Una diferencia en la interpretación del nuevo Código del Proceso Penal (CPP) tuvo consecuencias inesperadas en la investigación sobre las operaciones de Marcelo Balcedo en Uruguay.
Una diferencia en la interpretación del nuevo Código del Proceso Penal (CPP) tuvo consecuencias inesperadas en la investigación sobre las operaciones de Marcelo Balcedo en Uruguay.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáAdemás del sindicalista argentino, que fue formalizado por lavado de activos junto con su pareja, Paola Fiege, fueron imputadas otras cuatro personas vinculadas a sus negocios.
Pero mientras el inicio del juicio contra Balcedo continúa demorándose —ahora por una diferencia formal entre las partes— el proceso contra uno de los implicados, el personal trainer de Fiege, deberá volver al punto de partida, debido a que un tribunal de apelaciones entendió que la Fiscalía presentó la acusación un día más tarde de la fecha límite.
La investigación contra un segundo implicado en el caso, que trabajó como abogado de la pareja, también corre riesgo de ser anulada por la misma razón, dijeron a Búsqueda fuentes judiciales.
Hasta el momento, solo una de las personas indagadas en el caso Balcedo —que comenzó a investigarse en enero de 2018, a partir de un pedido de captura de Argentina— tiene condena. Se trata de la dueña de una agencia de viajes que permitió que Fiege usara una extensión de su tarjeta de crédito, y que fue condenada por asistencia al lavado de activos tras firmar un acuerdo con la Fiscalía. Por otra parte, sigue en curso el proceso contra una escribana vinculada a los negocios de la pareja.
En junio Montevideo Portal informó que el Tribunal de Apelaciones Penal de 4º turno hizo lugar a un reclamo del entrenador de Fiege, formalizado por lavado de activos, y revocó la sentencia que le había impuesto como medida cautelar la prohibición de salir del país y un embargo por US$ 400.000.
De acuerdo al fallo del tribunal —al que accedió Búsqueda—, la acusación de Fiscalía se presentó en forma extemporánea. Es que, según el criterio de la sala integrada por los ministros Luis Charles, Ángel Cal y Gabriela Merialdo, desde que se formaliza a un imputado la Fiscalía tiene un año para acusar.
El entrenador de Fiege fue formalizado el 13 de setiembre de 2018, por lo cual, para el tribunal, el plazo para acusarlo vencía el 12 de setiembre del siguiente año. La Fiscalía presentó la acusación el día 13.
Aunque la jueza del caso, María Helena Mainard, consideró que el fiscal actuó en “tiempo y forma”, el defensor del personal trainer, Juan Bogado, apeló la decisión, y el tribunal le dio la razón.
Son dos las diferencias de criterio entre la Fiscalía y el tribunal.
Por un lado, el fiscal considera que si bien a partir de la formalización hay un tiempo máximo de un año para investigar, no hay plazo para acusar, ya que el nuevo CPP no lo establece de forma explícita.
“El plazo de un año es para investigar”, argumentó el fiscal Schubert Velázquez ante el tribunal. “De entenderse un plazo que no está consagrado legalmente, sería una violación flagrante del debido proceso legal, por cuanto las reglas no están dadas en forma clara para las partes”, añadió.
El tribunal, en cambio, entiende que el plazo de un año aplica tanto para la investigación como para la acusación.
Por otra parte, la Fiscalía y el tribunal discrepan en cómo contabilizar ese supuesto plazo.
Según el fiscal Velázquez, aun cuando el tribunal entienda que existe un plazo para acusar, el año debe contarse a partir del día siguiente a la formalización, ya que así lo establece el Código General del Proceso (CGP). Por lo tanto, el 13 de setiembre de 2019 aún estaba en fecha.
El tribunal, sin embargo, considera que si bien el principio general del CGP indica que los plazos comienzan a correr a partir del día hábil siguiente a la notificación, el artículo 265 del CPP establece “un régimen especial” según el cual el tiempo se computa desde el mismo día de la formalización. Por lo tanto, el tiempo para acusar venció el día 12.
Como consecuencia, el tribunal consideró que correspondía anular todas las actuaciones posteriores a la formalización y asignar el caso a otra Fiscalía, que deberá retomar la investigación desde el inicio. Señaló, por otra parte, que el fiscal podría verse expuesto a una “eventual sanción administrativa por omisión”.
Por otra parte, aún está pendiente el juicio contra Balcedo y Fiege, que se ha demorado debido a que el defensor interpuso varios recursos, entre ellos uno que planteó la inconstitucionalidad del nuevo CPP, que la Suprema Corte de Justicia rechazó el pasado diciembre.
Ahora, una diferencia formal entre la defensa y la Fiscalía volvió a detener el proceso. Según explicaron a Búsqueda fuentes judiciales, la jueza Mainard entendió que hubo un error al notificar el decreto que dispuso el traslado de la acusación, porque se comunicó solo al abogado y no a los imputados. Cumplir con esa formalidad dio un plazo extra a la defensa para responder la acusación, lo que la Fiscalía entiende que es un beneficio que no corresponde.
El fiscal apeló la decisión de la jueza de retroceder para notificar a todas las partes y un tribunal de apelaciones le dio la razón. Por lo tanto, la Fiscalía ahora entiende que no se debe aceptar la respuesta del abogado que contó con un plazo extra. La jueza Mainard tiene a estudio el tema para resolverlo.
Fuentes de la Fiscalía dijeron a Búsqueda que esperan que el juicio comience “cuanto antes”, y cuestionaron las “constantes dilatorias” de la defensa.
Mientras tanto, Balcedo y su esposa cumplen prisión domiciliaria en su mansión en Playa Verde. Si bien en el marco de la investigación local fueron autorizados a recuperar la libertad, permanecen detenidos debido al pedido de extradición de la Justicia argentina. Su traslado aún está pendiente porque primero debe culminar la causa uruguaya.