Armar una lista para participar en las elecciones internas o nacionales es un asunto engorroso. No solo por las disputas entre los dirigentes para ver qué lugar ocupará cada uno sino también porque se deben cumplir trámites legales de presentación. El nombre y número de la lista, el formato, el color, la calidad de la hoja, son algunos de los aspectos que se controlan. Pero el principal aspecto a tener en cuenta es que quienes serán parte de esa lista hayan autorizado al partido político a que se utilice su nombre.
Sin embargo, nadie controla —en momento alguno— si cada persona cumple con todos los requisitos legales que le permitan, además de votar, ser elegible. El funcionamiento y transparencia del sistema electoral uruguayo, que ha generado elogios en el país y fuera de él, provocó una fuerte polémica en las últimas semanas.
Desde el Frente Amplio se cuestionó al Partido Colorado por poner en duda el funcionamiento del sistema, luego de que se denunciara que María Sara Ribero —de nacionalidad argentina— no puede ser intendenta de Montevideo cuando Ana Olivera solicita licencia, ya que vota observada de acuerdo con el artículo 78 de la Constitución y no está inscripta como ciudadana legal en la Corte Electoral. En el Frente Amplio se entiende que los colorados están “forzando” la interpretación de la Constitución y que Ribero cumple con todos los requisitos para ocupar el cargo.
Pero lejos de terminar la polémica, esta semana el senador colorado de Propuesta Batllista (Proba) José Amorín denunció que el ministro de Salud Pública, Jorge Venegas —de nacionalidad chilena—, tampoco cumple con la Constitución, ya que vota observado por el artículo 78 de la Carta Magna. Amorín dijo que por esta razón Venegas no puede ser ministro y reclamó su renuncia. Además, el ministro es el primer suplente del secretario general del Partido Comunista, Eduardo Lorier, en la lista al Senado de la 1001.
El artículo 78 establece que “tienen derecho al sufragio, sin necesidad de obtener previamente ciudadanía legal, los hombres y las mujeres extranjeros, de buena conducta, con familia constituida en la República, que poseyendo algún capital en giro o propiedad en el país, o profesando alguna ciencia, arte o industria, tengan residencia habitual de quince años, por lo menos, en la República”.
Previamente, el artículo 77 de la Constitución, en su ordinal primero, indica que para ser elector y elegible se deberá estar inscripto en el Registro Cívico.
En el caso de Ribero, los colorados señalan que no cumplió con la inscripción de su Carta de Ciudadanía en el Registro Cívico.
En tanto, Venegas también vota según el artículo 78, pero no tiene Carta de Ciudadanía sino Certificado de Residencia. Para ser ministro se debe cumplir con las mismas calidades que un senador; esto es ciudadanía natural en ejercicio o legal con siete años de ejercicio y, en ambos casos, 30 años de edad cumplidos. En este caso, Venegas obtuvo el certificado de residencia en abril del 2004.
Según Venegas, quien aseguró que tiene los papeles en regla, debe ser la Corte Electoral la que se “pronuncie” por su situación. Además, según informó ayer miércoles la secretaria letrada de la Corte, Mariela Demarco al diario “El Observador”, Venegas cuenta en la actualidad con una carta de ciudadanía y puede ejercer su cargo. No obstante aclaró que esa habilitación corre desde abril de 2011. En 2009, Venegas fue subsecretario de Salud Pública y fue candidato por la 1001.
Amorín presentará hoy jueves la denuncia en la Corte y sostiene que Venegas viola la Constitución y no cumple con todos los años de residencia necesarios.
Consultado por Búsqueda sobre la denuncia contra Venegas, el presidente José Mujica dijo ayer miércoles 30 que aguardará el pronunciamiento de la Corte Electoral antes de fijar posición.
Controles.
Los dos hechos generaron comentarios respecto de los controles que se realizan para evitar que alguien no cumpla con las reglas de juego electoral.
“Los gobiernos anteriores, cuando tomaban una medida, lo primero que hacían era controlar que fuera constitucional. Acá se nota que no se controla nada. Esto es la confirmación de que lo político está por encima de lo jurídico: al Partido Comunista le correspondía un lugar en el gobierno y designó a una persona que no está habilitada”, afirmó a Búsqueda el senador Amorin al referirse a la situación de Venegas.
