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    En reuniones por el cierre de Pluna sus directores estatales redujeron el activo de la aerolínea; para Bordaberry puede constituir un “fraude”

    Antes de ir a concurso la empresa asumió deudas del Estado, no fue capitalizada y perdió siete aviones; el senador colorado denunció acciones “en contra de los intereses de la sociedad anónima y de la masa concursal”

    Miles de uruguayos ya pensaban en iniciar sus vacaciones de invierno cuando el gobierno, en una movida sorpresiva, informó el jueves 5 de julio a los líderes de la oposición y al público su decisión de cerrar la aerolínea de bandera uruguaya Pluna, que llevaba años de penurias financieras.

    Ese día fue convocada la primera de por lo menos cinco reuniones en las que el Directorio de Pluna SA —que en ese momento solo integraban representantes estatales— preparó la presentación a concurso judicial de la empresa. Las actas de esos encuentros, a las que accedió Búsqueda, registran varias acciones que las autoridades llevaron adelante y que determinaron la reducción de la “masa concursal” de Pluna: la sociedad anónima asumió deudas del Estado y perdió siete aviones que conformaban la mayor parte de sus activos.

    Esos hechos fueron discutidos la semana pasada en el Parlamento, donde el senador colorado Pedro Bordaberry acusó a quienes firmaron las actas de la liquidación de Pluna de haber incurrido en un “fraude” para perjudicar a los acreedores que intentan cobrar las deudas que la aerolínea mantenía con ellos.

    Liquidación.

    El 5 de julio, el día que se anunció que Pluna dejaba de volar, a las cinco de la tarde se reunió el Directorio de Pluna SA, que ya era integrado solo por los directores de Pluna Ente Autónomo y representantes de los ministerios de Economía y de Transporte, luego de la desvinculación de Leadgate, la compañía del argentino Matías Campiani, que había sido desde el 2007 el principal accionista de Pluna.

    En ese encuentro el Directorio resolvió “la suspensión, por tiempo indefinido, de la operación de los vuelos programados por la compañía”. La resolución era tomada “en función de la situación económico-financiera de la empresa”, que hacía “imposible asegurar una adecuada operación”.

    Allí se dispuso “presentar el concurso voluntario de la sociedad” y enviar a seguro de paro “por suspensión de actividades” a todos los trabajadores de la compañía, menos los necesarios para preparar el concurso, atender pasajeros y conservar los bienes de la aerolínea.

    Nada se dice en ese documento sobre el motivo que el gobierno argumentó para justificar el cierre de Pluna: los juicios en Brasil contra Varig que podrían comprometer a Pluna por miles de millones de dólares.

    Al día siguiente el Directorio volvió a reunirse. La Gerencia General informó que se pagó por adelantado a Aerolíneas Argentinas y a Buquebus U$S 100.000 a cada una para “endosar pasajeros”.

    Además se resolvió extender el plazo de la póliza de seguros por tres meses y pagar las tasas que la empresa adeudaba a Puertas del Sur, concesionaria del Aeropuerto de Carrasco.

    El 9 de julio hubo dos reuniones. En la primera, a las once de la mañana, se aprobaron los estados contables al 31 de marzo y se autorizó la presentación del concurso voluntario con el patrocinio del abogado Ricardo Olivera, en cuyo estudio tuvo lugar la reunión. Se aprobó que “se proceda directamente a la apertura de la liquidación de la masa activa de la sociedad”.

    A las doce y media se hizo la segunda reunión del día pero el director por el Partido Nacional, Daniel Delgado Sicco, no participó porque consideró que no podía por ser director de Pluna Ente Autónomo (PEA).

    En ese segundo encuentro se resolvió, con los votos de los directores Pedro Apezteguía (director general de Secretaría del Ministerio de Economía), Pablo Ferrer (director general de Secretaría del Ministerio de Transporte) y Marcelo Alonzo (asesor de Pluna Ente Autónomo), aprobar que se suscriba un “Convenio de Distracto” entre Pluna SA, Pluna Ente Autónomo y el Estado uruguayo, “por medio del cual la primera de las partes nombradas libera al Estado y a PEA toda responsabilidad o garantía que esta hubiera otorgado a favor de Pluna”. Esas responsabilidades, agrega el acta, se derivaban de los documentos suscriptos cuando Leadgate tomó el control de la empresa, además de un acuerdo de conciliación de mayo de este año, que habían dejado en manos del Estado a las deudas que hubiera que afrontar como consecuencia de los juicios a los que estaba expuesta Pluna por la quiebra de su ex socia Varig. De acuerdo a lo aprobado en la sesión del 9 de julio, Pluna SA declaró “no tener nada que reclamar contra el Estado ni contra PEA por ningún concepto y obligándose expresamente a mantener al Estado y a PEA indemnes de cualquier reclamación de la cual los mismos puedan ser objeto, como consecuencia de acciones promovidas por terceros contra Pluna”.

    Por lo tanto se libraba al Estado de deudas de Pluna, que se cargaban al pasivo de Pluna SA, la empresa que estaba siendo liquidada, que se iba a presentar a concurso y a la que los acreedores iban a reclamar dinero. Según fuentes consultadas, eso implica “incrementar artificialmente la masa pasiva concursal”.

    Los directores Fernando Pasadores e Ignacio Berti se abstuvieron de votar ese punto porque integraban también el Directorio de PEA.

