Casi 16 años después del hecho, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) absolvió de manera definitiva al Partido Colorado de la responsabilidad por el accidente ocurrido en Paso Pache, Florida, que provocó la muerte de 19 personas y 26 heridos.
Casi 16 años después del hecho, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) absolvió de manera definitiva al Partido Colorado de la responsabilidad por el accidente ocurrido en Paso Pache, Florida, que provocó la muerte de 19 personas y 26 heridos.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl 6 de noviembre de 1999 la fórmula presidencial Jorge Batlle-Luis Hierro inició su campaña para el balotaje con un acto en Florida. Luego, uno de los ómnibus que transportaban a militantes colorados a Montevideo cayó al río Santa Lucía tras romper la baranda del puente ubicado en Paso Pache (Ruta 5, kilómetro 66). Por el accidente murieron 19 personas.

Entonces comenzó un largo juicio de las familias afectadas contra el Partido Colorado, el conductor del ómnibus y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. En primera instancia, los colorados, el conductor del vehículo y el Ministerio fueron condenados a pagar U$S 780.000. El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 4º Turno exoneró al Partido Colorado de responsabilidad y estableció que el conductor del ómnibus debía responder en un 60% por los daños y el Ministerio de Transporte en un 40%.
El tema fue a casación. El 20 de agosto la SCJ ratificó lo resuelto en segunda instancia, exonerando al Partido Colorado de la reparación de daños. “No se comparte que el hecho de que el Partido Colorado hubiese organizado el encuentro político que se celebró en Florida el 6 de noviembre de 1999 generara una obligación de seguridad a su cargo. (…) La imposición de una obligación tan severa como la obligación de seguridad solamente se justifica cuando la propia naturaleza de la relación contractual implica un riesgo ínsito e inevitable que, razonablemente, haga necesaria la protección de la integridad física de uno de los contratantes”, dice la Corte en su resolución aprobada por mayoría. El documento fue analizado por el Comité Ejecutivo colorado el martes 1º.