El comunicador Freddy Nieuchowicz —popularmente conocido como Orlando Petinatti— está enfrentado en un litigio con la empresa estatal de telecomunicaciones por una fallida campaña de publicidad. Por ahora ha triunfado sobre Antel: tanto en primera como en segunda instancia la Justicia condenó a la empresa a pagarle una indemnización millonaria.
Pero, a raíz de un recurso de casación presentado por Antel, el caso pasó a estudio de la Suprema Corte de Justicia, que resolverá de forma definitiva el reclamo.
El juicio se inició en 2016 cuando Petinatti —conductor de los programas Malos Pensamientos (Azul FM) y Quién quiere ser millonario, y jurado de Got Talent Uruguay (ambos transmitidos por Canal 10)— presentó una demanda contra la estatal por daños y perjuicios. El comunicador reclamó una indemnización de más de $ 8,6 millones por la no concreción de un contrato publicitario que se encontraba en una etapa avanzada de las negociaciones, pero que nunca obtuvo la aprobación final.
En mayo de 2019 el juez Gabriel Ohanián le dio la razón al comunicador y condenó a la estatal a pagarle $ 4,7 millones (más reajustes e intereses) por lucro cesante y daño moral. La empresa apeló y, en un fallo dividido con tres votos a favor y dos en contra, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2º turno confirmó parcialmente la condena.
En la sentencia, firmada en junio de 2020, la sala redujo la indemnización a $ 3,1 millones porque entendió que no se configuró un daño moral. De confirmarse el fallo, con los ajustes e intereses desde la fecha de la demanda, la suma superaría los $ 4 millones.
“No puede hablarse de buena fe”
En junio de 2014 Antel y el comunicador acordaron un proyecto de contrato para una campaña publicitaria que fue aprobado por el directorio del ente. La aprobación quedó sujeta, no obstante, a la intervención del Tribunal de Cuentas, que observó el gasto porque no existía disponibilidad de fondos. Antel decidió renegociar el contrato y luego de conversaciones Petinatti aceptó nuevas condiciones. Se revocó la resolución inicial y se redactó una nueva, que se elevó a la gerencia general. Pasaron dos años y el proyecto de resolución no se movió de allí.
De acuerdo al reclamo del comunicador en la Justicia, la existencia de un proyecto de contrato que luego quedó trunco sin explicaciones, tras varias instancias de negociaciones, le provocó diversos perjuicios. Entre ellos, la pérdida de la posibilidad de concretar un acuerdo publicitario “idéntico” con la empresa Claro, competidora de Antel. Además, reclamó por el daño moral que sufrió por la frustración de sus expectativas.
Según se defendió la estatal, no hubo mala fe ni una “ruptura intempestiva de las tratativas”, sino que el acuerdo no se concretó por restricciones presupuestales.
En su fallo el tribunal de apelaciones dedicó varias páginas a analizar las características de la “responsabilidad precontractual”. Indicó que si bien los tratos realizados previo a un contrato no son vinculantes, generan otro tipo de obligaciones: “Cuando hayan llegado a un punto al que haga prever que el contrato podría celebrarse y una de las partes rompa estos tratos sin un justo o atendible motivo”, la contraparte “tendrá derecho al resarcimiento del daño”.
“Retener unas negociaciones artificialmente de modo que estas se rompen posteriormente sin una causa justificada y cuando la otra parte tenía fundada confianza en que el contrato se celebraría, es infringir la buena fe precontractual”, añadió, citando varios autores.
Tras realizar esas consideraciones, la mayoría del tribunal —integrada por los ministros John Pérez, Álvaro França y Mónica Bessio— sostuvo que la defensa de Antel en cuanto a que actuó con buena fe no tiene un “mínimo asidero”. Según la sala, quedó probado que “las partes habían superado la etapa de tratativas y existía un proyecto de contrato en el cual claramente se encontraban específicamente detalladas las obligaciones contractuales de ambas”.
