de información y transparencia. El acceso a ese tipo de productos de inversión estará restringido de manera exclusiva a inversores “calificados” según la definición dada por el regulador. Superado ese primer umbral, o en caso de estar dirigidos a inversores no calificados, la empresa deberá canalizar sus operaciones de captación de fondos a través del mercado de capitales.
Según el BCU, ese enfoque combina “seguridad y flexibilidad en la forma en que se canalizan los recursos financieros del público al sector productivo”.
Además, en materia de supervisión, la reforma planteada refuerza las facultades de la Superintendencia de Servicios Financieros para investigar y actuar frente a potenciales infractores, otorgándole potestad para requerir información y realizar inspecciones con atribuciones similares a las de la Dirección General Impositiva —donde además no podrá ser oponible el secreto profesional— y ordenar el cese inmediato de actividades irregulares y suspender campañas publicitarias o la captación de fondos.
Paralelamente, el BCU llevará adelante acciones en materia de comunicación y educación financiera.