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    Gobierno de Mujica violó el “principio de igualdad” en la asignación de canales de TV

    El TCA analizó la resolución que en 2013 otorgó señales digitales a VTV y La Diaria

    El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) consideró que la administración que encabezó José Mujica (2010-2015) violó el “principio de igualdad” de trato a los oferentes en el llamado a licitación para adjudicar canales de televisión digital en Montevideo y perjudicó, de esta manera, al consorcio conformado por la productora Oz Media y la editorial Bla.

    La sentencia del TCA, que anuló la decisión del gobierno, llega cuatro años después de iniciada la demanda. “Esta resolución nos da la satisfacción de que estábamos en lo cierto”, dijo Pablo Arriola, una de las caras visibles del proyecto Pop TV, el nombre que las empresas eligieron para el nuevo canal digital. No obstante, lamentó que se “perdió una oportunidad para que la sociedad tuviera una oferta de medios más diversa”. Los integrantes del emprendimiento se reunirán ahora para resolver qué pasos darán luego de obtener la sentencia a su favor.

    En 2013, el gobierno abrió un llamado para otorgar dos nuevos canales de televisión abierta, gracias a que la tecnología digital permitió ampliar el número de señales disponibles. Se presentaron seis competidores, que fueron evaluados por una Comisión Honoraria Asesora Independiente (CHAI) y por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec). El Consorcio Giro —de las cooperativas La Diaria y Demos— salió primero en la clasificación de la CHAI, la empresa Saomil —del canal VTV, vinculado a Tenfield— salió segunda, y el proyecto del consorcio Pop TV quedó en el tercer puesto.

    La sentencia del TCA, que anuló la decisión del gobierno, llega cuatro años después de iniciada la demanda.

    Sin embargo, la Ursec observó que los documentos que acreditaban la capacidad financiera de Consorcio Giro no mostraban una “razonable concordancia con el Proyecto Técnico y los aspectos técnicos incluidos en el Proyecto Comunicacional” que se propusieron. El Ministerio de Industria recomendó entonces otorgar los canales a VTV y Pop TV porque consideró que la “viabilidad financiera” del proyecto de los editores de La Diaria era dudosa.

    Pero hacia fines de octubre de ese año, Mujica opinó que de todas formas se debía adjudicar el canal al consorcio Giro. “Leyendo todo este proceso, nos dimos cuenta de que se habían colocado los bienes personales de los integrantes de la cooperativa atrás de la aventura de este proyecto, y decidimos (...) dar una oportunidad a un proyecto que desde el punto de vista cultural parecía interesante”, explicó el entonces presidente.

    Irregularidades.

    En mayo de 2014, Pop TV presentó en el TCA una acción de nulidad contra la decisión del gobierno. El consorcio aseguró que la administración violó el principio constitucional de igualdad y las normas del llamado para “favorecer a uno de los interesados”. Uno de los argumentos fue que la decisión del gobierno fue dictada con “desviación de poder”. Ello se sustenta en que “altos jerarcas” de la administración de Mujica ejercieron “presión” para “favorecer” a Giro. Recordaron que el martes 2 de octubre de 2013, Arriola, Julio Wolman y José Alonso fueron a una reunión en la Presidencia de la República con el entonces director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Gabriel Frugoni, y el asesor presidencial Pedro Buonomo. En esa reunión, ambos jerarcas plantearon a los empresarios que debían compartir el canal con Giro. “O sea, instaron a los comparecientes a llegar a un arreglo con ‘Consorcio Giro’ y que estos dos privados debían plantear y comunicar este arreglo al Poder Ejecutivo. Agregaron que consultado Consorcio Giro, estos habían adelantado su aceptación y que el presidente de la República estaba en pleno conocimiento de la situación”, afirmaron los integrantes de Pop Tv en la demanda.

    Además, denunciaron que el consorcio Giro incumplió de manera “constante y flagrante” los pliegos del llamado. Sostuvieron que el puntaje otorgado por la CHAI estuvo “viciado” por dos motivos: uno es que “varios de sus integrantes tenían intereses directos en la adjudicación a Consorcio Giro” y, en segundo lugar, se aceptó la presentación extemporánea de información de esta empresa referida al financiamiento del proyecto.

    El Estado rechazó las acusaciones de Pop TV. Aseguró que de la evaluación realizada por la Ursec no surgen omisiones o faltantes, y que la CHAI evaluó los proyectos de “conformidad con lo establecido” en el pliego. Se aseguró, además, que no hubo desviación de poder, ya que cada uno de los intervinientes “actuó en cumplimiento de sus potestades y en el estricto ámbito de sus competencias, ciñéndose a las disposiciones del pliego”.

    El consorcio Giro también compareció ante el TCA y aseguró que “no existió desviación de poder alguna, ni violación al principio de igualdad, en tanto todos los oferentes participaron en igualdad de condiciones y en la más estricta libertad de competencia en el llamado, resultando adjudicatarios quienes mejor cumplían con los requisitos y finalidades del llamado”.

    Los ministros del TCA le dieron la razón a Pop TV en dos de sus planteos.Afirmaron que Giro “no cumplió con la exigencia de acreditar, al momento de presentar su propuesta y con documentación suficiente de respaldo, los medios de financiación que harían viable el proyecto, tal como requería el pliego”.

    Las “omisiones” para solventar el proyecto “pretendieron ser salvadas en una instancia posterior, cuando ya se habían presentado y abierto las propuestas de todos los oferentes”. Este procedimiento “resulta claramente contrario a las normas y principios que rigen los procedimientos licitatorios en general y este llamado en particular”.

    Los integrantes del emprendimiento se reunirán ahora para resolver qué pasos darán luego de obtener la sentencia a su favor.

    No tener capacidad financiera para sustentar el proyecto fue un “incumplimiento sustancial del pliego de condiciones, que vicia el acto administrativo encausado”, afirmaron los ministros del tribunal.

    Por estas razones es que el TCA consideró que se violó el principio de igualdad de trato de los oferentes. Este principio de igualdad, regulado en el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (Tocaf) “reviste enorme importancia en este tipo de procedimiento, por múltiples y obvias razones vinculadas con la necesidad de dotar a las licitaciones de transparencia, certeza y eficacia plena”.

    El TCA también consideró como un “vicio o irregularidad” el hecho de que el Poder Ejecutivo no haya seguido las recomendaciones de varios organismos a partir de lo aconsejado por el Ministerio de Industria.

    En cuanto a la desviación de poder, los integrantes del TCA sostuvieron que no encontraron pruebas suficientes para hacer lugar al reclamo.

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