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    El incremento del Fonasa

    Sr. director:

    La primera comunicación del incremento del Fonasa la brindó Orsi al pasar, señalando exclusivamente que menos trabajadores, jubilados y pensionistas recibirán menos devolución del Fonasa.

    Y la información que recibimos días después se centró en eso. Me hizo acordar a aquella desagradable publicidad de una institución financiera en la que para promover su línea de préstamos apelaba al resentimiento y a la envidia.

    Así nos comunicaron, simplificaron y minimizaron el efecto del incremento del CPE que tendrá en nuestras vidas, no solo a quienes no recibirán o recibirán menos dinero porque el Estado les retuvo en exceso.

    La información es incorrecta. Los efectos económicos son mayores pues también deberán pagar el CPE más un 25%:

    • los profesionales independientes,
    • quienes presten servicios personales fuera de la relación de dependencia.

    El ministro de Economía manifestó que estos sectores no serán perjudicados; esto es incorrecto.

    La Ley 18.211 no le confirió tal competencia al Poder Ejecutivo, por lo que el decreto 317/2025 nada prevé al respecto. El Poder Ejecutivo tampoco tiene competencia para modificar la fórmula para alcanzar el CPE como lo hizo ahora, sus componentes se encuentran claramente definidos en la ley.

    ¿Qué podemos hacer al respecto? Impugnar primero y en caso de no tener éxito acudir luego ante el TCA.

    A no dormirse, el decreto ya produce efectos jurídicos y económicos por lo que disponemos de 10 días hábiles para movilizar la vía recursiva contados a partir del 1 de febrero.

    Andrea Yelpo