Los jueces civiles podrán embargar todas las cuentas bancarias de los deudores sobre quienes recaiga una sentencia firme de condena comunicando al sistema financiero el nombre de la persona.
Los jueces civiles podrán embargar todas las cuentas bancarias de los deudores sobre quienes recaiga una sentencia firme de condena comunicando al sistema financiero el nombre de la persona.
Accedé a una selección de artículos gratuitos, alertas de noticias y boletines exclusivos de Búsqueda y Galería.
El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáLos mismos magistrados podrán pedir a los registros que informen todos los bienes que integran el patrimonio de un deudor que no quiere pagarle a su acreedor pese a que una sentencia judicial así lo obliga.
Esas son dos de las principales modificaciones que sufrió el Código General del Proceso luego de la aprobación de la ley 19.090, promulgada el 14 de junio. La nueva ley, que introdujo más de 200 cambios al Código, entrará en vigencia en 60 días y se aplica a todos los procesos no penales, incluso aquellos que están en trámite.
Con estos cambios se busca proteger más el crédito de los acreedores que tengan una sentencia de ejecución en sus manos y otorgar certeza a los operadores con respecto a temas que eran discutidos en la práctica judicial.
“Estos dos aspectos van a generar polémica porque se produce un choque entre dos derechos fundamentales: la protección de los datos personales y el derecho que tienen los acreedores a cobrar”, dijo a Búsqueda el profesor titular de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Montevideo, Santiago Pereira Campos.
Actualmente para embargar un depósito bancario el acreedor debía conseguir el número de cuenta específico, lo que ocasionaba muchos problemas en la práctica. Lo mismo sucedía con los registros en los que no se puede obtener información genérica sobre el patrimonio de una persona, sino simplemente saber si determinada persona es titular o no de un padrón específico.