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    ¿Presos políticos?

    Sr. Director:

    Como bien saben, nací el 20/2/1986, es decir, un año después del retorno de la democracia, ergo... afortunadamente no viví toda esta historia ya no tan reciente pero tampoco tan alejada en cuanto refiere a tiempos históricos.

    Sin embargo (como siempre lo aclaro), ello no me impidió realizar un exhaustivo estudio, que me permitió a su vez sumergirme en este período concreto de nuestra historia nacional y exponer trabajos de ello, al igual que lo he hecho con el período revolucionario que lleva a la independencia o también con la Segunda Guerra Mundial, por decir algunos ejemplos de hechos históricos puntuales.

    Ahora bien, hecha esta especie de prólogo, es pertinente enfocarnos en los términos absolutamente inequívocos utilizados por la correligionaria, en un cóctel de afirmaciones que resultan una falacia y, aparte de ello, sinceramente no comulgo con esta especie de “protestas”, ya que me resultan desubicadas para un evento de la talla en el que se manifestó.

    Podrá o no gustarte las ideas, trabajo, imagen de tal o cual persona, sin embargo, el evento en el que manifestó a viva voz Grignoli su malestar, tenga o no la razón de los porqués de su contenido, que desde mi punto de vista... es harina de otro costal. Y tal como dije, quiero enfocarme concretamente en términos absolutamente inequívocos que ella utilizó, porque decir: “Salieron de los juzgados sin culpa y van y los meten presos. Eso está pasando en Uruguay, tenemos presos políticos desde hace años”.

    En primer lugar, utiliza pésimamente el término preso político y provoca una desinformación tremenda, presos políticos son aquellos que son procesados con prisión por sus ideas políticas y no hay dos lecturas. Y el padre de ella no figura en absoluto como preso político, sino que está procesado con prisión por otro asunto que ya desarrollaré más adelante.

    Pero a modo de brindar información exacta y no andar con fantasías, es preciso aclarar que los tupamaros habían sido ya completamente derrotados militarmente, con su aparato armamentista vencido y desarticulado en el año 1972.

    Entre 1972 y la llegada del primer golpe de Estado, el 9/2/1973, que luego se perfecciona el 27/6/1973, no solo hubo tupamaros (que no eran necesariamente guerrilleros), sino personas que profesaban otra ideología política que fueron, sí, encarcelados (Punta Carretas, claro ejemplo) no por acciones violentas concretas, sino por no solo “simpatizar” con tal o cual ideología de izquierda, como por ejercer acciones de propaganda.

    Un claro ejemplo es Jorge Batlle, que fue preso en octubre de 1972. Y todas estas personas eran juzgadas de manera sumaria por tribunales militares que los condenaban, principalmente más por sus ideas, opiniones que por sus acciones. Esos sí son presos políticos.

    En segundo lugar, sería bueno que el actual secretario general de mi colectividad política, teniendo la fortuna de ser un letrado penalista, le pueda instruir a Grignoli de procedimientos judiciales... En Venezuela no tengo idea, pero en Uruguay no te imputan “sin pruebas”. Por tanto, no estoy de acuerdo en lo más absoluto con ella cuando dice: “No se puede meter gente presa sin pruebas”. La tortura, el secuestro, la desaparición forzada no son excarcelables.

    Hubo dos leyes que resultaron fundamentales para, de cierta manera, dar vuelta completa la cerradura y cerrar definitivamente el período dictatorial, para así abrir la puerta a la democracia.

    Por un lado, al asumir el nuevo Parlamento el 15 de febrero de 1985, se aprobó rápidamente la Ley 15.737, conocida como “ley de amnistía a los presos políticos encarcelados en el Uruguay”.

    Y por otro lado, en diciembre de 1986, durante la presidencia de Julio María Sanguinetti, se aprobó la Ley 15.848 de la Caducidad de la Pretensión Punitiva de Estado, más conocida popularmente como “ley de caducidad”, que consagra la impunidad de los delitos de violación de los derechos humanos y de terrorismo de Estado durante la dictadura (1973-1985).

    En criollo, y para un entendimiento general, lo que “perdona” la “ley de caducidad” es la ruptura del orden institucional, la política económica llevada adelante por la dictadura y las arbitrariedades, que no incluyen la cuestión de la tortura, la desaparición y otros delitos gravísimos.

    La denuncia inicial contra el padre de Grignoli fue presentada por un grupo de exdetenidos que habían sido torturados. Formularon en 1986 una denuncia, pero por los “pormenores” de la “ley de caducidad” las actuaciones se retomaron recién en 2011, los denunciantes ratificaron su denuncia y también depusieron otras víctimas que recibieron igual tratamiento (en 1972 sufrieron diversas torturas físicas, como encapuchamientos, plantones, golpizas, picana eléctrica y submarino, y psicológicas durante interrogatorios para que confesaran su vinculación al MLN-T y también para que delataran a otros integrantes).

    Entre los involucrados que ejercían este tipo de actos aberrantes, señalaron directamente al hoy coronel retirado Alberto Grignoli.

    A modo de epílogo: si bien Grignoli está en todo su derecho democrático de manifestar su libre expresión de pensamiento, estaría bueno poder conocer toda la historia tal como es y no solo lo que a ella le parece está bien y pregonarlo en un acto cuya finalidad era conmemorar los 40 años del retorno a la democracia... y, creo yo, se vio empañado por un reclamo mal canalizado de una persona con un problema familiar que deberá resolver en otro lugar y momento, en vez de en donde lo hizo.

    Es mi opinión.

    La historia podrá gustarnos o no, toda la historia tiene por supuesto sus luces y sombras y también esta no tan reciente pero tampoco tan alejada. Hay muchísimo material que va desde el génesis, allá por 1963, hasta 1985.

    Que ello nos sirva para hoy formarnos y fortalecernos para poder enfrentar a quienes ostenten perjudicarnos como ciudadanos en el libre ejercicio de nuestros derechos.

    Digamos las cosas por su nombre y bien.

    Daniel Villaamil

    Corriente Constructora Liberal (Partido Colorado)