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    Reforma mantiene “rigidez” en pensiones por invalidez, sostiene director del BPS

    Si bien el proyecto de ley de reforma jubilatoria incluye flexibilizaciones para acceder a las pensiones no contributivas, mantiene la “rigidez” en sus exigencias para otorgar las prestaciones por invalidez, dijo a Búsqueda el director por los pasivos en el Banco de Previsión Social (BPS), Ariel Ferrari.

    El proyecto, ya votado en el Senado y a estudio de una comisión en Diputados, aumenta los topes de ingresos que se exigen para otorgar esas prestaciones y establece una gradualidad, pero no modifica el porcentaje de discapacidad (el baremo, en la jerga) requerido para otorgar la pensión por invalidez, establecido en 66%.

    El miércoles 12, por ejemplo, el Directorio del BPS trató 12 recursos, en algunos casos de situaciones con un baremo de 59%. “El sistema es muy rígido”, reclamó Ferrari.

    Lamentó que por tener un punto porcentual menos la pensión sea denegada. En estos casos, las personas también pierden otros beneficios previstos para estas prestaciones, como la posibilidad de ir a centros de rehabilitación.

    En una comparecencia ante el Parlamento, Ferrari planteó que es necesario discutir “cómo dar oportunidades a esa gente que tiene una discapacidad y a la que el mercado de trabajo expulsa”.

    Expuso que en las primeras dos sesiones del año fueron 26 los recursos presentados ante el directorio, de los cuales la mitad se rechazaron. Los que llegan a ese órgano, aclaró a Búsqueda, son los que tienen “posibilidades económicas de poner un abogado”. “¿Cuántas no llegan al directorio porque no tienen recursos, no saben o se resignan?”, preguntó.

    La última modificación que hubo sobre las pensiones no contributivas fue en 2013, cuando se aumentaron los máximos de ingresos exigidos para acceder a la prestación. El cambio que pretende Ferreri puede ser resuelto por el directorio y no requiere una ley.

    Fallos adversos

    Cuando el Directorio del BPS niega un recurso, se acaba la vía administrativa para quien reclama, pero en algunos casos deciden cuestionar la resolución ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).

    En diciembre, por ejemplo, el TCA falló contra el BPS en un caso relacionado a pensiones no contributivas, según la sentencia a la que accedió Búsqueda. Involucró a un joven de 16 años con una “severa discapacidad irreversible”: una patología que compromete su capacidad intelectual y necesita rehabilitación en las áreas pedagógica y fonoaudiológica. El BPS le otorgó una pensión por discapacidad, pero luego la dejó sin efecto por considerar que su patología no era ni severa ni irreversible, sino común. El instituto previsional argumentó que cambió de postura tras constatar que el menor vivía con su madre, que tenían un nivel de ingresos medios, que el padre era propietario de varias empresas y que el joven concurría a un colegio privado. El BPS consideró que no se cumplía con los “presupuestos exigidos”.

    Sin embargo, el TCA le dio la razón a la familia al entender que el presupuesto estimado se basó en “premisas erróneas”. Según la sentencia, el menor tiene una patología que le impide trabajar, vive en una “vivienda decorosa” con su madre, quien “carece de ingresos” que le permitan cubrir los tratamientos del hijo. “Su padre —agrega— cuenta únicamente con los ingresos que percibe por las ‘changas’ de albañilería que realiza y el BPS no fue más allá de la información de sus registros”. El hombre figuraba como socio de tres empresas, pero ni siquiera estaban identificadas.

    En setiembre, el TCA le dio la razón a otro hombre porque el BPS le había negado una pensión por invalidez argumentando que superaba los topes por los ingresos de su hermana. Sin embargo, el tribunal constató que el demandante carecía de recursos para satisfacer sus “necesidades básicas”.

    La sentencia agrega que el TCA ya se pronunció sobre la postura asumida por el BPS. “No es de recibo circunscribir el acceso a la pensión por invalidez a la existencia de topes de ingresos previstos en reglamentos internos en el organismo”, afirman los ministros.

    El proyecto de reforma también introduce modificaciones sobre las prestaciones no contributivas por vejez.

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