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    Crecimiento y crujidos del proceso penal

    N° 1887 - 06 al 12 de Octubre de 2016

    A once años de haberse instalado la comisión que el presidente Tabaré Vázquez creó en 2005 (ley 17.897) para reformar el Código del Proceso Penal (CPP), la cuenta regresiva se acelera y la norma regirá desde julio de 2017. Será un cambio radical con muchos aspectos beneficiosos. Sin embargo, una reciente advertencia del embajador de Argentina Guillermo Montenegro, que conoce el tema de adentro y de afuera (profesor universitario, ex fiscal y ex juez federal y ex ministro de Justicia y Seguridad de Buenos Aires), conduce inexorablemente a bajar las revoluciones de quienes esperen resultados inmediatos o tengan la expectativa de que redundará en mayor seguridad para los ciudadanos.

    Las asignaciones presupuestales de los últimos años han ido a contramano de esta iniciativa. Los recortes económicos del gobierno para el Poder Judicial han sido continuos y han sembrado dudas sobre un futuro eficiente.

    Nadie puede discutir que este Código cambia de raíz un proceso retrógrado y subsana garantías recortadas desde hace varias décadas. El vigente rige desde 1980 pero esa presunta “modernización” —con algunas modificaciones posteriores— mantuvo elementos del Código de Instrucción Criminal de 1879 con algo en común: ambos fueron aprobados en dictadura.

    El nuevo implica un modelo penal acusatorio y garantista basado en los principios de oralidad e inmediación. Marca una diferencia central con el actual proceso escrito, en el cual la convicción del magistrado se forma a través de terceros: funcionarios legos que interrogan y reciben declaraciones y se las trasladan al juez por escrito con las carencias que ello significa. El nuevo sistema, con un mínimo de elementos escritos, tendrá como soporte fundamental un registro grabado de las audiencias.

    La oralidad clausura las puertas del misterio, del secreto con que aún hoy se viste al proceso penal y la reticencia de algunos jueces de explicar su actuación a los medios de comunicación.

    Al menos en teoría será posible acceder al desarrollo de las audiencias y así veremos no solo la historia de lo que generó la intervención judicial, sino también la eficiencia o ineficiencia de jueces, fiscales y abogados defensores.

    El CPP también ha generado un cambio radical en el Ministerio Público. La Fiscalía General de la Nación (antes Fiscalía de Corte) pasó a ser un servicio descentralizado independiente del Poder Ejecutivo (Ley 19.334). Esa descentralización fue objeto de acciones de inconstitucionalidad pero la Suprema Corte de Justicia las desestimó.

    Pero no todo serán flores y música de violines. Durante un reciente seminario de la Universidad de la Empresa (UDE) el embajador Montenegro, con los pies sobre la tierra, advirtió que con el nuevo CPP el sistema judicial uruguayo “va a crujir”. Serán dolores naturales del crecimiento, porque “cuando uno crece, adolece”, comparó. Algo así como los truenos que preceden a una tormenta aunque después de la tormenta llegue la calma.

    El diplomático fue más severo: jueces y fiscales “se van a sacar los ojos” . Será la consecuencia del cambio de roles: el fiscal investigará y el juez dejará de conducir esa etapa para dictar sentencias. Hasta ahora, aunque también tienen diferentes funciones, varios jueces y fiscales cierran la puerta y acuerdan al margen del defensor procesamientos, condenas o libertades. Eso se acabó.

    El nuevo CPP abre el camino para acuerdos entre fiscales e investigados que eventualmente puedan a través de su colaboración beneficiarse con penas más leves. Para Montenegro, como ocurre en Argentina, habrá jueces que no admitirán algunos acuerdos porque consideren que los fiscales se excedieron para alcanzar un objetivo de condena.

    Quienes gestaron el CPP, los padres de la criatura, la comisión de expertos que definió su contenido, difícilmente imaginó las dificultades instrumentales, el aumento de personal, la infraestructura y las carencias económicas. Nada objetó entonces el representante del Ministerio de Economía que integró esa comisión. Tampoco imaginaron que el Poder Ejecutivo degollaría los recursos al Poder Judicial.

    La expectativa de algunos de que este Código solucione la inseguridad es una fantasía. “No hay que prometer grandes impactos, ni positivos ni negativos para la seguridad pública. Los milagros los hacen los santos y no los códigos”, advirtió el ministro de la Corte Jorge Chediak, integrante de aquella comisión. Algo parecido dijo el jueves 22 de setiembre a Búsqueda el ministro de un Tribunal de Apelaciones penal, Alberto Reyes, nuevo presidente de la Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU).

