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En el intento por reducir el crimen, un buen manejo y trazabilidad de las armas es considerado un elemento clave. Datos del Ministerio del Interior (MI) revelan que de unas 1.000 armas incautadas por año en delitos, cerca de la mitad no están registradas, por lo que circulan en el mercado negro.
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Con esa perspectiva, el gobierno elaboró una ley sobre el tráfico ilícito de armas, aprobada ayer miércoles en el Parlamento, que establece penas de prisión para aquellos que estén en posesión de armas sin registrar.
Sin embargo, el tema del control plantea cortocircuitos en la interna de la Administración entre las dos instituciones que tienen injerencia en el tema: el Ministerio del Interior y las Fuerzas Armadas. La ley de armas aprobada sirvió para reavivar los enfrentamientos y el recelo entre los dos organismos.
El control y registro de las armas de fuego, municiones y material relacionado, junto con las importaciones, las exportaciones, la comercialización y la fabricación de armas está bajo la órbita del Registro Nacional de Armas (RNA), una división del Servicio de Material y Armamento del Ejército.
La nueva reglamentación le da más potestades al MI y supedita al RNA a entregarle información en un plazo “no mayor a 48 horas”, lo que generó fuerte malestar y preocupación en filas castrenses, según supo Búsqueda.
“Hay una duplicación de funciones que es peligrosa, en particular porque se le dan potestades al organismo más permeable a la corrupción y más en contacto con el sistema político. Es un tema sensible”, expresó una fuente militar.
Demoras y “aberraciones”.
Pero desde el Ministerio del Interior se argumenta que el objetivo perseguido con el proyecto de ley es que la Policía acceda “más rápido” a la información del registro en las investigaciones que involucran armas de fuego, dijeron a Búsqueda fuentes de la secretaría de Estado.
“Por lo general, cuando se solicita información al Registro Nacional de Armas la respuesta demora mucho y eso afecta las investigaciones. Solo hace falta ir a las oficinas de esa dependencia para ver por qué ocurren esas cosas: el sistema de registro es obsoleto”, opinó uno de los informantes.
“Es una aberración que en un Estado de Derecho moderno” quede “en manos de los militares el control de las armas”, dijo un integrante del Ministerio que trabajó en la redacción de la ley. “Esa disposición es un resabio de la II Guerra Mundial; por una cuestión de defensa nacional se entendía que el Ejército debía controlar el ingreso de armamento militar”.
Apropiación y duplicados.
En el Ejército hay malestar porque entienden que el Ministerio del Interior “busca apropiarse” de funciones que hoy están en manos del Ejército, dijeron fuentes militares.
Los informantes sostienen que la redacción del artículo 5º, que establece el traspaso de información del RNA al MI, es “ambigua intencionalmente”, porque puede entenderse como un traspaso de información “caso a caso” o “la duplicación total de la base de datos, que es lo que pretende Interior”.
“El Ministerio de Defensa Nacional (...) brindará al Ministerio del Interior, en un plazo no mayor de cuarenta y ocho horas, la información relativa a los datos registrales de las armas de fuego, así como la identificación de sus titulares”, dice el artículo.
En la redacción previa del proyecto de ley el artículo decía: “la información relativa a los datos registrales de las armas de fuego solicitada”. Esa versión fue modificada en Diputados y se sacó la palabra “solicitada”.
Los militares también se quejan de que en los plazos para la regularización de las armas “se abren” al MI funciones como el registro y la recepción de armas, tareas hasta ahora propias del RNA.
“El argumento de que en otros países esto está bajo la órbita civil es muy débil, lo importante es que funcione bien, como pasa hoy. Aquí hay intereses que van más allá de hacer bien una función: este tipo de información puede ser usada por grupos de poder para presionar y obtener beneficios a la interna de su institución”, dijo una fuente militar.