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Lejos quedó el tiempo en el que el fútbol era el único deporte de riesgo para quien iba a sentarse a una tribuna. Primero se sumó la violencia en el básquetbol y luego el propio fútbol tuvo sus insólitas ramificaciones con barra bravas que pasaron del Estadio Centenario a partidos de divisiones inferiores, de mujeres y hasta de sala. Consciente de que la escalada violenta no tiene en el deporte un límite definido —ni siquiera en el hockey o la natación—, el gobierno elaboró las bases para aplicar próximamente una “lista negra” de admisión en la cual todas las federaciones puedan incluir personas impedidas de ingresar a un espectáculo deportivo.
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La lista única, prevista en la Ley de Urgente Consideración (LUC), se llevó al papel mediante un decreto elaborado por la Secretaría Nacional del Deporte que está en este momento a estudio de la Presidencia de la República para su aprobación final. “La idea es que esté pronto cuando vuelva el público a los espectáculos deportivos”, dijo a Búsqueda Gerardo Lorente, gerente nacional del Deporte. Hoy los eventos están cerrados al público debido a las medidas de prevención por la pandemia de Covid-19. Aunque la asesoría jurídica de Presidencia mostró reparos sobre ciertos tecnicismos jurídicos y legales, en la Secretaría Nacional del Deporte esperan que el decreto sea firmado a la brevedad por el presidente Luis Lacalle Pou y se ponga en funcionamiento.
Junto con el Ministerio del Interior, la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) y la Federación Uruguaya de Basketball (FUBB), la Secretaría Nacional del Deporte formó una comisión para elaborar el decreto. El documento elevado a Presidencia señala que todas las federaciones deportivas del país van a estar autorizadas a sumar personas a la lista y que todos quienes la integren tendrán prohibido el ingreso a cualquier espectáculo deportivo: desde un partido de fútbol a una carrera de 100 metros. Todas las federaciones van a estar obligadas a aplicar la lista de no admisión y en caso de incumplimiento serán sancionadas, explicó Lorente. También el Ministerio del Interior y el Poder Judicial podrán ingresar personas a la lista negra.
“Creemos que se trata de una medida que va a mejorar la seguridad de los espectáculos deportivos. Entendemos que esta es una herramienta más que va a ayudar a erradicar la violencia. Se trata de una lista que regirá para el básquetbol, el fútbol, el hándbol, el rugby...”, argumentó Lorente la semana pasada cuando las autoridades de la secretaría acudieron a la Comisión Especial de Deporte y Juventud del Senado.
En junio el secretario nacional del Deporte, Sebastián Bauzá, ya había fundamentado las razones para ampliar a otras disciplinas la aplicación del derecho de exclusión, enfocándose específicamente en el rugby, un deporte tradicionalmente practicado por las clases altas que este año creó su primer equipo profesional con el nombre Peñarol, que cedió su marca registrada a una franquicia. Nacional planea hacer lo mismo en el futuro. “Al rugby ha ingresado Peñarol y tal vez, dentro de poco, lo haga Nacional. Los clásicos también se van a jugar en el rugby y pueden generar violencia, porque sabemos que los problemas existen en el fútbol femenino y pueden llegar al rugby”, dijo entonces Bauzá.
Causales y plazos
La lista de personas impedidas de ingresar a eventos deportivos se creó en 2017 a través de la Ley Nº 19.534, que sentó los límites de exclusión a personas que realicen actos violentos en el fútbol o el básquetbol. Aunque en principio el nuevo gobierno planeaba mantener ese formato, en el debate legislativo por la Ley de Urgente Consideración se consideró sumar a otras federaciones y finalmente se incluyó esa intención en el artículo 97 de la normativa.
Los criterios fijados en la LUC fueron incluidos en el decreto que hoy tiene Presidencia, donde además de añadirse a todas las federaciones deportivas se determinaron nuevas causales para la inclusión de personas al registro de admisión. Entre ellas están las amenazas en redes sociales, el uso de bengalas de forma no autorizada, el ingreso al campo de juego de forma no autorizada y pancartas que sean consideradas agresivas. Actualmente ya se toma como causal comportarse de manera violenta dentro o fuera del recinto, ocasionar graves molestias a otros espectadores, alterar el normal desarrollo del espectáculo, intentar ingresar bebidas o sustancias y generar actos discriminatorios que inciten a la violencia, el racismo o la xenofobia.
“Además definimos atenuantes y agravantes, y dividimos la sanción entre leve, grave y gravísima según la conducta. En cuanto al plazo de duración de la sanción, lo fijará la federación en función de los atenuantes o agravantes que correspondan”, señaló Lorente. La pena leve es de seis meses a un año sin ingresar a un espectáculo deportivo, la grave de 1 a 5 años y la gravísima de 5 a 15 años. Una vez en conocimiento de que forma parte de la lista de no admisión, la persona podrá reclamar formalmente ante la federación correspondiente para ser removida, “una especie de derecho de defensa para que el individuo pueda solicitar la revisión en caso de entender que hay un error o que la medida o el tiempo de duración no son correctos”, indicó Lorente.
El organismo encargado de gestionar todo el nuevo registro de admisión será la AUF, que lo viene haciendo desde 2017 y que por los años de combate a la violencia es la federación con más experiencia en la materia y la que más violentos tiene en el registro. “Por el conocimiento y la profesionalidad con que ha trabajado, ya tiene una maquinaria aceitada”, valoró Lorente. Las federaciones, el Ministerio del Interior y el Poder Judicial indicarán a la AUF a qué personas incluir; la AUF compartirá y actualizará la lista y será la institución en contacto directo con el Ministerio del Interior. Actualmente, para el efectivo ejercicio del derecho de admisión, la Ley Nº 19.534 establece que los organizadores podrán requerir el apoyo y auxilio de la Policía Nacional. Para el caso de los espectáculos de concurrencia masiva, el rol se traducirá a la prestación de garantías.