La ley 19.292 de 2014 de compras estatales tiene el “objetivo primordial de abatir el hambre y la pobreza” en Uruguay, y “en el medio rural en particular”, a partir del “fortalecimiento de la agricultura familiar”, entendida como un “actor que colabora con la elevacio´n de los ingresos de la poblacio´n rural” y clave “para la produccio´n sostenible de alimentos orientada a lograr la seguridad alimentaria y nutricional; contribuyendo así a la erradicacio´n de la pobreza”, indica el informe. Destaca “las compras pu´blicas como instrumento de desarrollo econo´mico para fomentar la consolidacio´n de un modelo basado en el trabajo nacional, impulsando cadenas productivas con tecnologi´as apropiadas que promueven el poblamiento de la campan~a, favorecen la distribucio´n de riquezas, y contribuyen a la diversificacio´n de la matriz productiva y disminucio´n de las brechas sociales”. Las adquisiciones gubernamentales son un “instrumento relevante” a la hora de “potenciar el desarrollo de la agricultura familiar”, permitiendo la obtencio´n de “precios justos” para productores y consumidores, “evitando las tendencias oligopo´licas de la distribucio´n” y “garantizando el acceso a mercados”, considera. Esa norma legal estableció un mecanismo de reserva de mercado estatal de bienes y servicios alimenticios para estos sectores de la economi´a con el objetivo de fomentar su desarrollo, que en el caso de compras estatales centralizadas es de 30% del mercado y de las compras estatales descentralizadas es de 100% del mercado.


