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Mario Bergara, presidente del Banco Central del Uruguay (BCU), está ansioso, apurado y desubicado. A 30 meses de las elecciones nacionales de 2019, cuando aún no transcurrió medio período del gobierno que integra, decidió autopostularse como precandidato presidencial del Frente Amplio, violando abiertamente la Constitución de la República. Empleando términos futbolísticos, ha quedado en offside.
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El viernes 30, Bergara concedió una entrevista al semanario “Crónicas” y habló con los periodistas Oscar Cestau y Magdalena Raffo sobre asuntos político-partidarios, algo que, como presidente del BCU, le está expresamente vedado por la Constitución.
Entusiasmado con los méritos que se atribuyó a sí mismo, el funcionario dijo en “Crónicas” —y luego repitió en radios y canales de televisión— que durante las últimas dos décadas el Frente Amplio “contribuyó a definir una enorme agenda de reformas que fue implementada exitosamente”, a raíz de lo cual afirmó que “los liderazgos que llevaron adelante ese proceso (presuntamente Tabaré Vázquez y José Mujica) fueron exitosos”.
Adelantándose al futuro y anunciando, de hecho, una nueva victoria del Frente Amplio en el 2019, Bergara dijo que “tenemos que tener claro para el próximo período, para qué queremos el gobierno, o sea, para implementar qué agenda. Y eso trae como corolario la renovación de personas, pero aprovechando y honrando el legado exitoso y positivo para el país como fue la conducción del gobierno de los últimos 15 años”.
Cuando los periodistas le preguntaron si le gustaría ser parte de esa renovación en el Frente Amplio, Bergara no solo olvidó su deber de respetar el mandato constitucional, sino que se paró en los pedales y habló, sin ambages y autoelogiándose, sobre política partidaria. “Yo siento —dijo— haber participado activamente en estos 12 años de gobierno bajo el liderazgo indiscutible del trípode Vázquez-Mujica-Astori”.
“Entiendo que en este proceso del que estoy hablando tengo una experiencia para aportar y también las ganas de seguir aportando. Por lo tanto, considero que es razonable pensar que puedo formar parte de ese proceso de renovación”, añadió.
Ya liberado de cualquier atadura constitucional, como si se hubiera desbocado, Bergara contestó así a la pregunta de una eventual candidatura presidencial suya: “yo no descarto considerar la posibilidad”. Luego, la condicionó a “determinados escenarios” de “renovación” del estilo “que planteó el presidente Vázquez” en una entrevista televisiva. “En ese caso, sí lo consideraría”, redondeó.
Por si fuera poco, el titular del BCU incursionó también en política internacional criticando al presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, quien —opinó— “ha incorporado enormes grados de incertidumbre en el terreno político a nivel internacional”.
Desde ya que el señor Bergara tiene derecho a aspirar a ser presidente de la República, astronauta de la NASA o barrendero municipal. El problema es que, cuando se trata de declaraciones político-partidarias —como las que formuló a troche y moche— simplemente tiene prohibido hacerlas. Es decir: para hablar de esos temas tiene, previamente, que renunciar. Si no, directamente, vulnera gravemente la Constitución.
El inciso cuarto del artículo 77 de la Carta Magna prevé prohibiciones muy precisas para los directores de los entes autónomos, a efectos de que no se aprovechen de la posición privilegiada que tienen en el esquema de gobierno para hacer carrera política. (En el artículo 196 se lee claramente que el BCU es un ente autónomo).
Dice la Constitución que estos funcionarios, así como los militares, los policías, los ministros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y del Tribunal de Cuentas, y los directores de los servicios descentralizados, “deberán abstenerse, bajo pena de destitución e inhabilitación de dos a diez años para ocupar cualquier empleo público, de formar parte de comisiones o clubes políticos, de suscribir manifiestos de partido, autorizar el uso de su nombre y, en general, ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto”.
Para ser más precisa, la Constitución dice que esta prohibición no incluye “la concurrencia de los directores de los entes autónomos y servicios descentralizados a los organismos de los partidos, que tengan como cometido específico el estudio de problemas de gobierno, legislación y administración”. Por cierto, autoproclamarse como eventual candidato presidencial de un partido político no está comprendido en esta excepción. Y, por tanto, es un delito electoral.
Pero, en el fondo, lo que está en juego aquí es el espíritu que animó a los constituyentes a incluir en la Carta, en el artículo 58, este precepto: “los funcionarios están al servicio de la Nación y no de una fracción política”.
Como solía decir José Batlle y Ordóñez, en política “el que se precipita, se precipita”. El presidente del BCU ya se precipitó. Quizá esté un poco engreído.