El diputado Amado, en tanto, dijo que para los dirigentes colorados “no fue grato constatar la situación de irregularidad” en el caso de Ribero y acotó: “Golpea la credibilidad del sistema, que es donde todos depositamos nuestra confianza”.
“De este episodio hay que sacar una enseñanza y autocrítica de que los controles pueden fallar y aprender para cambiarlos”, comentó el legislador. “Lo importante en situaciones como estas es la necesidad de renovar el compromiso de cumplir a rajatabla con las formalidades, que para algo están”, añadió.
Desde el Frente Amplio se rechazó esta visión. En un comunicado de la Departamental de Montevideo frenteamplista emitido el lunes 28 se expresó la “plena confianza en las autoridades de la Corte Electoral y de la Junta Electoral de Montevideo”. Asimismo, se rechazó la “actitud política de algunos dirigentes del Partido Colorado que han puesto en tela de juicio a las autoridades electorales” y al “propio funcionamiento del sistema electoral”.
La confección de las listas es un gran dolor de cabeza para los dirigentes. Primero por las disputas que se generan en cuanto a qué lugar ocupará cada uno. En segundo lugar para cumplir con ciertos formalismos.
Las elecciones internas partidarias son de las más complejas debido a la gran cantidad de personas que participan. “En la interna participa gente que no todos conocemos”, explicó Leonardo Martín, integrante de la Comisión Electoral del Partido Colorado. Por esa razón, el aspecto principal que se controla es que cada persona que integra la lista en la interna dé su consentimiento firmado para evitar una eventual impugnación. Este mecanismo se repite en las elecciones nacionales y departamentales.
Luego, en la Junta Electoral de cada departamento, se realiza un control del consentimiento y de que el nombre coincida con la credencial cívica. A la vez se verifica que una persona que integró una lista en las elecciones internas luego no aparezca en la lista de otro partido en las nacionales.
Javier Maubrigadez, secretario de la Junta Electoral de Montevideo e integrante del Partido Nacional, explicó que el organismo no controla si una persona que es candidata cumple o no con todos los requisitos. “No controlamos (el artículo 78) porque la Corte no dispuso que se hiciera”, comentó. También señaló que ese control se podría hacer porque sería algo “sencillo”, ya que se trata de cargar datos en el sistema informático.
El ministro de la Corte Electoral Gustavo Silveira (Partido Colorado) declaró que el “control se pone del lado del público”. Es que una vez presentadas, las listas se publican y hay 48 horas para realizar alguna objeción. “Si nadie objeta, la hoja se valida y participa del proceso electoral. Todos los partidos tienen copia del padrón electoral para controlar”, afirmó.
“El sistema uruguayo, desde que se creó, funcionó”, aseguró Silveira. Para el ministro, en la actualidad uno de los puntos a trabajar es mejorar el control de las rendiciones de cuentas que los partidos están obligados a realizar. Al finalizar cada campaña, los partidos deben informar sobre los gastos realizados.
Denuncia y respaldo.
El ministro dijo que espera que hoy jueves la Corte trate la denuncia que presentó el diputado Amado el lunes 28, cuando planteó que el organismo “establezca si corresponde o no” la “inhabilitación” de Ribero “para el ejercicio del cargo de intendente de Montevideo y de cualquier otro cargo público, por violar la Constitución de la República”.
El mismo lunes, la Departamental de Montevideo del Frente Amplio recibió a Ribero y al prosecretario general de la intendencia Jorge Rodríguez. Allí, Rodríguez analizó desde el punto de vista jurídico la situación de Ribero. Tras escuchar los informes, la Departamental emitió un comunicado en el que expresó su “respaldo y solidaridad” con Ribero, porque “no existe ningún impedimento constitucional o legal para el cumplimiento de sus funciones como intendenta interina de Montevideo”.
El presidente de la Departamental, el diputado Carlos Varela, aseguró que tras realizar las “consultas jurídicas” en la izquierda están “convencidos de que todo está bien”. “La expectativa que tenemos es que la Corte se expida rápidamente para terminar con este asunto. Después —apuntó— supongo que alguien pedirá disculpas”.
Según Varela, el artículo 78 de la Constitución “no inhabilita” a Ribero. “Lo que sucede es que algunos dirigentes del Partido Colorado están forzando la interpretación”, cuestionó.