En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
* Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
¡Hola !
En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
* Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
¡Hola !
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
El proceso contra personas involucradas en los negocios del sindicalista argentino Marcelo Balcedo se vio obstaculizado por una diferencia de interpretación del nuevo Código del Proceso Penal (CPP) entre la Fiscalía y un tribunal de apelaciones. Pero no es la primera vez que la falta de claridad de la norma sobre el plazo que tienen los fiscales para acusar a un imputado ocasiona problemas en la Justicia.
¡Registrate gratis o inicia sesión!
Accedé a una selección de artículos gratuitos, alertas de noticias y boletines exclusivos de Búsqueda y Galería.
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
Entre los jueces y los tribunales de apelaciones hay diferencias sobre ese punto: algunos adhieren a la tesis de que no existe plazo, debido a que no se menciona de forma explícita, y otros entienden que aplica el mismo límite de un año previsto para las investigaciones.
Según el catedrático de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República Gabriel Valentín, que, junto con su colega Santiago Garderes, ha publicado varios análisis sobre la nueva normativa y está preparando un Código del Proceso Penal comentado, la norma “no establece un plazo” para acusar.
El académico explicó que si bien una de las leyes modificativas (la Nº 19.436) sí preveía un plazo —que era de 30 días después de la formalización—, esa norma quedó sin efecto poco después de la aprobación del código, cuando se le hicieron nuevos cambios. “Ese plazo llegó a regir los primeros días de aplicación del CPP, en noviembre de 2017. Pero después de eso, por más que hay varios artículos del código que hacen referencia a un supuesto plazo para acusar, si lo recorrés todo, no hay ninguno que establezca expresamente un tiempo para formular la acusación”.
“Entre tantas modificaciones que se le hicieron se perdió ese artículo que fijaba el plazo de 30 días”, señaló, y valoró que “es una omisión terrible del código, que debió modificarse con la Ley de Urgente Consideración”.
“Tendría que haber reglas claras que lo establecieran”, opinó. “Hoy existen las dos posiciones, tanto a nivel de la jurisprudencia como a nivel doctrinario”, añadió.