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    Preocupa a la Fiscalía y la Corte decisión de jueces de no disponer prisión preventiva en rapiñas graves

    En el barrio Villa Sonia, en Rivera, un joven de unos 20 años notó que dos muchachos lo comenzaron a perseguir. Ya lo habían agredido antes, le habían advertido que ellos eran los dueños del barrio, que se fuera de ahí. Apuró el paso y se encontró con un conocido. Cuando creyó que los había perdido, aparecieron de pronto. Lo tiraron al suelo, lo golpearon, le robaron el celular y el dinero que tenía en el bolsillo. Los médicos tuvieron que ponerle nueve tornillos en el brazo fracturado y seis puntos en la herida de la cara.

    En Montevideo, cerca de la avenida Belloni, en el barrio Piedras Blancas, una camioneta que distribuía alimentos y cigarrillos fue interceptada por tres individuos armados en plena tarde. Apuntaron con las armas al conductor, lo obligaron a descender y se llevaron el vehículo con la mercancía. Luego, prendieron fuego la camioneta.

    En ambos casos la Policía logró capturar a los responsables. En ambos casos la Fiscalía pidió imputarles un delito de rapiña especialmente agravada y enviarlos a prisión preventiva. Y en ambos casos los jueces se opusieron. En lugar de la cárcel, ordenaron arresto domiciliario para los detenidos.

    Los dos hechos, ocurridos en las últimas semanas, generaron preocupación en la Fiscalía y en la Suprema Corte de Justicia. Varias fuentes del ámbito judicial consultadas por Búsqueda cuestionaron el criterio de los magistrados y advirtieron que ese tipo de decisiones puede poner a la sociedad en contra de la reforma penal, ya que alimenta la idea de que la nueva legislación es demasiado benigna con los delincuentes.

    La Corte pidió a la jueza que intervino en el caso de Montevideo, Marcela Vargas, que presente un informe en un plazo de 24 horas explicando la decisión. Tras la polémica generada por el caso, la jueza pidió a la Corte que la traslade a un Juzgado laboral.

    El nuevo Código del Proceso Penal está en el centro del debate político sobre la inseguridad, y las mayores garantías que ofrece a los indagados son vistas con recelo por algunos sectores de la población.

    A su vez, el jueves 14 los ministros analizaron la resolución del juez de Rivera, Gaspar Ardao, dijeron a Búsqueda fuentes de la corporación.

    Consultada sobre el tema, la presidenta Elena Martínez dijo a Búsqueda que la Corte está “muy atenta” a este tipo de fallos.

    También el fiscal de Corte, Jorge Díaz, se interesó en conocer el detalle de los casos y expresó preocupación por las decisiones, dijeron fuentes de su entorno a Búsqueda.

    Es que el nuevo Código del Proceso Penal (CPP), que empezó a regir el 1º de noviembre, está en el centro del debate político sobre la inseguridad, y las mayores garantías que ofrece a los indagados son vistas con recelo por algunos sectores de la población. De hecho, en estos días el Parlamento discute modificaciones para endurecer algunas disposiciones del CPP.

    El nuevo código establece que la prisión preventiva debe ser una excepción, que solo se aplicará como medida cautelar para evitar que el sospechoso se fugue o signifique un peligro para la víctima.

    Siguiendo ese criterio, tanto en el caso de la rapiña al repartidor como en la golpiza al joven de Rivera, los jueces entendieron que, en aplicación del nuevo CPP, no correspondía enviar a los responsables a la cárcel y bastaba con el arresto domiciliario.

    Sin embargo, los fiscales que intervinieron defendieron que la gravedad de los delitos justificaba con creces la prisión preventiva. El fiscal Fernando Romero, de Montevideo, presentó un recurso contra la decisión de Vargas, y Verónica Bujarín, fiscal de Rivera, lo hará en los próximos días.

    El nuevo código establece que la prisión preventiva debe ser una excepción, que solo se aplicará como medida cautelar para evitar que el sospechoso se fugue o signifique un peligro para la víctima.

    “La Fiscalía entiende que la prisión preventiva es excepcional, pero se trata de un caso gravísimo”, dijo Bujarín a Búsqueda. “Si una rapiña especialmente agravada en concurso con un delito de lesiones graves no parece lo suficientemente grave para disponer la prisión, no sé cuál es el criterio de la Justicia”, protestó.

    Su Fiscalía, añadió, es respetuosa del nuevo código y entiende que solo debe disponerse la cárcel cuando se justifique. Por eso, pidió prisión preventiva solo en cinco de los cerca de 50 casos que formalizó hasta el momento, señaló.

    Para la fiscal, el arresto domiciliario de los agresores deja a la víctima y al testigo en una situación de peligro. También los policías que deberán vigilar el domicilio de los detenidos corren “riesgo de vida”, ya que se trata de un barrio peligroso y es posible que sean agredidos, afirmó.

    “Todo eso se argumentó ante el juez, y se le imploró que cambie su posición”, contó. “La Policía cumplió. La Fiscalía también. Después se pone a todos en la misma bolsa”, lamentó.

    “¿Cuál es la respuesta que le damos a la víctima, que tiene miedo de salir a la calle, al testigo que colaboró para identificar a los responsables?”, cuestionó. Ahora que saben que los agresores no fueron a prisión, la fiscal teme que no quieran concurrir a testificar en el juicio. “¿Con qué seguridad van a venir?”.