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Corte reivindicó el valor probatorio del testimonio de niños que relatan abusos sexuales; no es habitual que mientan o fantaseen
La defensa de un educador de Aldeas Infantiles condenado por abuso buscó atacar la credibilidad de las declaraciones de los menores, pero la Corte rechazó esos argumentos y confirmó la sentencia
Suprema Corte de Justicia. Foto: Pablo La Rosa / adhocFOTOS
Un educador español que impartió talleres en la organización Aldeas Infantiles fue condenado en 2019 por abusar sexualmente de seis niños y adolescentes. Más tarde un Tribunal de Apelaciones ratificó la decisión y entonces la defensa presentó un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia. Su estrategia se basó, principalmente, en atacar la credibilidad del relato de los menores. Planteó que había incoherencias en los testimonios y que existían varios indicios de que habían sido inducidos por los adultos de la organización. Según la defensa, había una suerte de “conspiración” en contra del tallerista que derivó en la manipulación de los menores y en la presentación de una denuncia falsa.
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Pero en una sentencia firmada el 4 de mayo la Corte desestimó esos argumentos. En su análisis del caso, el máximo tribunal abordó un tema que genera debate en las investigaciones académicas o judiciales sobre abusos sexuales a menores: qué fiabilidad tiene el relato de los niños.
La defensa del educador, a cargo de los abogados Gonzalo Fernández y Cecilia Salom, “insiste en su recurso en que los niños pueden mentir, ya que pueden inventar historias irreales, aun sin malicia”, indicó la Corte en el fallo. Y en el caso, según la defensa, “las narraciones son o directamente inventadas o basadas en falsos recuerdos inducidos por extraños”.
Antes de pronunciase sobre el caso concreto, los ministros y ministras de la Corte repasaron análisis de especialistas sobre el tema. Con base en un trabajo inédito del docente de Derecho de la Universidad de la República (Udelar) Jorge Rivera, donde se recoge la opinión de psicólogos y psiquiatras nacionales y extranjeros, indicaron que la teoría que primó hasta las últimas décadas del siglo XX, sustentada en el psicoanálisis, que consideraba que la mayoría de los relatos de abuso infantil eran “fantasiosos” y tenían su fuente en el propio desarrollo sexual de los niños, perdió aceptación en la academia contemporánea.
La tesis de que la fantasía podía incidir en los testimonios sobre abusos (relatando como propias, por ejemplo, situaciones presenciadas entre sus padres) “derivaba esencialmente de la asistencia psicoterapéutica de personas adultas que revelaban haber sido víctimas de abusos sexuales durante su niñez (…). La alta frecuencia de tales relatos condujo a que se considerase que no podía ser cierto que tantas personas pudieran haber sido abusadas durante su infancia, y de ahí la teorización que construyó la interpretación tradicional del ASI (abuso sexual infantil) como una protofantasía o fantasía originaria”, explica el autor citado.
Pero esa lectura perdió peso frente a “una amplia experiencia de trabajo directo con niños abusados, reveladora de que existen patrones de conducta que permiten diagnosticar el ASI de manera confiable”, continúa.
La Corte también hizo referencia a un trabajo de la cátedra de Psiquiatría Pediátrica de la Facultad de Medicina de la Udelar que sostiene que “cuando un niño denuncia libre y espontáneamente un ASI, este realmente aconteció en un porcentaje que oscila entre el 92% y el 98% de los casos de acuerdo a diferentes estudios”. No obstante, si hay “preguntas sugestivas”, las falsas alegaciones se incrementan.
Tras estas consideraciones, la Corte indicó que lo “relevante” es evaluar la “confiabilidad” del relato del niño, que “dependerá en gran medida de su espontaneidad y de la ‘no contaminación’”. Y concluyó que en el caso a estudio hay una “total ausencia” de elementos que quiten certeza al relato de los hechos.
Presiones y conspiraciones
Aldeas Infantiles —una asociación internacional que trabaja con niños, adolescentes y familias vulnerables— presentó una denuncia penal contra Eduardo Briones luego de realizar una investigación interna y recoger testimonios de niños que relataron haber sido tocados y besados por él. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Sabrina Flores, y la jueza Laura Sunhary fue quién lo condenó (Búsqueda Nº 2.041).
Briones y su esposa, ambos españoles, se instalaron en Uruguay en enero de 2018 para trabajar en Aldeas Infantiles como asesores de desarrollo de programas en representación de la fundación Iter Semilla Solidaria. Cuando fue comunicado sobre la denuncia, Briones huyó a Argentina, pero la Justicia libró una orden de captura y fue extraditado.
Según la sentencia de la Corte, la denuncia describe que tres niños, de 6, 9 y 10 años, dijeron que Briones les había tocado los genitales, mientras que tres adolescentes, dos chicas de 13 años y un varón de 14, dijeron que les dio besos en el cuello.
La defensa afirmó ante la Corte que “los niños fueron presionados y motivados” por técnicas de Aldeas, quienes “posicionaron las palabras ‘cuello’ y ‘partes íntimas’” en sus relatos.
Los abogados Fernández y Salom argumentaron que la denuncia fue orquestada para quitar de en medio a Briones, quien “formuló graves denuncias” sobre el proceder de un grupo de funcionarios. También señalaron que “existen precedentes y un largo historial en Aldeas de la utilización de los niños como medio para desvincular a las personas molestas”.
Por otra parte, la defensa cuestionó la veracidad de los tocamientos y relativizó el contenido sexual de los besos en el cuello. “No puede compartirse la interpretación hecha por la Sala de que un sencillo y simple beso propinado en el cuello, por su localización en una zona supuestamente erógena, pueda ser calificado como un acto de contenido sexual per se stante (por sí mismo)”.
Un relato espontáneo
La Corte desestimó esos y otros argumentos planteados por la defensa. Según los ministros, que escucharon las grabaciones de las declaraciones, “el relato prestado por todos los niños y adolescentes declarantes luce, al menos en líneas generales, como espontáneo, y no se advierte que hayan sido las entrevistadoras las que hayan inducido directa o indirectamente las respuestas”.
“La distinguida defensa busca hábilmente aislar determinados pasajes de las declaraciones de los testigos para intentar convencer respecto a su ineficacia probatoria. Pero es el examen contextual y completo, global y no atomizado de los relatos efectuados por los niños y adolescentes lo que asigna credibilidad y sustento a sus testimonios”, sostuvo la Corte.
También desestimó la teoría de una “supuesta venganza” de funcionarios y técnicos de Aldeas contra el educador por “carecer de asidero”.
“Ni menos aún —siguió la Corte— resulta razonable ni lógico considerar que seis niños y adolescentes hayan sido adoctrinados en este sentido creando historias ficticias, a los solos efectos de montar una puesta en escena, para lograr la desvinculación de una persona que ni siquiera formaba parte del equipo estable de la institución”.