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    Pases en comisión

    Sr. Director:

    La corte del rey. Desde tiempos inmemoriales y a partir del nacimiento propio de la política, han existido diversas situaciones que por el simple hecho de que esta estructura sea dirigida por el hombre, presentan ciertas desmesuras o desequilibrios que dan lugar a la confusión, a los arreglos y a los indudables compromisos que no dejan correr el velo de la verdadera claridad.

    La política puede ser estudiada por cómo se ha ido desenvolviendo a lo largo de los años y al hacerlo es indudable afirmar que las monarquías, el despotismo ilustrado o el comunismo han sido distintas formas de hacer política y de dirigir a un país o a una nación según una ideología en particular. Pero a pesar de que todo parece haber quedado atrás, la política de antaño sigue teniendo grandes influencias sobre la actual.

    En nuestro país, la ley de presupuesto Nº 17.556 del año 2002 explica en su artículo Nº 67 lo relativo a los pases en comisión. Sin entrar en detalles de lo que significa un pase en comisión, puede decirse que si hay alguien que creía que las épocas absolutistas habían desaparecido, se encuentra desafortunadamente equivocado porque este es un clarísimo ejemplo de que hay resabios y no precisamente de los beneficiosos.

    Una de las grandes críticas que la historia hizo a las monarquías absolutas fue que justamente el rey tenía a su lado una especie de Corte que lo acompañaba, una especie de círculo de personas que eran pagas (y con buenas sumas) por los habitantes, cumpliendo una función de auxiliar o servir al rey en lo que fuere necesario. Nunca nadie descubrirá si realmente toda esta avasallante masa de individuos le era o no eficaz al rey, pero lo que sí se reconoce es la indudable posición deferencial y beneficiosa que ocupaban, obteniendo una buena paga y considerándoselos como superiores frente al resto de la población.

    Análogamente, en Uruguay, el régimen de los pases en comisión forma una situación que bien podría compararse con la anterior, puesto que tanto el presidente, vicepresidente, ministros de Estado, subsecretarios y legisladores obtienen el derecho de tener cinco individuos que son extraditados de su función pública para colaborar y auxiliar a dichas autoridades a su expresa solicitud.

    Lo cierto es que ese individuo que brinda un servicio al Estado por cumplir las funciones públicas para las que fue contratado gana una especie de “lotería”, tal como es llamado en la jerga política, puesto que una vez que es llamado “en comisión” no solo sigue percibiendo su anterior sueldo sin tener que pisar más su anterior puesto de trabajo, sino también todos los beneficios que antes tenía, incluyéndose salarios vacacionales, aguinaldos y compensaciones diversas y agregando además una paga extra por quien fue solicitado.

    De esta manera se forma, tal como se podrá apreciar, una especie de círculo en el cual el propio Estado engaña al Estado y a la sociedad, porque en primer lugar el funcionario en cuestión tiene dos trabajos pero solo concurre a uno, y además, a pesar de que el mismo es “calificado” anualmente “por el legislador”, no se ofrecen garantías de ningún tipo de si esa persona realmente está cumpliendo o no una función correspondiente o simplemente la autoridad lo saca en comisión para cubrir una deuda o hacer un favor.

    Si bien los ideólogos del Derecho podrán negarlo, estamos frente a un claro abuso del Derecho y una vaga burla a nuestro sistema democrático y social, puesto que mientras muchas otras personas aguardan obtener un trabajo digno, las demás se le ríen al protocolo mediante un circuito de acuerdos y beneficios a dedo.

    La corte del rey podrá haber desaparecido en su nombre, podrá haber sido criticada y dinamitada por las posteriores ideologías, pero su mecanismo por lo visto sigue aplicándose en nuestro Derecho con un simple y engañoso cambio de fachada.

    Rafaella Viera

    CI 4.705.017-3