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    En el caso Pluna “están en juego los derechos humanos” de Campiani, afirma el ex fiscal general de la Corte Penal Internacional

    “Uruguay no debe repetir las experiencias argentinas de manipulación de la Justicia y uso de jueces para proteger amigos o atacar adversarios”, advirtió el especialista

    Como fiscal general de la Corte Penal internacional entre 2003 y 2012 el abogado argentino Luis Moreno Ocampo intervino en las investigaciones contra el dirigente del grupo paramilitar de Uganda Joseph Kony, el presidente de Sudán Omar Al-Bashir y el ex dictador de Libia Muamar Gaddafi por graves violaciones a los derechos humanos. Más de 15 años antes de eso, Moreno Ocampo fue uno de los fiscales que enjuició a las Juntas Militares en Argentina por las desapariciones y las torturas durante la dictadura en ese país entre 1976 y 1983.

    En la actualidad Ocampo, quien fue profesor adjunto de la Universidad de Buenos Aires y profesor visitante de la Universidad de Stanford y Harvard, trabaja como abogado en Nueva York.

    Desde esa posición, el destacado penalista realizó una consulta a solicitud de la defensa del ex presidente de Pluna Sociedad Anónima, Matías Campiani —quien deberá comparecer ante la Justicia especializada de crimen organizado el 20 de diciembre— en la que afirma sin ambages que a su juicio “están en juego los derechos humanos” del empresario en el proceso que se le sigue en Uruguay.

    Según este experto, si bien la sociedad uruguaya “tiene derecho a conocer la verdad” sobre la administración de Pluna y a que “se haga justicia” en este caso, los indagados también tienen derecho a “a un debido proceso” en el que no pueden ser procesados “mientras no se hayan reunido las pruebas que fuera de toda duda permitan una condena”.

    “Los pactos internacionales prohíben la prisión por deudas. Que Pluna no pagara cheques firmados por los indagados o que la empresa se haya liquidado tiene impacto patrimonial pero no autoriza un procesamiento penal”, subraya Moreno Ocampo.

    Más aún, el experto advirtió que Uruguay “no debe repetir las experiencias argentinas de manipulación de la Justicia y uso de jueces para proteger amigos o atacar adversarios”.

    Lo que sigue es la transcripción textual de las preguntas que Búsqueda envió a Moreno Ocampo por correo electrónico y las respuestas que el experto remitió por la misma vía.

    Usted realizó una consulta encargada por la defensa del empresario Matías Campiani. ¿En grandes líneas a qué conclusión llega?

    —Produje a pedido de la defensa un análisis de la relación entre el caso Pluna y la Convención Interamericana de Derechos Humanos ratificada por Uruguay en 1985 apenas retomada la democracia, las decisiones subsiguientes de la Comisión y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y las decisiones de los órganos de protección del Sistema de Naciones Unidas.

    La conclusión de ese análisis es que de acuerdo a la ley internacional la sociedad uruguaya tiene derecho a conocer la verdad sobre la administración de Pluna y a que se haga justicia, y los indagados tienen derecho a un debido proceso. No se puede procesar a los investigados mientras no se hayan reunido las pruebas que fuera de toda duda permitan una condena y estos colaboren y respeten la Justicia uruguaya.

    Uno de los derechos internacionales es de tipo procesal: las normas internacionales garantizan el derecho a la libertad durante el proceso penal. El otro es sustancial: la Constitución Uruguaya, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Interamericana de Derechos Humanos prohíben la prisión por deudas.

    Que Pluna no pagara cheques firmados por los indagados o que la empresa se haya liquidado tiene impacto patrimonial pero no autoriza un procesamiento penal. Para que no se trate de prisión por deudas hay que probar que el vaciamiento de Pluna se debió a hechos concretos de simulación o fraude cometidos por los investigados. Este es el punto central del caso. No he podido conocer pruebas de hechos fraudulentos de los indagados. Ellos aportaron 30 millones de dólares y retiraron 1 solo dólar. Es claro que no lograron revertir la situación de insolvencia con que encontraron a Pluna pero eso no es un delito. La falta de éxito en la gestión no constituye el delito de vaciamiento.

