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    Del Instituto Jurídico Cristiano

    Sr. Director:

    El Instituto Jurídico Cristiano, Uruguay (IJCU) es una asociación civil sin fines de lucro, con personería jurídica debidamente reconocida ante las autoridades competentes de nuestro país. Tiene por objeto —entre otros— promover y proteger los derechos humanos a partir del reconocimiento de nuestra dignidad como seres creados a imagen y semejanza de Dios. 

    Es por ello que respecto a la nota publicada el pasado 22 de agosto del corriente en el Semanario Búsqueda y titulada Secretario de Derechos Humanos alerta por el crecimiento del “fundamentalismo evangélico” y su daño al “ejercicio de la política” el ICJU entiende imprescindible realizar el presente comunicado destacando algunas consideraciones jurídicas, éticas y sociales.

    En primer término es necesario manifestar públicamente el profundo rechazo a las afirmaciones del Sr. Nelson Villarreal en atención al cargo público que ostenta —secretario de Derechos Humanos—, el cual hace imperiosa la adopción de un conducta y discurso acorde con el respeto de todos los derechos de todos los habitantes, y la eliminación de cualquier tipo de manifestación que pueda contener algún sesgo intolerante, difamatorio, discriminatorio, divisorio, o no inclusivo.

    En ese sentido, su manifestaciones públicas vertidas en la nota de prensa no solo preocupan sino que además permiten cuestionar su idoneidad para el cargo que ocupa, puesto que dentro de sus competencias se encuentra la de luchar contra la discriminación al amparo de la Ley Nº 17.817 de 6 de setiembre de 2004.

    En segundo término, es importante destacar que el artículo 5 de la Constitución uruguaya, así como los artículos 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y 12 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos –Pacto de San José de Costa Rica- establecen una amplia libertad de religión -o creencia- y culto para TODOS sin excepción.

    Por otra parte, la Convención Interamericana contra toda forma de discriminación e intolerancia, también recientemente ratificada por ley nacional, establece como discriminación “cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia, en cualquier ámbito público o privado, que tenga el objetivo o el efecto de anular o limitar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de uno o más derechos humanos o libertades fundamentales consagradas en los instrumentos internacionales aplicables a los Estados parte”.

    En ese sentido, la convicción religiosa de la población —su creencia o religión- en nada puede, ni debe afectar el ejercicio de los derechos de participación política —de elegir y ser elegidos—. Por tal razón, afirmar que “era necesario estar atentos porque en departamentos como Rivera estaba creciendo el fundamentalismo religioso”, en una evidente mención peyorativa, es inaceptable, por cuanto pretende estigmatizar y discriminar a una parte de la población que también debería ser receptora de las políticas inclusivas, igualitarias y “beneficiosas” de la Secretaría de Derechos Humanos.

    Por otra parte, el Sr. Nelson Villareal al referir al mecanismo constitucional del art. 79 de la Constitución uruguaya —activado por casi 70.000 ciudadanos en el llamado a adhesión al recurso de referéndum para la derogación de la Ley N° 19.684 (Ley Integral para personas Trans)— afirmó que “no es meramente el hecho del porcentaje, sino que es un porcentaje que tiene una cosmovisión antiderechos”. El ICJU repudia esta afirmación no solo por quien lo dice y desde donde lo hace, sino por la visión desgarradamente equivocada, y nuevamente peyorativa, estigmatizante y discriminatoria contra un segmento de los ciudadanos.

    El IJCU remarca la importancia de comprender que así como la religión no debe imponer un “discurso”, tampoco el Estado debe imponer una supuesta “versión secularizada y secularizante”. El Estado, sobre todo –y sus funcionarios en particular, y más específica y especialmente quien tiene como competencia institucional velar por todos los derechos humanos de toda la población- debería propiciar el debate público de todas las “voces” con libertad, siendo lo más ideológicamente neutro posible, respetando TODAS las cosmovisiones del mundo, con el fin de lograr una tan anhelada mejor sociedad uruguaya cada día, más respetuosa del otro, más tolerante del distinto, más empática, más inclusiva, más igualitaria, y en definitiva más democrática.

    Es por ello que el IJCU llama a la reflexión y a la comunicación responsable, al encuentro de todos los uruguayos sin importar su color de piel, origen étnico, aspecto estético, género, religión, para que todos puedan gozar y ejercer en igualdad de condiciones, sin cortapisas, sin estigmas y sin menosprecios los derechos humanos y libertades en todas las esferas de la vida —privada y pública—, incluyendo la política.

    En ese sentido, resta solicitarle al Sr. Nelson Villareal que revise lo oportunamente manifestado con amplitud científica, jurídica, política y emocional en cuanto a su alcance y eventuales consecuencias negativas al emitir comentarios inadmisibles, falaces, peyorativos, estigmatizantes y discriminatorios para una parte de la población, lo cual no contribuye a la búsqueda de la paz social, el respeto, la igualdad, la libertad y la democracia. 

    Por el Instituto Jurídico Cristiano, Uruguay 

    Rosana Guillén, Presidente de la Comisión Directiva 

    Procuradora Florencia Gulla. Secretaria

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