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La discusión sobre la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes es imprescindible; el paso de los años no puede seguir siendo el refugio del violador
Milagros tenía 30 años cuando se suicidó en un box de la emergencia del Casmu en octubre de 2024. Esperaba asistencia psiquiátrica después de haber denunciado, dos años antes, una violación grupal de la que fue víctima en su adolescencia. El caso fue archivado porque los delitos habían prescripto. Milagros ya había tenido otros intentos de suicidio después de hacer la denuncia e intentó iniciar tratamientos de salud mental, pero, según denunció su familia ante la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh), las terapias eran pagas y se brindaban de forma deficiente o, en ocasiones, no se brindaban.
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La muerte de Milagros fue una piña en la cara al sistema de justicia y al sistema de salud. La Inddhh elaboró en setiembre de 2025 un informe en el que señaló, además de las omisiones reiteradas en su atención médica, que el régimen vigente de prescripción de los delitos sexuales en la infancia y adolescencia tiene debilidades.
Muy probablemente, si Milagros hubiera recibido la atención adecuada para intentar superar el horror que vivió, y, si su denuncia hubiera sido atendida, hoy no estaríamos hablando de ella en pasado. Así de trágico.
Es agotador tener que insistir en que las víctimas denuncian cuando pueden y no cuando quieren. Existe una diversidad de motivos por los que las personas que fueron violadas o agredidas sexualmente no pueden ir a la comisaría una vez ocurrido el ataque. Miedo, paralización, amenazas, bloqueo, estigmatización, revictimización. ¿Cuántas veces más hay que insistir sobre esto? ¿Cuántas veces más hay que escuchar el cuestionamiento de por qué no denunció antes? Dudo sinceramente si la capacidad de comprensión de un hecho tan grave y paralizante no es suficiente o si en realidad es más cómodo culpar y señalar a la víctima. No solo vivimos rodeados de personas capaces de violar a otra, sino también de personas convencidas de que en la víctima hay algún tipo de merecimiento. Ya saben, lo de la pollerita y ese nivel de ignorancia y violencia sostenido y repetido en el tiempo.
El informe de la Inddhh advirtió que las propuestas de reformas sobre la imprescriptibilidad de los delitos sexuales en la infancia y adolescencia se sustentan en la obligación del Estado de eliminar las barreras en el acceso a la Justicia y en el deber de prevención, si bien no es la única.
Pero, además, mostró un hecho nada menor para estos casos. “La modificación introducida en la Ley Nº 19.580 (de violencia basada en género) que establece que la prescripción se contará a partir de que la persona cumpla la mayoría de edad tiene dos debilidades. En primer término, en muchos casos ese periodo no resulta suficiente dado que la develación del hecho puede ocurrir muchos años después. Por otra parte, no resuelve la situación de los casos ocurridos antes de su aprobación”.
Para que quede claro. La ley fue promulgada en 2018. Cualquier caso anterior no entra en la modificación de los plazos. Y el delito de abuso sexual tiene un plazo de prescripción de entre 10 y 15 años. En aquel año ya se había discutido la imprescriptibilidad, pero no hubo acuerdo para aprobarla.
El suicidio de Milagros fue uno de los hechos que motivó que se volviera a poner el foco en el tema y, a principios del año pasado, la Comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género del Senado comenzó a estudiar este tema, que había sido propuesto por la Vertiente Artiguista en la legislatura anterior y había quedado por el camino. El oficialismo lo desarchivó y ahora el Senado retomó la discusión del proyecto de ley que reforma el artículo 119 del Código Penal para que los delitos sexuales contra menores no prescriban, pero no está exenta de discusiones, una vez más.
Según informó el diario El País, los abogados penalistas Enrique Moller y Florencio Macedo manifestaron reparos al proyecto por distintos aspectos. Moller consideró que la legislación actual ofrece garantías suficientes a las víctimas y que no es conveniente modificar el Código Penal. “De manera razonable se estipuló que el plazo de prescripción comienza a correr una vez que la víctima es mayor de edad y presenta la denuncia. Eso le da garantías a la víctima y también al acusado”, dijo. Además, consideró a la prescripción de delitos como un instituto muy delicado y garantista del Código.
Macedo, por su lado, consideró que “el instituto de la prescripción existe porque es importante en materia de seguridad jurídica para los involucrados. Además, es muy difícil defenderse de un hecho ocurrido hace veinte o más años; buscar evidencia después de tanto tiempo es muy complejo”.
Es verdad, es complejo, la búsqueda de evidencia es difícil y defenderse también. Pero hay otra pregunta. ¿Y las víctimas? La misma nota da cuenta de estudios de la Unión Europea que demuestran que transcurren, en promedio, entre 17 y 21 años antes de que las víctimas de abuso sexual infantil se lo cuenten a alguien. Entre el 60% y el 70% no lo revela hasta la adultez y el 27% nunca lo cuenta. Estos datos no pueden ser ajenos al debate.
En junio de este año se presentó el libro Imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes, un trabajo colectivo coordinado por la doctora en Derecho Victoria Brückner. La obra reúne las miradas de especialistas en derechos de niños, niñas y adolescentes, violencia sexual y derecho penal, así como las experiencias de sobrevivientes.
La coordinadora de Programas de Unicef Uruguay, Lucía Vernazza, escribió en el prólogo del libro dos argumentos ineludibles. “La prescripción de los delitos sexuales no constituye una garantía jurídica para el imputado, sino una pena adicional para las víctimas”, indicó. Además, sostuvo que, cuando el derecho se aferra a la prescripción en estos casos, “no protege la seguridad jurídica: protege el silencio del agresor”.
Según Vernazza, “si el daño del abuso es vitalicio, la puerta de la Justicia debe ser, necesariamente, atemporal”. Me resulta un argumento irrebatible.
Siempre me pregunto por qué cuesta tanto condenar al agresor sexual, al violador. Por qué las penas tantas veces son irrisorias. Esto no significa que no se analice en extremo cada caso, que las pruebas sean contundentes, que no valga con el solo hecho de denunciar y punto. ¿Pero qué hacemos cuando la persona logra superar sus montañas de barreras para contar lo que le pasó y resulta que ya es tarde? ¿Por qué es tarde? El proyecto a estudio no busca aumentar las penas de los delitos sexuales —y, sin querer ser punitivista, quizás parezca adecuado también revisarlas—, lo que busca es que el mero paso del tiempo no sea un impedimento para la investigación.
Teniendo claro que cuanto más tiempo pase, más difícil es probar los delitos sexuales, es necesario considerar la salud emocional y mental de las víctimas. Los tiempos de asimilación y de poder denunciar de una persona, en especial un niño, que atravesó una violación no son los que impone el sistema judicial. Son los de cada uno. Los de cada víctima y su circunstancia. Y no debería quedar ni una violación más impune. Ni una más que se suicida porque el Estado le falló en todo lo que debió protegerla.