    Algunos crujidos

    Vale señalar algunos de los crujidos:

    l Jueces, fiscales y defensores carecen de experiencia práctica para sus nuevos roles y en los procedimientos. La carga menor la llevarán los jueces, que dejan de ser investigadores (proceso inquisitivo) pero aumentará sobre los fiscales (proceso acusatorio).

    l Necesariamente, los fiscales deberán cambiar su sistema de trabajo. Ahora tendrán a sus órdenes a la Policía en relación de jerarquía. Deberán conducir sus acciones en las investigaciones. Esta nueva relación puede generar enfrentamientos como el que ocurrió las últimas semanas entre el jefe de Policía de Montevideo, Ricardo Pérez, y el director de la Policía Nacional, Mario Layera, con la fiscal Sandra Boragno. En conferencia de prensa los policías cuestionaron que la fiscal hubiera dejado en libertad a cinco detenidos por el intento de robo al Banco República de Colón. Para Boragno, las pruebas eran insuficientes. Para la Policía, había elementos suficientes para un procesamiento. No parecen tener claro que la Policía es auxiliar de la Justicia. ¿Asistiremos con el nuevo CPP a pulseadas de este tipo que contribuyen a fomentar el descrédito en jueces y fiscales?

    l Los fiscales también tendrán que recibir a denunciantes y víctimas para darles las explicaciones que correspondan sobre el desarrollo del proceso. Un aumento ya dispuesto en el número de fiscales y de adjuntos puede facilitar esta tarea.

    l Los defensores públicos, que son insuficientes, tendrán que habituarse al litigio oral rápido en plazos breves, sin lectura ni guías escritas y en eso los abogados carecen de preparación académica. Tampoco la tienen jueces y fiscales.

    l Por lo expuesto y por otras razones parece necesario designar un grupo, una comisión que articule todo el funcionamiento especialmente sobre asuntos no resueltos, entre otros quién negocia y suscribe los convenios para que la víctimas tengan defensa gratuita y dónde y cómo se cumple la mediación.

    l El sistema oral generará desconfianza, temores y aprensiones, tanto en las víctimas como en los testigos, quienes por esa razón pueden ser afectados por una “amnesia” momentánea pero central respecto al caso sometido a juicio.

    l El ciudadano de a pie estará desconcertado. Nadie le ha advertido mediante una campaña en qué consisten los cambios. Verá que varios investigados que ahora terminan entre rejas quedarán en libertad —salvo los delitos graves o con riesgo de fuga— hasta el momento de la sentencia de condena. La tendencia histórica de procesamientos con prisión preventiva puede generar descontento y resistencia. Es necesario instruir a la población sobre este nuevo funcionamiento porque el actual sistema está insertado en los tuétanos. Esa resistencia, especialmente en los vocacionales manifestantes ante los juzgados, puede generar caos social. No alcanza con el entusiasmo.

    l Habrá que adecuar los servicios del Instituto Técnico Forense en la parte penal a los requerimientos de los fiscales, ya que hasta el momento dependen de las solicitudes de los jueces.

    l Se debe buscar la forma de asegurar el principio de publicidad. La historia y la cultura van por el camino opuesto.

    l Un reciente cambio parlamentario al texto original del CPP merma las posibilidades de la defensa: cambia la secuencia del texto original. Para el diputado colorado Ope Pasquet —uno de los gestores de la reforma—, se menoscaban las garantías del investigado: los defensores deberán contestar a ciegas la acusación fiscal. Afecta a 90%, que son los asistidos por los defensores de oficio. Con esa carga de trabajo es difícil que puedan producir una defensa de calidad. Los que tienen dinero para pagar abogados tendrán una gran diferencia a su favor. Eso sin hablar del incentivo del salario. Los defensores serán la contracara de los fiscales en el proceso y sin embargo su salario es infinitamente menor. Iguales en el proceso, desiguales en el bolsillo.

    l Los médicos forenses son insuficientes. Dicen sus voceros que con el nuevo código se requiere multiplicarlos por tres y que las morgues del interior se adecuen al siglo XXI porque hoy parecen reproducciones de la Edad Media. El representante legal de los médicos, Herman Leiss, advirtió en el portal Montevideo.com que “si no se hace un cambio revolucionario en la medicina forense el sistema colapsa”.

    l Se requiere modernizar el sistema informático judicial, adecuar las grabaciones de las audiencias en forma efectiva, preparar las salas de audiencia con un sistema de televisión para público y prensa en diferente lugar. Las salas serán pequeñas y el número de quienes podrán ingresar será reducido. Debe haber un sistema oral y público mediante una pantalla.

    Los actuales recursos económicos del Poder Judicial muestran un rojo intenso que ha obligado a la Corte a reducir servicios y eliminar sedes judiciales. Ese color no significa otra cosa que peligro. Por eso los crujidos que pronostica Montenegro pueden ser mayores en la medida en que la economía no acompase esta revolución procesal.