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    Refrendada la LUC, el gobierno implementará cambios “de fondo” en educación que “sobrevolaron” la discusión política

    Una vez confirmados en el referéndum del 27 de marzo los 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC), la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) comienza a implementar los cambios que considera “de fondo” en materia educativa. Algunas de estas transformaciones que ejecutará la administración apenas fueron debatidas o “sobrevolaron” los ejes centrales de la discusión durante la campaña política previa a la consulta popular, según dijeron a Búsqueda desde el Consejo Directivo Central (Codicen) de la ANEP.

    Junto con la seguridad, la educación es una de las áreas claves para el actual gobierno y uno de los temas más discutidos durante las administraciones del Frente Amplio. Por eso, el Poder Ejecutivo promovió varios cambios de orientación de la enseñanza mediante la ley sometida a consideración popular. El apartado educativo de la LUC fue el segundo más numeroso, con 80 artículos, de los cuales el referéndum puso en cuestión —y la ciudadanía ratificó— 34. Entre las principales innovaciones se destacan los cambios en la gobernanza, el nuevo mecanismo de validación de títulos de carreras de formación docente y los estatutos agregados para funcionarios docentes y no docentes.

    Gran parte de las disposiciones que introdujo la LUC modifican diversos aspectos de la Ley General de Educación, aprobada en 2008 durante el primer gobierno de Tabaré Vázquez (2005-2010) y cuestionada por la administración actual, que entiende central para su gestión implementar una reestructura institucional. De allí que los cambios en la gobernanza sean quizás los más notorios. Pero también hay otras transformaciones que las autoridades educativas consideran “de fondo” y que pasaron prácticamente inadvertidas o que “sobrevolaron el debate”, en palabras del consejero político Juan Gabito, designado por el Partido Nacional en el Codicen.

    “Da la impresión de que no se han profundizado o mirado con detenimiento todos los cambios de fondo que trajo la LUC en materia de educación y que el gobierno instrumenta en este período”, dijo Gabito, y detalló a Búsqueda varios ejemplos.

    Uno de ellos refiere a la obligatoriedad de la educación que, si bien formó parte del debate sobre la LUC —en particular la no obligatoriedad de la educación inicial en niños de tres años—, incluye otro aspecto novedoso. Y es que el artículo 127 de la norma vigente que sustituyó al 7 de la Ley General de Educación no solo alude a la obligatoriedad de la educación de los niños y adolescentes, desde los cuatro años a los 18, sino que también mandata a “los educandos mayores de edad” no escolarizados a incorporarse a los servicios que ofrece el sistema educativo.

    Según Gabito, esta medida obedece a un objetivo asociado al elevado número de desertores del sistema. “Los famosos ni-ni —término que se emplea para referirse a jóvenes que ni estudian ni trabajan— están comprendidos en esta disposición, por cuanto deberán apuntarse a alguna de las ofertas del sistema para completar el ciclo educativo obligatorio”, afirmó. La medida “da para mucho más” análisis desde el punto de vista filosófico, de los derechos y de su aplicación instrumental, siguió. “Todo el sistema estaba pensado en torno a la idea de que el ciclo obligatorio se terminaba siendo el educando menor de edad. Pero la realidad es que muchas personas terminan su formación después de adquirida la mayoría de edad, y algunos no la terminan, por lo que pasarán a estar en falta con esta obligación”, dijo.

    Ahora la disposición deberá ser reglamentada por el Ministerio de Educación y Cultura, por la ANEP o por ambos organismos.

    Otra innovación que el gobierno se dispone a instrumentar —contenida en el artículo 136 de la LUC— refiere a la acreditación de “los saberes y competencias” como alternativa a la aprobación de los ciclos formativos correspondientes para finalizar la educación media superior. “Así, por ejemplo, si a una persona de 30 años le quedaron colgadas dos materias de bachillerato, no se le obliga a ir al liceo a cursar o a dar libre esas asignaturas pendientes, sino que puede utilizar los mecanismos de acreditación de saberes rindiendo una prueba”, explicó Gabito, que amplió el ejemplo a los inmigrantes que necesiten acreditar sus estudios para incorporarse a la educación terciaria o universitaria.

    El gobierno implementará esta medida “próximamente” bajo la premisa de hacer “más ágil y flexible” el tránsito por los ciclos educativos, anunció.

    La libertad de cátedra es un tema que pese a haberse discutido no formó parte del debate central de la campaña y que para el Codicen también admite una discusión más profunda. En el segundo inciso del artículo 128 de la LUC se empareja “la libertad y el derecho del educador con el del educando para acceder a todas las fuentes de información y de cultura”, que el docente deberá poner al alcance del estudiante con el aporte de los insumos necesarios para ejercer su libertad y formar su propio juicio. “Es una novedad en el marco jurídico, y cierra con el precepto de que lo central es el estudiante; no el sistema ni el docente”, apuntó Gabito.

    Asimismo, la ley introduce el concepto de “competencias para la vida” —aquellas que se espera que el alumno sepa en cada nivel educativo—, un tema que “entrará con fuerza” en el debate político en las próximas semanas cuando la ANEP apruebe sus documentos en materia de reforma curricular. Si bien “el concepto de competencia es viejo en materia pedagógica, es la primera vez que aparece a texto expreso en una ley”, destacó Gabito, y explicó: “La orientación pedagógica pasa del enfoque del currículo contenidista —de cuántas bolillas, temas o unidades hay que aprender o, peor, memorizar— a qué competencias —duras, blandas y transversales— debe saber el estudiante y le servirán para toda la vida”.

    Una disposición incluida en el artículo 172 establece que las comisiones departamentales de educación incorporarán a un representante de las intendencias. Para Gabito, esto combate “el discurso de que la educación está centralizada y se concibe desde el punto de vista metropolitano”.

    La LUC también faculta y a la vez mandata al MEC a enviar a la Asamblea General del Poder Legislativo el plan de política educativa nacional previo a la presentación de la ley presupuestal, lo cual también es señalado por el gobierno como una innovación importante a poner en práctica. “El MEC, como integrante del Poder Ejecutivo, debe respaldar a la ANEP en su pedido presupuestal para hacer efectivo lo que está contenido en el plan. Esto hasta ahora nunca se había hecho; primero, porque era mucho más cómodo para los ministros desinteresarse del tema de fondo, diciendo que era competencia del ente autónomo; y, segundo, porque muchas veces daba lugar a desencuentros entre el ideal que se planteaba en el mensaje presupuestal de la ANEP y la posibilidad del Ministerio de Economía y Finanzas de contemplar el pedido”, opinó Gabito.