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    Para Servicio Civil, no hay pruebas de acoso sexual contra docente grado 5 denunciado por exalumna

    La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) evaluó que “no se ha acreditado” que el docente grado 5 de Ciencias, Martín Sambarino, haya cometido acoso sexual contra una exestudiante. El profesor fue denunciado en 2019 en la Comisión Central de Prevención y Actuación ante el Acoso y la Discriminación (CPAAD) de la Universidad de la República (Udelar) por la hoy doctora en Matemática Adriana da Luz.

    Por recomendación de la Udelar, la CPAAD inició un sumario al docente. Tras investigar durante dos años, la Dirección General Jurídica de la universidad consideró probado el acoso sexual denunciado y concluyó que Sambarino cometió una “falta administrativa grave”. Las conclusiones del sumario pasaron a estudio del Consejo de la Facultad de Ciencias, que tras un intenso debate decidió pedir la máxima sanción y solicitó de forma unánime al Consejo Directivo Central (CDC) de la Udelar la destitución del docente. Desde la Red de Género de la Udelar y otros ámbitos universitarios valoraron como un “hito histórico” la decisión de la facultad.

    Sin embargo, previo a la decisión definitiva del CDC, el caso pasó a estudio de la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC), que en los casos de destitución de funcionarios públicos debe emitir una opinión. De todos modos, esta no es preceptiva y la decisión final corresponde al CDC.

    El martes 22 Montevideo Portal informó que tras estudiar el sumario administrativo, la Comisión Nacional de Servicio Civil emitió una resolución en la que sostuvo que “de la prueba de obrados no surge acreditado acoso sexual teniendo en cuenta las características de la situación y la relación que la denunciante mantenía con el denunciado, de confianza y camaradería a través de los años, incluso tiempo después del episodio que dio origen a la denuncia”.

    La comisión —integrada por el presidente de la ONSC, Conrado Ramos, el profesor grado 5 de Derecho Administrativo de la Udelar, Felipe Rotondo, y la docente y doctora en Derecho y Ciencias Sociales, Viviana Pérez, entre otros— basó su posición en un análisis realizado por el área Jurídica de la oficina.

    El análisis de Jurídica de la ONSC cuestionó, entre otros aspectos, que el sumario incorporara correos electrónicos y mensajes de WhatsApp sin “comprobación de autenticidad” o sin consultar autorización de los involucrados, según informa Montevideo Portal. Como conclusión sostuvo que “la verdad material se aleja de los hechos denunciados”.

    En su resolución la comisión sostuvo también que “en cuanto a lo denunciado respecto de fiestas y eventos, a las cuales concurrían docentes y estudiantes, se recabaron suficientes testimonios que dan cuenta de que las personas que concurrían a dichos eventos no estaban obligadas a hacerlo y como adultos decidían qué consumían”.

    No obstante, la comisión señaló que “fuera del objeto del sumario”, de los testimonios y prueba documental recogidos “surgirían ciertos comportamientos grupales en la vida privada de la comunidad académica —pero de relacionamiento docente— que de ser reales dificultarían la prevención, identificación o desaliento de situaciones de acoso”, y recomendó a la Udelar considerar este aspecto.

    El sumario de la Udelar arribó a una conclusión diferente. Tras analizar las declaraciones de la exalumna, del sumariado y otros elementos probatorios que dieron “credibilidad objetiva y verosimilitud” a la denuncia, entendió que Sambarino “cometió falta administrativa grave en tanto ha desarrollado un comportamiento inadecuado a la función docente que desempeña y por tanto su conducta debe ser sancionada”.

    La conducta de un docente “debe ajustarse a exigencias éticas y morales inherentes a su cargo”, prosiguió. “Los hechos que se investigan “no son hechos de la vida privada del profesor Sambarino, en la medida que fueron denunciados ante esta institución en virtud del vínculo docente-estudiante, habiendo ocurrido en ocasión del cumplimiento de la función docente del profesor Sambarino”, sostuvo.

    Ahora los consejeros del CDC deberán analizar el sumario de la Udelar y la posición de la ONSC y resolver si expulsan al docente, como solicitó el Consejo de la Facultad de Ciencias, o rechazan el pedido. Para resolver la destitución se necesitan dos tercios del total de votos del CDC.

    En agosto de 2019 Búsqueda publicó una investigación que recogía la denuncia de Da Luz y citaba otros testimonios de exalumnas que describieron situaciones de abuso de poder y acoso sexual en la comunidad matemática. También relataron fiestas y encuentros sociales en la casa de Sambarino, en bares y otros ámbitos donde era habitual que docentes compartieran drogas y alcohol con estudiantes. Las académicas denunciaron que la comunidad docente naturalizaba estos comportamientos, lo que habilitaba que ocurrieran de forma “sistemática” situaciones de abuso.

    Información Nacional
    2022-03-23T23:27:00