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    Ladran, muerden y matan

    N° 1992 - 25 al 31 de Octubre de 2018

    Es un clásico ejemplo periodístico: “Si un perro muerde a un hombre, no es noticia. Es noticia que un hombre muerda a un perro”. Es así porque las mordidas de perros son habituales y por esa razón no adquieren el carácter de noticia salvo que ocasionen una lesión grave o la muerte, algo cada vez más frecuente.

    Resulta difícil contabilizarlas, no solo por su número sino porque ocurren en todo Uruguay. La semana pasada, una mujer de 74 años fue internada en un CTI de Maldonado luego de haber sido mordida en la cabeza y en el rostro por su perro de raza pitbull.

    Según informó Telenoche los perros atacan a tres personas cada día. Para la Comisión de Tenencia Responsable y Bienestar Animal (Cotryba), que depende del Ministerio de Ganadería, las agresiones más graves ocurren dentro del hogar.

    El riesgo no es solo para los humanos. Crecientes hordas de perros salvajes suelen matar a decenas de ovejas y corderos con la consiguiente lesión al bienestar animal y al patrimonio del hacendado. Habría que exterminarlos, pero según la ley vigente, como veremos más adelante, solo corresponde matarlos cuando representen un peligro para otros animales. ¿Cómo determinar qué perro o perros de esas jaurías son los autores de los ataques? Imposible. En algún momento los hacendados comenzarán a ejecutarlos clandestinamente.

    La reciente decisión del fiscal de Homicidios Juan Gómez de matar a un perro pitbull de nombre Turco por ser “potencialmente peligroso” reabrió esta cuestión. El 5 de octubre el perro mató a su dueña de 59 años dentro del hogar. El cadáver tenía un cuchillo en la mano como si hubiera intentado defenderse y el perro presentaba cortes.

    La decisión del fiscal, que busca eliminar una amenaza contra la integridad y la vida de las personas, desató la habitual protesta de organizaciones de defensa de los animales. Muchos de sus integrantes son los mismos energúmenos que transitan en la vía pública con perros sin bozal ni correa y cuando alguien pasa a su lado y se aleja como prevención, afirman: “Tranquilo, que no muerde”. Falso. Pueden morder y también matar.

    Bajo la presión de esas organizaciones en 2009 se votó la ley 18.471 sobre tenencia responsable de animales. Está destinada exclusivamente a proteger a los animales. Lo dice el artículo 1º: “Esta ley tiene por fin la protección de los animales en su vida y bienestar”.

    El artículo 12º literal B prohíbe dar muerte a los animales excepto que “representen una amenaza o peligro grave y cierto para las personas u otros animales”. Ese es el fundamento de Gómez que se basa en pericias forenses. En mayo Gómez tomó igual decisión sobre un perro pitbull que mató a un hombre de 63 años. Otros fiscales han hecho lo mismo. Si no cumplen con la ley son responsables por omisión.

    Algunos militantes totalitarios montaron un operativo para rescatar a Turco, que estaba internado en la ONG Ecqus a la espera de la decisión del fiscal. Los responsables de Ecqus argumentaron que huyó, pero Gómez lo cree imposible. Basta observar cómo cortaron el tejido por el que salió.

    Con esa acción buscan proteger al perro. ¿Qué opinarían los autores de la fuga de Turco si un grupo de personas ayudara a fugarse a un asesino de la cárcel? ¿Qué dirían si un juez y un fiscal, pese a tener pruebas terminantes, dejaran arbitrariamente en libertad a un asesino? ¿No temerían por su seguridad y la de sus familias?

    Lo que queda claro es que en Uruguay no existe una normativa preventiva, precisa y rigurosa sobre la tenencia de perros violentos ni sobre la responsabilidad de sus dueños por las lesiones o muertes que ocasionen.

    En varios países que se lo toman en serio, además de la protección de los animales, se vela por la protección de los seres humanos. Veamos algunos ejemplos entre muchos:

    En Holanda (primer país del mundo sin perros abandonados en las calles) los dueños de perros de una lista de 21 razas potencialmente peligrosas, como bulldog americano, dogo argentino, dogo canario, akita, pitbull americano, mastín de toro, entre otras, deben recibir clases formativas de entrenamiento. Tienen además la obligación de ponerle bozal y correas cortas en zonas de paseo. La normativa establece que luego del primer incidente serio el animal será sacrificado.

    En Andalucía un decreto de 2008 regula la tenencia de cualquier animal “potencialmente peligroso”; se exige licencia del Ayuntamiento. Entre los perros se consideran peligrosas las razas pitbull terrier, american staffordshire terrier, rottweiler, dogo argentino, fila brasileño, tosa inu, akita inu (de origen japonés y particularmente peligroso) y doberman. La normativa establece la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil por los daños que ocasionen los animales con una cobertura de US$ 200.000.

    En Madrid las autoridades han registrado 8.537 perros catalogados de riesgo. Esto es que tengan una fuerte musculatura, aspecto poderoso, cabeza voluminosa, mandíbulas fuertes y un perímetro torácico de entre 60 y 80 centímetros.

    Los propietarios deben gestionar una licencia municipal que les exige superar un test psicotécnico. Se debe inscribir al animal en un registro de perros potencialmente peligrosos.

    En el Reino Unido es obligatoria la inscripción de perros peligrosos en un registro específico. El dueño que no cumpla es pasible de un delito. Los perros se clasifican por “tipo” y no por raza. Esto significa que un perro puede ser considerado peligroso al margen de su raza.

    Esas normativas desnudan la omisión y/o pasividad de los legisladores locales. Seguramente les influye la presión social y de las organizaciones de defensa de los animales. También la de propietarios de perros: propios, vecinos, familiares y amigos. Quizá cuando el muerto sea un gobernante o uno de sus familiares alguien tomará la bandera para legislar en serio. De lo contrario, difícil que ocurra.

    Así nos va.

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