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    Trabajos finales en la Universidad

    Sr. Director:

    Por este medio la Secretaría General de la Universidad de la República entiende adecuado solicitar se realice una aclaración respecto de la noticia aparecida en la página 14 de la edición del Semanario de fecha 31 de diciembre de 2014, bajo el título “La Universidad regulará producción de trabajos finales de las carreras para evitar que sean ‘un obstáculo para la graduación’”.

    En ella se indica que el Consejo Directivo Central aprobó el documento “Marco conceptual para la elaboración de los trabajos en los tramos finales de las carreras”, presentado por la Comisión Sectorial de Enseñanza, cuando en realidad la resolución finalmente adoptada al respecto, luego de ser discutida a lo largo de varias sesiones, es la que copio abajo y denota claramente matices diferentes a algunos de los textos de la noticia aludida.

    Sin otro particular le saludo muy cordialmente y la agradezco desde ya la gestión que entienda del caso realizar.

    Daniel  Rodríguez

    Secretaría General

    El Consejo Directivo Central de la Universidad de la República en sesión extraordinaria de fecha 23 de diciembre de 2014, adoptó la siguiente resolución:

    6. (Exp. 004020-001164-14 y adj.) - VISTO: el informe presentado por la Comisión Sectorial de Enseñanza “Marco conceptual para la elaboración de trabajos en tramos finales de las carreras” (Distribuido N° 1143.14), la propuesta presentada por el Orden Estudiantil (Distribuido N° 1405.14) y las consideraciones efectuadas en Sala;

    EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, resuelve:

    1) Señalar la importancia de los trabajos finales de carreras de grado y de otros trabajos que vinculen las funciones universitarias, en razón de su alto valor formativo y de dar la posibilidad de acercamiento del estudiante con su futura actividad profesional o académica.

    2) Encomendar a la Comisión Sectorial de Enseñanza el relevamiento de la situación actual en materia de trabajos finales de las carreras de grado en la Universidad, atendiendo especialmente a sus características y particularidades, así como la duración de los trabajos de cada oferta educativa.

    3) Sugerir a los Servicios, sin desmedro de lo expresado en los puntos anteriores, las siguientes pautas generales:

    i - Los trabajos tendrán formatos diversificados adecuados a los tipos de producción requeridos por los distintos campos del conocimiento (por ejemplo, informes de pasantías o prácticas, ensayos, monografías, portafolios, producciones artísticas, producciones tecnológicas, elaboración de proyectos, etc.) y contarán con una asignación específica de créditos;

    ii - Los trabajos, realizados en forma individual o grupal, cumplirán con el objetivo de demostrar un nivel adecuado en la formación de grado; y

    iii - La elaboración del trabajo deberá contar con la orientación de un docente, de modo de garantizar la supervisión del proceso y la calidad del producto, debiéndose prever en cada caso pautas de presentación y extensión.

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