• Cotizaciones
    viernes 13 de marzo de 2026

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
    $ Al año*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
    $ por 3 meses*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * A partir del cuarto mes por al mes. Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
    stopper description + stopper description

    Tu aporte contribuye a la Búsqueda de la verdad

    Suscribite ahora y obtené acceso ilimitado a los contenidos de Búsqueda y Galería.

    Suscribite a Búsqueda
    DESDE

    UYU

    299

    /mes*

    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá

    Compra de cannabis medicinal requiere receta y será exclusiva para mayores

    Los mayores de edad que posean una receta médica indicando un tratamiento con base a marihuana, podrán comprar en farmacias cannabis con uso medicinal. Ayer, miércoles 4, el gobierno aprobó el decreto que regula la adquisición, plantación y comercialización del cannabis medicinal, así como la investigación científica de la planta de marihuana.

    A diferencia de la droga que será adquirida en las farmacias con fines recreativos, el decreto hace referencia al cannabis no psicoactivo, que es aquel que tiene menos de 1% de THC (el componente asociado a la alteración de la percepción que produce la droga). La marihuana medicinal suele tener un alto contenido de CBD, otro de los 400 componentes que tiene la planta. Contemplado en la ley 19.172, el uso médico del cannabis era el último que restaba ser reglamentado, luego de la entrada en vigor de sus usos recreativo y para producción de cáñamo.

    El decreto, de 49 artículos, no establece para qué enfermedades puede recetarse cannabis. Sí estipula que los individuos que adquieran la sustancia deberán ser mayores de edad y presentar una receta médica firmada por un profesional universitario, que deberá especificar las cantidades y formas de administración de la droga.

    Tras adquirir marihuana medicinal, la persona deberán esperar un plazo de 30 días para comprar cannabis psicoactivo en cualquier otra modalidad. Esto evitaría que la marihuana medicinal funcionara como una vía rápida para adquirir la droga con fines recreativos, como sucede en algunos estados de Estados Unidos.

    Quienes realicen investigación científica deberán ser autorizados por el Ministerio de Salud Pública, ante quien deberán dar parte del origen de las semillas que utilizarán así como las variedades a estudiar, sus componentes de THC y CBD, los avances y resultados del análisis y un protocolo de investigación.

    Será también el MSP el que habilite y controle la industrialización de la marihuana para uso farmacéutico, así como la elaboración de especialidades vegetales a base de cannabis psicoactivo y no psicoactivo. En el mundo existen algunos medicamentos con base en marihuana (como el Sativex en el Reino Unido) pero también se comercializan aceites, cremas y óleos que se fabrican en base a esta planta.

    Según el decreto aprobado por el gobierno, solo farmacias y farmacias hospitalarias podrán dispensar este tipo de medicamentos, que deberán estar alejados del público y separados de otras drogas. También deberán estar aislados de la marihuana con fines recreativos. La distribución de estos productos está sujeta a la ley contra el comercio ilegal de estupefacientes.

    Cannabis para investigar.

    El cannabis destinado a la investigación científica deberá ser adquirido a través de productores designados por el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (Ircca) para plantar y cultivar cannabis psicoactivo y no psicoactivo exclusivamente con fines de investigación.

    En la sección de registros del organismo —donde deben inscribirse también los miembros de clubes de membresía, autocultivadores y futuros adquirientes en farmacias— habrá una sección denominada Productores de Cannabis para Investigación.

    Según supo Búsqueda, ya existen interesados en estos tipos de plantación entre los empresarios que esperan el cierre de la licitación para cultivar marihuana con fines recreativos.

    Para aplicar a las licencias científicas, los productores deberán presentar un proyecto de investigación, los volúmenes de producción autorizados, procedimientos de seguridad y destino de los excedentes, entre otros. Mientras que la marihuana que se cultivará para su venta al público en farmacias está restringida a un predio en el departamento de San José, el sitio de plantación del cannabis con fines de investigación será determinado por los propios productores.

    En la investigación científica, antes de experimentar con seres humanos se suele recurrir a ensayos con animales. Pero el decreto aprobado no hace referencia a estudios con animales ni a la legislación vigente que regula este tipo de investigación y que se rige por la ley 18.611. Esta norma establece que para utilizar “animales en experimentación, docencia e investigación científica” se requiere de la aprobación de la Comisión Nacional de Experimentación Animal, entre otros requisitos.

    El decreto sí hace referencia a la regulación de la investigación en seres humanos (decreto 379/008), en el que se determina que se deberá contar con la aprobación del Comité de Ética de la institución científica en la que se realiza el estudio.

    Al igual que en el caso de la plantación para uso recreativo, los productores que planten marihuana para investigación o elaboración de medicamentos deberán recurrir al Ircca para importar semillas o esquejes. El organismo, además, “dispondrá de las más amplias facultades de investigación y fiscalización” de los cultivos.

    // Leer el objeto desde localStorage