    El caso penal se hace más difícil porque las pruebas documentales que tuve a mi vista muestran que los representantes del Estado uruguayo que tenían un rol de supervisión aprobaron la gestión que se investiga.

    —¿En qué consiste el fenómeno de judicialización de la política?¿A su juicio Uruguay está viviendo este fenómeno?¿Qué consecuencias puede tener para el país?

    —La Justicia tiene que hacer respetar los límites de la actividad política. Uruguay no debe repetir las experiencias argentinas de manipulación de justicia y uso de jueces para proteger amigos o para atacar adversarios. Los casos complejos como el de Pluna deben servir para ratificar la larga tradición uruguaya en materia de seguridad jurídica y justicia imparcial e independiente, solo interrumpida por el terrorismo de Estado que asoló a toda la región en la década del 70.

    La ley debe ser aplicada con firmeza, sin parcialidad ni temor al poder. No se pueden cometer delitos para hacer política y no se puede usar sin fundamentos a la Justicia para atacar a los enemigos políticos.

    —Usted está emparentado por su trayectoria con la defensa de los derechos humanos. ¿A su juicio en este caso concreto están en juego los derechos humanos?

    —Sí, están en juego los derechos humanos. El desafío moral es luchar porque se respeten los derechos humanos de las personas que no son parte de mi familia, que no son mis amigos, que no tienen mi ideología o no pertenecen a mi grupo político o a mi clase social. Defender los derechos humanos es defender los derechos de todos, en particular los de mis adversarios. Uruguay tiene además un deber legal.

    —La petrolera estatal Ancap denunció a Campiani por la emisión de cheques sin fondo cuando —según afirma la denuncia— sabía que la empresa se iba a fundir. ¿Qué puede decir al respecto?

    —No quiero actuar como si fuera un defensor, pero el argumento me parece técnicamente incorrecto. El hecho de que Pluna no pagara cheques firmados previamente por los indagados no autoriza su procesamiento. Eso es prisión por deudas con el agregado que la deuda es de un tercero. Una gestión empresarial puede tener malas consecuencias pero no es un delito.

    —Según el semanario “Brecha” una pericia encargada por la sede concluye que existió “vaciamiento” de la empresa. ¿Qué puede decir al respecto?

    —Que debe consultar al Dr. Jorge Barrera (quien es abogado defensor de Campiani)

    —Si usted fuera abogado defensor de Campiani ¿le recomendaría que se presentara a declarar el 20 de diciembre ante la Justicia uruguaya?

    —No quiero reemplazar el juicio del Dr. Barrera, pero no veo ninguna razón para no hacerlo.

    —En Uruguay algunos jueces y abogados han cuestionado las consultas con expertos por considerar que se trata de “defensas encubiertas”. ¿Qué opina al respecto?

    —Mi opinión es imparcial y se basa en datos objetivos. El Dr. Jorge Barrera, que fue quien me consultó y que como defensor debe ser parcial, puede elegir presentar o no presentar mi informe ante los jueces. En definitiva el peso del informe será evaluado por los magistrados que intervengan.

    —¿Puede informar cuánto cobró por la consulta?

    —Solo cobré mis horas de trabajo. Pero aunque no sea mucho dinero el caso Pluna tiene una dimensión institucional muy interesante, se trata del derecho de la sociedad y de los indagados a un debido proceso y por eso acepté producir un informe que ayude a establecer criterios objetivos. En Inglaterra la regla es que los abogados deben aceptar cualquier cliente que los requiere, como si fueran un “taxi”. Respeto esa idea pero creo que la ley tiene un rol social. Como Fiscal en la Argentina y luego como el Fiscal de la Corte Penal Internacional tuve la suerte que me pagaran para aplicar la ley con imparcialidad. Ahora enseño en la Universidad de Yale y trabajo en un estudio de abogados en Nueva York, “Getnick & Getnick LLP” donde mantengo el mismo principio. La firma investiga fraudes, inspecciona empresas, defiende a denunciantes y solo acepta los casos que consideramos merecen nuestra intervención. Creo que aclarar las obligaciones internacionales del Uruguay van a ayudar a los jueces a cumplir con su difícil rol.

    Contratapa
    2013-12-12T00:00:00