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    Ursec informó a la Corte Electoral que Álvaro Delgado emitió 103 ‘spots’ en mayo, previo a la habilitación de la publicidad electoral

    En total las piezas fueron emitidas por dos horas, 33 minutos y 30 segundos; para conseguir la información la Corte debió insistirle a la Ursec y ahora deberá determinar si se trató de pauta electoral

    La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec) notificó a la Corte Electoral hoy jueves 22 que durante mayo el entonces precandidato del Partido Nacional Álvaro Delgado emitió spots en los canales privados por un total de dos horas, 33 minutos y 30 segundos. Los spots fueron emitidos antes de que los partidos políticos estuvieran habilitados a pautar publicidad en los medios de comunicación.

    En total, según el reporte de la Ursec, se trata de cinco tipos de spots que fueron emitidos 103 veces en los tres canales privados, entre el 1o y el 31 de mayo: 41 veces en Canal 4, 29 en Canal 10 y 33 en Canal 12.

    La respuesta de la Ursec se dio tras un requerimiento de la Corte Electoral, a raíz de una denuncia del Frente Amplio. La fuerza política interpuso la denuncia luego de la transmisión de un spot de casi cinco minutos del candidato nacionalista el 16 de mayo, que en los últimos segundos convocaba a conocer las propuestas para un “segundo piso de transformaciones” en el sitio web del candidato. La emisión de ese spot no solo generó críticas en la oposición, sino incluso dentro de la coalición de gobierno y en la interna nacionalista.

    En una primera instancia, la Ursec respondió a la Corte Electoral que no tenía la información en su poder y que, para pedírsela a los canales, precisaba que le indicaran cuál era el spot, en qué medios había salido y a qué horas. El director de la Ursec por el Frente Amplio, Pablo Siris, votó en contra de esa respuesta. "Lo que hubiera correspondido es precisamente solicitar a los servicios de comunicación audiovisual que remitieran a este organismo la o las pautas de las distintas candidaturas que se hubieran emitido, así como las fechas y horarios en que fueron difundidas", argumentó.

    La Corte Electoral no aceptó como válida esa respuesta. En la sesión del 27 de junio, le respondió a la presidenta de la Ursec, Mercedes Aramendía, que reiteraba el pedido de datos "en los mismos términos formulados, para poder emitir un pronunciamiento en su condición exclusiva y excluyente de juez en materia de elecciones".

    La nota enviada a la Ursec agregaba: "Se pone en su conocimiento que no obstante la voluntad de colaboración manifestada en el mencionado oficio del organismo de su presidencia, lo cierto es que por primera vez, en asuntos de igual naturaleza, Ursec no ha respondido con el aporte de información solicitada pese a la notoriedad de las pautas publicitarias cuya copia se solicita y pese también a que al igual que en anteriores oportunidades en las que la Ursec dio respuesta en forma completa y diligente, en esta ocasión la Corte Electoral ha sido nuevamente muy precisa al respecto para la identificación del objeto en controversia y que se encuentra a su consideración en el marco de sus competencias constitucionales y legales".

    Tras esta insistencia, la Ursec entregó la información solicitada.

    El Frente Amplio realizó la denuncia porque consideró que el spot del ahora candidato nacionalista violentaba la normativa electoral, la Ley No 17.045, que establece que los partidos podrán iniciar su publicidad electoral “en los medios de radiodifusión, televisión abierta, televisión para abonados y prensa escrita” únicamente a partir de 30 días antes de las elecciones internas. Las últimas elecciones internas se celebraron el 30 de junio.

    Cuando el Frente Amplio hizo la denuncia, Delgado y otros dirigentes nacionalistas argumentaron que el spot no era violatorio de la normativa electoral. “Hubo un spot que obviamente concentró la información de todo lo que es el primer piso que hizo el gobierno o de lo que no hizo otro y propone el segundo piso de transformaciones e invita, así termina, invita a los ciudadanos a poder descargar el programa de gobierno”, explicó el candidato.

    Ahora la Corte Electoral deberá determinar si los spots constituyeron publicidad electoral, aunque aún en caso afirmativo el organismo no posee facultades sancionatorias. En declaraciones realizadas en mayo a Radio Sarandí, el presidente del organismo, Wilfredo Penco, explicó que están excluidos de la veda publicitaria y por tanto puede difundirse en cualquier momento la “información sobre actos políticos y actividades habituales en el funcionamiento de los partidos, así como entrevistas periodísticas”.