“No puede hablarse, pues, de buena fe de especie alguna ya que la demandada estuvo negociando durante dos años un contrato con el actor (Petinatti) y cuando estaban todos los puntos acordados deja el expediente durante dos años a la espera, sin que surja qué motivos tiene para ello y manteniendo, por consiguiente, la expectativa de que el contrato se iba a realizar”.
Para el tribunal, la “excusa” basada en la observación del Tribunal de Cuentas y en la restricción presupuestal “carece de asidero”. Porque en vez de concluir las negociaciones tras el dictamen del tribunal —escenario en el que no le habría cabido ninguna responsabilidad—, “decidió diferir para el 2016 la realización del contrato”.
“No surge de prueba alguna que a esa fecha tendrían los fondos suficientes”, indicó. El tribunal se preguntó si “es de buena fe seguir negociando un contrato” sin saber si se contaría con el presupuesto necesario. “La respuesta no puede ser otra que claramente negativa”.
La sala no compartió el monto fijado por el juez Ohanián como indemnización por lucro cesante (equivalente al total que hubiera cobrado por el contrato), y lo redujo al 70%. Además, consideró que no procedía resarcirlo por daño moral porque las molestias ocasionadas por la no concreción del contrato no tuvieron “la entidad suficiente”.
“Desvalidos testimonios”
Sin embargo, la posición del tribunal no fue unánime. Las ministras Loreley Pera y Patricia Hernández votaron por hacer lugar a la apelación de Antel y desestimar la demanda de Petinatti. A juicio de las ministras, el comunicador “no probó la existencia del lucro cesante” que pretende que se le indemnice. Si bien alegó que las tratativas con Antel le impidieron cerrar un contrato con Claro —que le habría propuesto negociar el uso de su imagen y voz durante dos años por un pago mensual de US$ 15.000—, eso no fue probado de forma suficiente, consideraron.
Petinatti presentó como prueba testimonial a dos testigos que declararon que él les había hablado de la propuesta de Claro. Pero ellos no presenciaron los hechos, sino que solo sabían lo que les había dicho el propio involucrado. Además, el comunicador aportó mensajes de WhatsApp con una trabajadora de Claro, “cuyo efectivo desempeño, rol y cargo en la empresa se desconoce”, y que las ministras consideraron que no eran admisibles como prueba porque no contaban con su autorización. Además, cuestionaron que tampoco se ofreció el testimonio de la trabajadora para demostrar el presunto interés de la empresa.
“Así las cosas, el esfuerzo probatorio de la parte actora Freddy Nieuchowicz Abramovich se redujo a la deposición de dos testigos de oídas que se limitaron a repetir lo que el propio promotor les dijo. Estos desvalidos testimonios no fueron acompañados por ningún otro medio de prueba”, evaluaron.

Foto: Javier Calvelo/ adhocFotos
Críticas al Frente Amplio
En el fallo mayoritario se indicó que no resultaron claros los motivos por los cuales Antel decidió no concretar el acuerdo.
Consultado por Búsqueda, el comunicador, que a partir del año 2015 asumió una posición más crítica sobre la administración del Frente Amplio (FA), no quiso hacer declaraciones hasta que el caso no esté resuelto de forma definitiva.
En una entrevista con el programa El Legado de Canal 10, Petinatti identificó el momento en el cual decidió ser más explícito en sus opiniones sobre el gobierno: “Un día matan a una chica que había ido a comprar pasta en Parque Rodó (...) Eso fue en agosto de 2015. Dije al aire: ‘Este país no se va a la mierda. Ya se fue a la mierda porque matan a una persona un domingo de tarde por comprar pasta’. Cada vez que pasaba algo, sentía la necesidad de expresarlo. Me di cuenta de que lo que decía era lo que la gente necesitaba”.
Desde entonces mantuvo una postura crítica sobre diversos aspectos de la gestión del FA, tanto en la radio como en sus redes sociales. En diciembre de 2019 tuvo un intercambio por Twitter con la entonces senadora frenteamplista Carolina Cosse —presidenta de Antel entre 2010 y 2015—, que lo acusó de misoginia a raíz de una publicación.