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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáSe me ha atribuido la afirmación de que el acuerdo celebrado entre el Estado y TCP-Katoen Natie, el 25 de febrero pasado y los decretos 114 y 115/ 2021 que lo avalaron, ha significado instituir un monopolio en el Puerto de Montevideo y me veo en la necesidad de rectificar ese aserto.
Como lo manifesté, oportunamente, en la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados, no comparto el criterio de que se habría constituido un monopolio, como sostienen distinguidos especialistas que estiman aplicable lo dispuesto en el art. 85 numeral 17 de la Constitución de la República en virtud de lo cual, para tal fin, se requiere una ley aprobada por dos tercios de votos por cada cámara.
Y no lo comparto porque, conforme al Diccionario de la Real Academia, se requeriría, para que existiera un monopolio, “un aprovechamiento exclusivo”. Es decir, que nadie, salvo TCP-Katoen Natie, podría operar en nuestra principal terminal portuaria con contenedores. En otras palabras ese derecho sería exclusivo y excluyente, cuando lo acordado abre la posibilidad de que se opere con contenedores en determinadas y restringidas circunstancias.
Pero además, hay que tener en cuenta que, conforme al Protocolo de Aplicación del art. 14 del Decreto 115/2021, que entrará a regir a partir del 1° de noviembre próximo, se precisó que el sistema preferencial de atraques establecido no se aplica a los buques feeder, a los Ro Ro y a los que transporten contenedores en tránsito.
En atención a lo expuesto, considerando el alcance que se le debe dar a la expresión monopolio y a lo dispuesto en el referido Protocolo de Aplicación del art. 14 del Decreto 115/2021, considero que no es aplicable, en la especie, lo dispuesto por el artículo 85 numeral 17 de la Constitución de la República.
Dr. Edison González Lapeyre