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    La Junta de Drogas quiere saber cómo afecta a la ley sobre la marihuana un proyecto que facilita residencia permanente a ciudadanos del Mercosur

    Una de las preocupaciones del gobierno cuando se estaba por aprobar la ley que habilita y regula el mercado de la marihuana fue dejar claro que solo las personas con residencia uruguaya podrán comprar el producto en farmacias, y que se iba a hacer lo posible por impedir el “turismo canábico”.

    Por eso, el proyecto de ley que envió el Poder Ejecutivo al Parlamento para facilitar la residencia permanente a los nacidos en los Estados Partes y Asociados del Mercosur generó preocupación en las autoridades que trabajan en la reglamentación de la ley de marihuana.

    La Junta Nacional de Drogas (JND) solicitó un estudio técnico para determinar las consecuencias que podría tener la aprobación del proyecto ley sobre residencias en la aplicación de la ley que habilita y regula el mercado de la marihuana, dijeron a Búsqueda fuentes del organismo.

    Si bien la ley no lo aclara, el Poder Ejecutivo tiene decidido incluir en los decretos reglamentarios, que los únicos habilitados para comprar marihuana en las farmacias y cultivar sus plantas serán aquellas personas que tengan residencia uruguaya.

    La idea que estudian las autoridades de la JND —aunque el tema no está cerrado— es que los residentes tengan que estar en Uruguay 90 días antes de quedar habilitados para inscribirse en el registro.

    El 24 de enero, el Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto que modifica la Ley de Migración aprobada en 2008. Uno de los cambios facilita la residencia permanente en la República a cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos, y a los nacionales de los países del Mercosur y Estados Asociados.

    El proyecto establece que tendrán la categoría de residentes permanentes los nacionales de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados, “alcanzando con que acrediten dicha nacionalidad”.

    “La solicitud de trámite de residencia podrá ser presentada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o las Oficinas Consulares de la República”, establece el proyecto, que añade que los trámites para el otorgamiento o no de la residencia no podrán demorar más de 45 días.

    En la exposición de motivos el gobierno explica que la finalidad de la norma “se origina en la vocación integracionista” de Uruguay, “tanto hacia los nacionales que residen en el exterior y retornan, como hacia los nacionales de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados”. Y añade: “Este proyecto de ley se enmarca en una política migratoria basada en una perspectiva de derechos y en línea con los compromisos internacionales asumidos”.

    El gobierno agregó que el proyecto se “alinea al espíritu del Acuerdo de Residencia Mercosur” firmado en 2002 en Brasilia, que “reafirma el deseo de fortalecer y profundizar el proceso de integración así como los fraternales vínculos existentes entre los países e implementar una política de libre circulación de personas pertenecientes a la región”.

    La ley de Migración establece que las personas extranjeras admitidas en la categoría de “residente permanente” podrán desarrollar actividad laborales en relaciones de dependencia o por cuenta propia amparadas en la legislación laboral vigente”.

    Un decreto de agosto de 2009, que reglamentó esta ley, establece los requisitos que debe cumplir un extranjero para obtener la residencia permanente. Uno de ellos implica no tener antecedentes penales por crímenes de guerra o lesa humanidad, por delito de tráfico de drogas o por haber sido expulsado o se le prohibiera el ingreso al país y por delitos “comunes de carácter doloso”.

    En segundo lugar deberán poseer una oferta de trabajo en el país. Si es un trabajador por cuenta propia deberá acreditar mediante declaración jurada su situación laboral y estar inscripto en el Banco de Previsión Social (BPS) y la Dirección General Impositiva (DGI).

    Extranjeros.

    La ley que establece el control y la regulación del Estado de la importación, exportación, plantación, cultivo, cosecha, producción, adquisición, almacenamiento, comercialización, distribución y consumo de marihuana, aprobada en diciembre, creó el Instituto de Regulación y Control de Cannabis (Ircca). Este organismo otorgará las licencias de expendio de cannabis psicoactivo a las farmacias, cuya adquisición por parte de los usuarios dependerá de que se hayan registrado previamente ante el Ircca. El expendio de cannabis psicoactivo no podrá superar los 40 gramos mensuales por usuario.

    Además, se crean clubes de membresía —con un mínimo de 15 personas y un máximo de 45 socios— que podrán plantar hasta 99 plantas de cannabis.

    La posibilidad de que extranjeros vengan a Uruguay a comprar ha sido una de las principales preocupaciones de quienes están en contra del proyecto. “¿Alguien cree que puede parar el comportamiento humano? ¿Creen que pueden prohibir que los menores o los extranjeros compren la droga? Me parece que están viviendo en ‘Alicia en el país de las maravillas’”, dijo en diciembre pasado durante el debate en el Parlamento el senador Luis Alberto Heber (Partido Nacional).

    Poco después de aprobada la ley, el secretario general de la JND, Julio Calzada, dijo en radio El Espectador que el consumo de marihuana “está habilitado para todas las personas que quieren consumir en Uruguay, pero la adquisición del producto no está habilitada por la nueva ley para los no residentes”.

    No obstante, este verano turistas argentinos consultaban en las farmacias si ya estaba a la venta la marihuana, según consignaron varios medios.