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    El BCU prevé exigir “requerimientos más elevados” a proveedores de activos virtuales

    Si bien hoy no se dispone de “números”, en Uruguay los criptoactivos tienen una “proporción muy baja de circulación” y es un “bajo porcentaje de la población que los maneja. No obstante, a pesar de ser una porción baja, claramente, son activos que generan en su funcionamiento bastante más riesgo que lo tradicional, por eso es nuestra preocupación”, dijo el presidente del Banco Central (BCU), Diego Labat. “Si bien no tenemos hoy casuística concreta sobre lavado de dinero a través de estas plataformas, entendemos que, precisamente, hay que empezar a regular de tal manera de ir preparándose”, agregó el miércoles 16, cuando visitó la Comisión de Hacienda de Diputados para explicar un proyecto de ley sobre estos asuntos.

    Patricia Tudisco, de la Intendencia de Regulación Financiera del BCU, explicó que se prevé requerir una autorización a las empresas proveedoras de activos virtuales “por oportunidad y conveniencia. ¿Por qué les digo lo de la oportunidad y conveniencia? Porque las instituciones que se autorizan por oportunidad y conveniencia tienen requerimientos más elevados y, en general, se les solicita cierta garantía diferente a las que se autorizan solamente por razones de mera legalidad”.

    La abogada María Paz Wilson acotó que la propuesta es incorporar un nuevo literal al inciso segundo del artículo 37 de la Carta Orgánica del BCU para reconocer al proveedor de servicios de activos virtuales como un nuevo agente. “Es una figura bastante amplia, que ya está actuando en nuestro país” por la vía de los hechos, acotó. En la medida en que actúe con instrumentos financieros “va a estar sujeto al contralor” del BCU “con todo lo que eso implica”, puntualizó.

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