    De acuerdo a lo que afirmaron a Búsqueda personas cercanas al caso, con la aprobación del ese documento se incumplió con un compromiso que Leadgate había asumido el 27 de febrero de capitalizar a Pluna SA antes del 31 de diciembre del 2012 por lo que resultara del balance anual al 30 de junio. En los años anteriores se había manejado varias veces la posibilidad de que los socios privados pusieran capital en la aerolínea.

    Las reuniones que pusieron fin a la existencia de Pluna continuaron el 13 de julio, cuando se resolvió “promover los procesos falenciales (de quiebra, concurso, liquidación, etcétera)” de Pluna SA en cada país en que esa empresa tuviera sucursales.

    La ley que creó el “Fideicomiso de Aeronaves” fue aprobada el 30 de julio y al otro día se reunió el Directorio de Pluna, que votó la enajenación a favor de ese fideicomiso de los siete aviones Bombardier CRJ 900 que el gobierno pretendía subastar para pagar la deuda que había contraído con The Bank of Nova Scotia de Canadá.

    Como contrapartida el fideicomiso asumía “la totalidad de los pasivos” que mantenía Pluna SA con el banco canadiense, que según el acta de esa reunión era de U$S 134.907.388 por capital y U$S 711.609 por intereses.

    Así la sociedad anónima se quedó sin sus bienes más valiosos, por lo que sus activos, con los que se respondería ante los reclamos de los acreedores en el proceso concursal, volvieron a encogerse.

    “Fraude”.

    La discusión sobre el contenido de esas actas llegó la semana pasada al Parlamento, donde el senador Pedro Bordaberry acusó al gobierno de haber incurrido en un “fraude” en perjuicio de los acreedores de la aerolínea.

    En la reunión de la Comisión de Transporte y Obras Públicas del 12 de diciembre, Bordaberry sostuvo que los aviones que pasaron al fideicomiso “pertenecían a Pluna SA, originalmente, cuando se adquirieron, y tenían una hipoteca a favor de Pluna Ente Autónomo porque este había garantizado el pago de las mismas frente al Scotiabank”, pero se dispuso “la enajenación de esas aeronaves al fideicomiso”, que asumió “el pago de las deudas garantizadas por esos aviones”.

    Al senador colorado le surgieron “dudas muy grandes”: dijo que si no hubiera existido la ley que creó el fideicomiso “la hipoteca habría sido cancelada” por lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley de Declaración Judicial del Concurso y Reorganización Empresarial, ya que se trataba de un “crédito subordinado” (aquel que tiene un accionista con más del 20% de la sociedad, como era el caso del Estado en Pluna SA).

    “Después de que se presentó el concurso se aprobó una ley que afectó situaciones anteriores y, en ese sentido y por esa norma, los acreedores pueden esgrimir que se modificó una situación anterior porque de haberse aplicado la ley de concurso esos bienes irían a parar a la masa concursal y el crédito de Pluna Ente Autónomo iría al último lugar en la prelación de cobros. (...) Si el juez de la quiebra llega a concluir esto y cancela la hipoteca, como señala el artículo 113, estaríamos en una acción en fraude de los acreedores. Lo que me preocupa además, y especialmente, es la actuación de los directores de Pluna SA con posterioridad a la solicitud de quiebra”, afirmó Bordaberry.

    Con respecto al “Convenio de Distracto” por el que Pluna SA liberó al Estado de responsabilidades asumidas, el senador opinó que los directores que actuaban como integrantes de Pluna SA “debían tener como objetivo defender el interés de la sociedad anónima cuyo Directorio integraban, pero gratuitamente liberaron a quien había asumido la obligación de pagar determinadas deudas o contingencias y la pusieron a la cabeza de la sociedad anónima en liquidación”.

    “Quiere decir que perjudicaron a la sociedad anónima que estaban representando cuando estaba en vías de concursarse, de entrar en liquidación judicial. La perjudicaron a ella y, por la transitiva, a sus acreedores. ¿Los representantes legales de la sociedad anónima tenían las facultades de actuar en beneficio de las otras entidades que ellos representaban, en perjuicio de la sociedad anónima en la que estaban? Yo creo que no. Si se analiza el acta del 9 de julio se puede apreciar que hay un claro accionar en contra de los intereses de la sociedad anónima y de la masa concursal”, aseveró el líder de Vamos Uruguay.

    Más tarde, durante esa sesión parlamentaria, Apezteguía opinó que se trata de una discusión “muy compleja”, pero agregó: “A través de los asesoramientos jurídicos se ha sostenido que en todo caso no es Pluna Ente un acreedor de Pluna SA y, por tanto, no hay ningún crédito subordinado que pueda ser revocado por el juez; además, eso no ha sucedido. En todo caso, la hipoteca genera un crédito luego de declarado el concurso, de acuerdo con las cláusulas contractuales del contrato de compra de los aviones”.

    Bordaberry le preguntó: “¿Usted afirma que Pluna Ente no es acreedor de Pluna SA?”. Apezteguía respondió: “No lo es”. El senador preguntó entonces “a favor de quién está la hipoteca de los aviones”. La respuesta del representante del gobierno fue: “A favor de Pluna Ente Autónomo”.

    Desarrollo
    2012-12-20T00:00:00