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Dos veces intentó cruzar el río Uruguay para visitar a su familia en Buenos Aires. Por barco desde Colonia y a través del puente Paysandú-Colón. Las dos veces lo detuvieron en Migraciones. Aunque tiene pasaporte uruguayo y el cruce de la frontera no debería ser un problema, su nacionalidad es siria. Y las personas sirias necesitan una visa para ingresar a Argentina. Así, uno de los exprisioneros de la cárcel de Guantánamo que hace 10 años fue acogido como refugiado en Uruguay no consiguió visitar a la familia de su pareja, que vive al otro lado del río.
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El caso –que expone un problema con el que tropiezan muchos migrantes en Uruguay– llegó a la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh), que en una resolución de diciembre del año pasado recomendó al Estado que “garantice que los ciudadanos legales puedan ejercer su derecho a la libertad de movimiento y circulación internacional en las mismas condiciones que el resto de los ciudadanos uruguayos –naturales”.
El problema se origina en la Constitución, que distingue a los ciudadanos “naturales” –quienes nacieron en el país o son hijos o nietos de uruguayos– de los “legales”, los extranjeros que tramitan la ciudadanía. De acuerdo a la interpretación de la Carta Magna, solo los ciudadanos naturales tienen la nacionalidad uruguaya. Los otros, si bien obtienen un pasaporte y son uruguayos, no son considerados “nacionales”.
Esta distinción entre ciudadanía legal y nacionalidad crea obstáculos insalvables para los migrantes radicados en el país, que no consiguen ser completamente uruguayos, explicó a Búsqueda la presidenta de la Inddhh, Jimena Fernández. Hay al menos otros cinco casos a estudio del organismo que denuncian problemas similares al reportado por el refugiado sirio.
No es claro cómo se resuelve el problema. Lo que sí está claro para el organismo de protección de los derechos humanos es que Uruguay tiene que resolverlo, dijo Fernández.
Los obstáculos para la movilidad de los uruguayos “legales” se agravaron a partir de 2015, cuando la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) dispuso que los pasaportes debían incluir la categoría “nacionalidad”. Desde entonces, los extranjeros con pasaporte uruguayo tienen explicitado en el documento su nacionalidad de origen. Esta dualidad –poseer un pasaporte de un país y una nacionalidad de otro– genera confusión en las oficinas de migraciones, ya que Uruguay es de los pocos países en el mundo que hace la distinción entre ciudadanía y nacionalidad, explicó Fernández. La particularidad de la situación lleva a que el personal de Migraciones priorice la nacionalidad y reclame una visa cuando el país de origen la requiere.
El asunto puede tener consecuencias dramáticas, como impedir una reunificación familiar o el acceso a tratamientos de salud en el extranjero. Se corre el riesgo de subir a un avión y ser deportado al llegar a destino, como le ocurrió a un ciudadano uruguayo de origen iraní. O de quedar fuera de una gira internacional de una orquesta, como le ocurrió a un músico cubano con ciudadanía legal uruguaya que no pudo viajar a Europa en el marco de una actividad auspiciada por el Ministerio de Educación y Cultura, porque le exigieron una visa.
“Es el típico caso que nos llega, que el pasaporte no les sirve para viajar porque tiene su nacionalidad de origen”, señaló Fernández. Pero los problemas no terminan ahí.
Apatridia
El asunto de la ciudadanía legal uruguaya, que no se equipara a la nacionalidad, puede poner a las personas en riesgo de apatridia, explicó la presidenta de la Inddhh. Una persona apátrida es aquella que no tiene nacionalidad. Se trata de una condición que afecta el acceso a derechos básicos y que organismos internacionales como las Naciones Unidas buscan eliminar. Se estima que al menos 10 millones de personas en el mundo son apátridas.
Fernández relató, como ejemplo, el caso de una persona uruguaya proveniente de la India. Ese país no admite la doble nacionalidad y no diferencia entre ciudadanía y nacionalidad. Entonces, al tramitar la ciudadanía uruguaya y obtener un pasaporte, esta persona debió renunciar a su nacionalidad india. Pero tampoco puede obtener la nacionalidad uruguaya. Hoy, no tiene ninguna nacionalidad: en su pasaporte ese renglón dice “XXX”. Y para viajar a la India, tiene que pedir visa.
Audiencia en la CIDH
El Estado uruguayo tendrá que dar explicaciones a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por los perjuicios que enfrentan sus ciudadanos legales. La asociación civil Todos Somos Uruguayos pidió al organismo de la Organización de Estados Americanos una audiencia para tratar el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Uruguay respecto a la apatridia y para discutir la “negación arbitraria de la nacionalidad a los ciudadanos legales”.
Según detalla la organización en la carta de solicitud de la audiencia –que ya fue concedida y se realizará el 1º de marzo, en el marco del 189º Período Ordinario de Sesiones de la CIDH–, la ley de apatridia uruguaya “supuestamente implementa el proceso para identificar y remediar a aquellos que se encuentran en estado de apatridia en su territorio”, pero no obstante “no otorga una nacionalidad a los encontrados apátridas”.
“La doctrina legal y constitucional uruguaya distingue entre ciudadanos legales y nacionales, indicando claramente que los ciudadanos legales no son nacionales uruguayos”, continúa la carta. La ONG, que nuclea a ciudadanos legales uruguayos de diversos orígenes, señala que “esta aparente contradicción plantea preguntas más amplias sobre cuestiones de derechos humanos relacionadas con las políticas de Uruguay sobre nacionalidad y ciudadanía”.
Para la presidenta de la Inddhh, “el Estado uruguayo en algún momento, sea a través del Legislativo o el Ejecutivo, se va a tener que dar un espacio para discutir este tema”.
Fernández señaló que existe una clara necesidad de armonizar las normas nacionales con los estándares internacionales. “¿Cuál es el camino para armonizar? Ahí hay un debate que puede tener diferentes respuestas. Nosotros lo que decimos es que hay derechos que son vulnerados y que eso debe corregirse”.
Entre los derechos afectados está, también, el derecho a la identidad, que alcanza, por ejemplo, el poder representar a un país en una competencia deportiva. Fernández menciona el caso de un joven cubano que vino a Uruguay cuando tenía apenas seis meses. Se crio en el país, se siente uruguayo. Sus padres tienen la ciudadanía legal. No son nacionales y, por lo tanto, él tampoco lo es. Como es menor de edad, no puede tramitar aún la ciudadanía legal. El joven era un destacado deportista y quiso competir por la bandera uruguaya en una instancia internacional. Pero sin ciudadanía y sin nacionalidad uruguaya, quedó excluido de la competencia.