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    Organización social que impulsó la eutanasia legal estima que en dos décadas habrá unos 1.000 casos anuales

    El decreto reglamentario entró en vigencia el martes 21 y todos los prestadores de salud del país están obligados a ofrecerles una solución a sus usuarios

    El 6 de mayo, Adriana tiene hora con su internista en la Asociación Española. Ese día, esta mujer de 58 años, vecina de Pocitos, que padece esclerosis múltiple desde hace 21 años, enfermedad que se le ha hecho insufrible desde hace dos, pedirá por escrito que le practiquen una eutanasia.

    Ese es el inicio del procedimiento, establecido en el artículo 4 del decreto reglamentario de la Ley 20.431, la de eutanasia. Esta entró en vigencia el martes 21 de abril, un día después de la publicación oficial de esta norma, con fecha 15 de abril.

    El nombre de Adriana fue modificado para esta nota a su pedido porque no todos en su familia (integrada por marido, hijos y nietos) están de acuerdo con su decisión. “De a poco dejé de caminar, me tuve que jubilar y tengo problemas de incontinencia y muchos dolores”, dice esta exdocente a Búsqueda. Tan insoportable era su día a día que pensó en ir a Suiza, donde la eutanasia no es legal pero el suicidio asistido sí. “Cuando empezó a tratarse el tema acá (en el Parlamento) decidí quedarme y esperar”.

    Adriana puede ser una de las primeras personas en recibir la eutanasia en Uruguay. Como ocurrió con la interrupción voluntaria de los embarazos, con el tiempo se estabilizará un promedio anual que puede rondar en el millar de casos. Eso estima a Búsqueda la organización Muerte Asistida Digna en Uruguay (MADU), uno de los colectivos que impulsó la despenalización de la eutanasia, la que se transformó en ley el pasado 15 de octubre tras una batalla parlamentaria que se había iniciado en el período anterior.

    Ítalo Bove, director del Instituto de Física de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República e integrante de ese colectivo, se basa en estadísticas nacionales y en antecedentes de Bélgica y —sobre todo— de Países Bajos. En la experiencia de Países Bajos se basaron mucho la legislación y el protocolo médico en la norma nacional, según indicaron las autoridades del Ministerio de Salud Pública (MSP) el lunes en conferencia de prensa.

    Uruguay se transformó este mes en el séptimo país en el mundo en reglamentar una ley de eutanasia, luego de Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, España y Nueva Zelanda. En Portugal y Cuba sus respectivos parlamentos aprobaron leyes, pero aún no pasaron por la instancia de la reglamentación.

    En América del Sur, Colombia y Ecuador tienen normas que despenalizan la práctica aprobadas por sus respectivas cortes constitucionales. En 2025 los seis estados australianos y su capital Canberra también la legalizaron. En Estados Unidos también pasa lo mismo en 13 estados y en Washington, la capital. “En todo el mundo hay más de 200 millones de personas viviendo en países o regiones donde la eutanasia está permitida”, señaló Bove.

    Estimaciones

    Desde 2010, en Uruguay hay un promedio de 34.500 fallecimientos al año. De acuerdo con el integrante de MADU, aproximadamente un tercio de estas personas requiere cuidados paliativos, que son aquellos aplicados a quienes padecen enfermedades irreversibles. De estos, añade basado en estadísticas internacionales, “entre el 5% y el 10% son refractarios a esta terapia”. Estos últimos, agregó, “llegan al final de su vida con sufrimientos insoportables, ya sean físicos o psíquicos”.

    Están también las referencias de Países Bajos y Bélgica, los dos primeros países en que se legalizó la eutanasia, en 2002. En el primero de ellos las muertes anuales por eutanasia son alrededor del 4% de las defunciones; en el segundo, el 2%. La influencia cultural es clave en esta diferencia entre ambos vecinos europeos, señala el docente: en los Países Bajos la mayoría no se considera religioso y entre quienes profesan alguna fe predomina la protestante, mientras que Bélgica, hoy secularizado, tiene una gran influencia católica. “Acá en Uruguay, si bien es un país laico, hay una matriz católica muy fuerte y sigue habiendo mucho tabú respecto a la muerte”, indicó Bove.

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    En Uruguay podría darse una situación intermedia a la de ambos países. “De acá a 20 años estimamos una meseta de entre 700 y 1.000 casos por año”, indicó Bove.

    En España, otro país que fue señalado como referencia en la conferencia del MSP, la legislación incluyó la existencia de una “comisión de contralor” previa a la eutanasia para verificar que se cumplan los cometidos. Esto en Uruguay fue impulsado por distintos legisladores, incluso algunos afines a la despenalización, pero fue descartado en el texto votado; lo que hay es una comisión de revisión que verifica los procedimientos una vez llevados a cabo. “Esto fue un error de los españoles. El porcentaje de eutanasias es ínfimo para su población y mucha gente se muere sufriendo, esperando la resolución de esa comisión de control”, dijo Bove. Entre junio de 2021, una vez entrada en vigencia, y fines de 2024 se registraron 1.000 casos en España, un país de casi 50 millones de habitantes; el mismo número que se espera para Uruguay en un solo año en un futuro cercano.

    MADU fue una de las organizaciones consultadas por el MSP para la reglamentación. Uno de sus aportes quedó estipulado en el artículo 8 del decreto reglamentario, el que establece que “la forma y el momento de efectivizar su voluntad serán elegidas por el paciente”, ya sea en su prestador de salud “o en un lugar particular a definir”, sea su domicilio o el de un familiar directo, “y acompañado de las personas que eventualmente designe”. Bove dijo que dejar establecido que la eutanasia se practicará “cuando el paciente lo decida”, algo a pedido de MADU, le “da tranquilidad a la persona”. Tanto es así que no todos a los que se les concede este acto —que según dejó claro el MSP va a estar incluido en el Plan Integrado de Atención en Salud— terminan usándolo. “En otros países pasa mucho que se les da autorizaciones, eso los tranzquiliza, un día soportan el dolor, otro día también y otro y terminan muriendo sin requerirla”, añadió.

    Dar tranquilidad

    Con la ministra Cristina Lustemberg a la cabeza, las autoridades sanitarias brindaron la conferencia del lunes “para dar información precisa y brindar tranquilidad a la población”, el mismo día de la publicación oficial del decreto reglamentario.

    Lustemberg señaló que los distintos prestadores de salud, “en cumplimiento de lo que dispone la ley”, están “obligados” a asegurar este procedimiento “en todos los casos”. Si se diera el extremo de que un prestador “tuviera a todos sus médicos objetores de conciencia”, algo establecido en el artículo 12 del decreto, o sus estatutos incluyeran “disposiciones incompatibles con la eutanasia”, este “deberá contratar el procedimiento” en otra institución “o buscar la forma de cumplir con la obligación”.

    El protocolo de actuación que establezca el procedimiento paso a paso será aprobado por una ordenanza ministerial, añadió la jerarca.

    El internista y docente Martín Rebella, asesor del MSP y expresidente del Sindicato Médico del Uruguay (SMU), expresó a su turno que los fármacos que se van a utlizar en este procedimiento son lidocaína (analgésico), propofol (un anestésico de acción muy rápida para inducir el coma) y atracurio (bloqueador neuromuscular que lleva al paro cardíaco). Estos fármacos ya están en plaza. Aun así, expresó, la cartera debió modificar el Formulario Técnico de Medicamentos, ya que se trataba de sustancias de uso solo intrahospitalario, limitación que deberá ampliarse para quienes quieran recibir la eutanasia por fuera de las instituciones de salud.