Incluso, el profesor dijo que si bien las sentencias del organismo internacional deben ser cumplidas de buena fe, en los hechos no pasa nada si un país hace oídos sordos porque en el sistema americano no existen mecanismos para hacerlas efectiva por la fuerza.
Esa discusión se planteó en un “Ateneo” organizado el jueves 3 por la “Revista de Derecho Público” en la sala Maggiolo de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, en el cual participaron los profesores Alejandro Pastori, Fernando Urioste y Mariana Blengio, ante un público integrado por varios docentes de esa facultad.
El eje de la discusión fue la sentencia emitida por la CIDH contra el Estado uruguayo el 13 de octubre del 2011, que en lo sustancial obligó a los poderes públicos a garantizar que los ahorristas afectados en el marco de la crisis del 2002 gocen de un mecanismo imparcial para que sus casos sean revisados. Para eso el Estado debía poner en práctica esa comisión antes del 13 de mayo, lo que no se efectivizó.
Asimismo, la sentencia obligó al Estado a pagar U$S 3.000 a más de 500 ahorristas por el “daño inmaterial” que sufrieron en esos años. Esta es la segunda sentencia de condena de la CIDH contra el Estado uruguayo en poco tiempo. La anterior fue la condena por el caso de la desaparición y muerte de María Claudia García de Gelman.
Pastori es profesor adjunto de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, Urioste fue hasta hace pocos meses docente de Derecho Internacional Público y de Derechos Humanos en la estatal Facultad de Derecho y en la Universidad Católica, y Blengio es profesora adjunta de Derechos Humanos en la Universidad de la República y profesora titular de la misma materia en la Universidad de la Empresa.
“¿Hasta dónde?”.
En un momento del debate el profesor Urioste planteó una interrogante que se convirtió en el centro de la discusión. El experimentado abogado y docente expresó que a su juicio el aspecto principal es: ¿hasta dónde llegan las competencias de la Corte?
“¿La Corte tiene la competencia de la competencia? ¿Actúa como tribunal de casación? Porque está haciendo y deshaciendo la jurisprudencia en materia de Derechos Humanos y a veces actúa incluso invadiendo la jurisdicción penal como en el caso Gelman”, remarcó.
Unos minutos después el experto añadió: “La Corte no puede decir que una persona es inocente o culpable: lo que puede decir es que no se cumplieron las normas del debido proceso. Y aquí me parece que la Corte en alguna medida se mete en eso cuando analiza el papel del Tribunal de lo Contencioso Administrativo”.
“Temo por el carácter invasivo que tiene la Corte Interamericana, que quiere tener la competencia de la competencia diciendo ‘esta sentencia está mal y usted tiene que dictarla de determinada manera’”, advirtió.
Por su parte, una contadora que se encontraba en el público y que colaboró con el grupo de ahorristas para presentar la demanda ante el órgano internacional, planteó un matiz con esa posición.
Según la profesional, mas allá de las falencias que puede tener el sistema se trata de “una protección que se le da a la gente”.
“Otro países usan este mecanismo habitualmente. No se necesita lobby, no se necesita dinero. Es importante destacar que hay que pelear las cosas y que si no se resuelven acá hay otro ámbito de pelea y de lucha”, reflexionó.
“Sí, pero un juez tiene que conocer sus límites. Un juez sin límites es quizás el peor dictador. Ese es un aspecto que ha quedado evaporado, licuado. Surge de la propia jurisprudencia hasta dónde ha llegado la Corte”, apuntó el experto.
“Segundo crimen”.
El profesor titular de Filosofía del Derecho Oscar Sarlo —quien se encontraba entre el público— pidió la palabra, y señaló que toda la sentencia de la Corte gira en torno a derechos llamados de primera generación sin mencionar otros aspectos que resultan, a su juicio, sustanciales.
“Me llama la atención que no se haya puesto en este caso que Uruguay no respeta la separación de poderes (...). Eso implica que los jueces tienen que ser independientes del sistema político y no pueden existir jueces por comisión”, valoró.
“La Corte pasa por encima de esto y no solamente lo aceptan sino que refuerzan la violación diciendo que se debe crear otra comisión para cometer un segundo crimen”, añadió.
El experto se refirió de este modo a la decisión de la Corte de crear un órgano que estudie nuevamente las solicitudes de los ahorristas. Según dijo, eso es un “mamarracho”, porque un órgano administrativo no puede tener funciones jurisdiccionales.
“Además está esa discrecionalidad de la Corte, que por equidad se le da U$S 3.000 a cada uno de los ahorristas. No aporta nada eso para el Derecho y la pregunta que uno se hace es: ¿si no hubiera estado (Héctor) Gros Espiell hubiera existido esta sentencia?”, inquirió.
Gros Espiell fue presidente de la CIDH en el pasado y fue uno de los ahorristas perjudicados en el Banco Montevideo.
“Gros falleció antes”, acotó Pastori. Y de inmediato agregó: “Quizás si hubiera estado hubieran recibido U$S 5.000, no lo sé”.
“¿Qué pasa?”
La escribana Alicia Barbani, quien ha sido cara visible del movimiento de los ahorristas y que se encontraba en el público, planteó una pregunta: “¿Qué pasa si el Estado uruguayo no cumple?”.
Luego de un silencio, Urioste respondió de forma tajante: “Nada, porque no tiene la convención americana un procedimiento de ejecución y de cumplimiento. La convención europea tiene, además de la obligatoriedad de la sentencia, el reforzamiento político del comité de ministros. En el sistema americano, en cambio, los países no se comprometen a nada. Hubo casos, como el de Perú, que se negaron a cumplir”, aseveró.
“Y bueno, dentro de tres años iré de vuelta”, replicó Barbani, provocando la risa del auditorio.
Sobre el final, Blengio, quien valoró la “riqueza” del debate, subrayó que “por lo general los Estados cumplen” las sentencias.
Política
2012-05-17T00:00:00
2012-05-17T00:00:00