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    Fiscalía quiere eliminar la libertad condicional, un beneficio que facilita que los delincuentes de “cuello blanco” eviten la cárcel

    La reforma del proceso penal que empezará a regir en julio tiene entre sus principales objetivos que la prisión preventiva deje de ser la regla y pase a ser la excepción. Es decir, que los indagados no sean procesados con prisión a menos que sean peligrosos o que haya riesgo de que se fuguen. Así, las personas estarán libres mientras son juzgadas, e irán a la cárcel solo si al final del juicio son declarados culpables.

    Hoy la situación es la inversa: la mayoría de los presos (más del 60%) no tienen condena, porque son enviados a prisión antes de que termine el juicio, y los que sí son sentenciados culpables, muchas veces no van a prisión. Ocurre que en la legislación actual existe el beneficio de la libertad condicional, que establece que si cuando se dicta la sentencia de condena la persona está libre y no cometió un nuevo delito, no tiene que ir a prisión.

    Por eso, varios representantes del sistema de Justicia y de la academia han señalado la inconveniencia —y hasta el “absurdo”— de que ese beneficio permanezca vigente en el nuevo Código del Proceso Penal (CPP), en el que la regla será que las personas transiten el juicio en libertad. Aunque el año pasado se discutió en el Parlamento la posibilidad de derogarla, finalmente la libertad condicional se mantuvo con algunas modificaciones.

    Este año, a pocos meses de empezar a trabajar con el nuevo CPP, la Fiscalía General insistirá en que se elimine. “La Fiscalía aboga por que no haya libertad condicional”, dijo el fiscal de Corte, Jorge Díaz, a Búsqueda. “En el nuevo código la condicional es inexplicable. Cuando se dicte la sentencia tiene que cumplirse. Si no, se genera impunidad: nunca vas preso”, afirmó.

    “La libertad condicional tal como está regulada no debería existir”, coincidió la ministra del Tribunal de Apelaciones Penal de tercer turno, Bernadette Minvielle. “Espero que la deroguen”, dijo a Búsqueda. “No porque quiera poner más gente en la cárcel. Pero los tipos penales prevén la acción, y prevén la consecuencia. No podemos eliminarla, porque entonces estamos en el país del chiste. Si no cumplimos las consecuencias todo lo demás no sirve de nada. Activamos todo un sistema de Justicia, que además es caro, y no pasa nada. Me parece que le quita seriedad al asunto”, afirmó.

    Además, dijo, la libertad condicional hace que los jueces sean “más severos” con la prisión preventiva, porque saben “que es lo único que el individuo va a tener como respuesta social”.

    El fiscal penal Gustavo Zubía comparte las críticas: “Es absurdo”, opinó. “En el nuevo sistema, la regla va a ser la no prisión: las personas van a estar en libertad, mayoritariamente, hasta el momento en que se emite la sentencia. Cuando viene la sentencia condenatoria, si la persona está en libertad, en 99% de los casos va a seguir libre”.

    “Mezclamos la parte libertaria del sistema antiguo con la parte libertaria del sistema moderno. Sumamos libertad antes y libertad después, y no va a haber punición”, dijo.

    De acuerdo con el artículo 295 del nuevo CPP, la libertad condicional “es un beneficio que se otorga a los penados que se hallaren en libertad al quedar ejecutoriada la sentencia de condena, cuando teniendo en cuenta su conducta, personalidad, forma y condiciones de vida, pueda formularse un pronóstico favorable de reinserción social”. No podrá “otorgarse el beneficio” si la persona fue condenada por un nuevo delito mientras estuvo en libertad provisional.

    Las exigencias, dijo Zubía, son “totalmente elementales”, por lo cual “para un porcentaje muy alto no va a haber sanción”. “Todo el mundo está de acuerdo con que es una barbaridad, y sin embargó todavía no se derogó”, cuestionó.

    Por estos días una comisión integrada por el Poder Judicial, el Legislativo, la Fiscalía y el Ministerio del Interior está trabajando, con el apoyo del Centro de Estudios Judiciales de las Américas (CEJA), en la elaboración de un anteproyecto de ley que plantee “ajustes” que será necesario realizar al código. Uno de los cambios que propuso la Fiscalía es eliminar la libertad condicional, explicó Díaz. “Si todos en la comisión estamos de acuerdo, vamos a proponer al Poder Ejecutivo que plantee en el Parlamento su derogación”.

    Delincuentes de “cuello blanco”.

    La ministra Minvielle planteó otra objeción a la libertad condicional: genera una particular impunidad entre los “delincuentes de cuello blanco”. Es que los responsables de delitos como el lavado de activos o el abuso de funciones, por ejemplo, son en muchos casos personas sin antecedentes penales y que no representan un peligro inmediato para la sociedad, por lo cual, con el nuevo código, podrían quedar en libertad durante el juicio. Luego, cuando se dicte la sentencia condenatoria, gracias al mecanismo de la libertad condicional, tampoco irían a prisión.

    “Esos delitos en general van a ser procesados sin prisión, y a veces son delitos graves. Después cae la sentencia y está la libertad condicional. Seguramente esa persona va a ser primaria, y puede ser un empresario o algo similar que tenga todo tipo de indicios de reeducación social: buena conducta, un buen trabajo. ¿Y el fiscal qué va a poder hacer? ¿Cómo va a probar en contra de eso para que la persona no obtenga la libertad condicional?”, planteó. “Entonces nuestros presos van a ser los de siempre: los rapiñeros”, cuestionó.

    Para Zubía, “con el nuevo sistema, la impunidad del delincuente de guante blanco es enorme”. “Los que menos probabilidad de prisión tienen son quienes cometen delitos de corte económico o de guante blanco, porque no representan un peligro inmediato para la sociedad o para la víctima, por lo que no van a ser procesados con prisión. Esos no van a ir nunca a la cárcel”, advirtió.

     Díaz coincidió en que la libertad condicional en el nuevo código “agudizará el proceso de selectividad del sistema”.

    Los problemas no terminan ahí. El fiscal de Corte explicó que el nuevo código prevé el mecanismo de los procesos abreviados, que permiten a la Fiscalía negociar una reducción de la pena con el indagado para conseguir pruebas o una confesión y evitar que esos casos tengan que ir a juicio. Con esto se busca mejorar la eficiencia del sistema y que no se sature con juicios que pueden resolverse de forma ágil.

    Pero con la libertad condicional, los fiscales se quedarán sin margen para negociar. ¿Por qué habría de aceptar el indagado colaborar con la investigación a cambio de una pena menor, si una vez que llegue la sentencia no va a ir a prisión?, planteó Díaz.

    También Zubía advirtió sobre esa situación. “Si no hay un elemento de presión, como es la amenaza de una pena sobre el indagado, este no va a negociar. Los delincuentes no van a acordar y tendremos que llevar todo a juicio, cuando el sistema no está diseñado para eso, y va a colapsar”.