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    Futuro presidente de la Corte sorprendido por inclusión de Mota en un informe de derechos humanos

    El futuro presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Larrieux, se mostró sorprendido por la mención que hizo el Poder Ejecutivo del traslado de la jueza Mariana Mota de una sede penal a una sede civil, en el informe sobre los avances y desafíos en materia de derechos humanos que presentó al Examen Periódico Universal de las Naciones Unidas.

    “Ese caso está en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo”, declaró Larrieux, quien desde el lunes 3 de febrero presidirá el máximo órgano jurisdiccional de Uruguay, en diálogo con Búsqueda. No obstante, expresó su sorpresa por el hecho de que en un “informe sobre Derechos Humanos” se incluya “el traslado de un juez”, cuando la Corte realiza “una centena por año” Y agregó: “Solo uno parece preocupar al informante”.

    En el informe, el gobierno uruguayo señala que “un hecho que tuvo una importante repercusión sobre la opinión pública uruguaya, fue la decisión de la Suprema Corte de Justicia del 15.02.13, de trasladar a la jueza Mariana Mota de la sede penal a la civil”.

    “La jueza Mota tenía bajo su competencia numerosas causas vinculadas a violaciones de los derechos humanos. El Poder Ejecutivo no conoce las razones de servicio que motivaron la decisión de la Suprema Corte de Justicia para el traslado de la jueza Mota, ni si las mismas se ajustaron a los requisitos procedimentales establecidos en el artículo 246 de la Constitución uruguaya. Sin perjuicio, cabe señalar que el traslado ha sido impugnado y el caso se está instruyendo de acuerdo a los mecanismos de la jurisdicción administrativa”, agrega.

    Ayer miércoles, durante la presentación del informe en Ginebra, el secretario de la Presidencia, Homero Guerrero, se refirió a la sentencia de inconstitucionalidad de la ley interpretativa de la caducidad dictada por la mayoría de la SCJ. El jerarca afirmó que si bien esa postura significa una traba para las investigaciones sobre las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura (1973-1985) los tribunales de primera instancia no están acompañando el punto de vista de la corporación. Según el jerarca, “hoy en día se ha roto la lógica del inmovilismo estatal” en este tipo de investigaciones.

    “Este camino hacia el restablecimiento de la verdad, el funcionamiento pleno de la Justicia y la sanción de los delitos no ha estado libre de dificultades. Debo señalar que con fecha 22 de febrero de 2013, la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de dos artículos” de la norma que “dejó sin efecto la ley de caducidad”, sostuvo.

    “Si bien la inconstitucionalidad fue declarada para algunos casos concretos, la doctrina de la Suprema Corte considera que no debe aplicarse en forma retroactiva la ley que introdujo el delito de desaparición forzada, a los casos cometidos durante la dictadura militar, permitiendo entonces los plazos de prescripción” de esos delitos, agregó el secretario de la Presidencia.

    “Sin perjuicio de ello, hay una tendencia jurisprudencial que emana de los tribunales de primera instancia y de apelaciones que no se ajustan a esta doctrina marcada por la Suprema Corte”, prosiguió Guerrero.