El mercado bursátil local, que tiene relativamente pocos papeles privados cotizantes y bajo volumen de negocios, incorporó nueva regulación para los emisores de títulos y las empresas que los lancen mediante una oferta pública.
El mercado bursátil local, que tiene relativamente pocos papeles privados cotizantes y bajo volumen de negocios, incorporó nueva regulación para los emisores de títulos y las empresas que los lancen mediante una oferta pública.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEso se concretó a través de una circular difundida el viernes 8 por el Banco Central que reglamenta aspectos de la “ley de mercado de valores” votada por el Parlamento a fines de 2009.
Entre otros aspectos, la nueva regulación crea la figura del representante de los inversores que adquieran títulos y el mecanismo de Oferta Pública de Adquisición (OPA), establece prácticas de gobierno corporativo para las empresas emisoras, y fija pautas en cuanto al uso de información privilegiada y dispone un régimen de sanciones. También define la oferta privada y pública de valores; esta última ocurre cuando implica una comunicación para adquirir, vender o canjear títulos a través de medios de difusión o por la invitación generalizada a clientes, sin que haya publicidad.
Los operadores de la plaza bursátil ya habían discutido un borrador durante la reunión que en diciembre sostuvo la Comisión para la Promoción del Mercado de Valores. No obstante, la publicación de la circular tomó por sorpresa a algunos agentes al regreso del asueto de Carnaval.
En relación a los emisores, la norma por ejemplo les exige presentar un organigrama, un código de ética, e información de todos los titulares que posean más del 10% del capital social de la empresa. Aquellas cuyo patrimonio supere los 15 millones de unidades indexadas a la inflación deberán tener un directorio o administración que permita “una visión independiente de la gerencia, influencias políticas y/o de otros intereses externos”, establece.
El borrador contemplaba entre otros puntos el requerimiento de que el 40% del directorio de las empresas emisoras fueran economistas, algo que operadores rechazaron según fuentes de Búsqueda. Ese punto quedó fuera de la circular.
La nueva norma exige que los emisores de valores de oferta pública, incluidos los fiduciarios financieros, contraten con una “entidad especializada, la representación de los tenedores de dichos valores durante la vigencia de la emisión y hasta su total cancelación”.
También regula la OPA, un mecanismo empleado en plazas bursátiles más desarrolladas para procesos de adquisiciones o fusiones de empresas que cotizan en la bolsa. Según la circular, quedará obligado a realizar una OPA “quien realice la toma de control de una sociedad cotizada ya sea en forma directa o en forma indirecta o sobrevenida”. El mecanismo pasará por el control de la Superintendencia de Servicios Financieros. La compra de las acciones deberá presentar un “precio equitativo”, es decir por lo menos igual al precio mayor que se hubiera pagado por una acción en el último año.
La norma fija un régimen de sanciones —apercibimientos, multas y la suspensión de la emisión— a quienes incumplan una o varias de las normas previstas. Asimismo, establece mecanismos de prevensión del flujo de información privilegiada y define la manipulación de mercado.