Pasaron casi cinco años de la pandemia de Covid-19, pero algunas controversias derivadas de aquella crisis sanitaria y económica se extendieron prácticamente hasta la actualidad.
En un caso que llevó varios años y se acaba de cerrar, un laboratorio puso a la naviera bajo sospecha de utilizar su poder de mercado como barrera de entrada a proveedores de exámenes de Covid-19 en los viajes durante la pandemia
Pasaron casi cinco años de la pandemia de Covid-19, pero algunas controversias derivadas de aquella crisis sanitaria y económica se extendieron prácticamente hasta la actualidad.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEn octubre de 2021, la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (Coprodec) recibió una denuncia presentada por la empresa Amideva S.R.L. —un laboratorio de análisis clínicos e industriales— contra la naviera Buquebus (Los Cipreses S.A.), por la presunta realización de conductas anticompetitivas en la que se obligaba a los pasajeros a testearse únicamente en un laboratorio propio o en AtGen, excluyendo a otros, lo que configuraría un abuso de posición dominante y una barrera de entrada a ese mercado. La denunciante solicitó el cese inmediato de la conducta y la imposición de las sanciones o medidas cautelares pertinentes.
Unos días después, la Coprodec consideró pertinente la denuncia y se inició un proceso de recolección de datos sustanciado durante 2022 y 2023. En febrero de 2025, la comisión entendió necesario recabar información adicional referente al régimen y condiciones de ingreso y salida de pasajeros por vía fluvial y aérea durante el período comprendido entre el 16 de marzo de 2020 y el 10 de noviembre de 2021, a fin de completar los antecedentes necesarios para el análisis del caso.
Durante el proceso, Buquebus negó la existencia de una conducta anticompetitiva, manifestando que la operativa implementada respondía a exigencias sanitarias y logísticas en un contexto de emergencia sanitaria. Alegó que la instalación y funcionamiento del servicio de testeo obedeció a criterios de eficiencia, trazabilidad y control sanitario, y que en ningún caso buscó restringir o excluir la participación de otros oferentes en el mercado, surge del expediente.
Como parte del proceso se diligenciaron múltiples instancias probatorias, incluyendo aportes documentales, testimoniales y oficios a organismos públicos, así como diversas instancias de requerimiento de información a la denunciante, a la denunciada y al laboratorio AtGen.
Respecto del mercado de transporte fluvial, uno de los informes analizados por la Coprodec determinó que Buquebus “detentaba una posición monopólica en el trayecto directo Montevideo-Buenos Aires, y una posición dominante en el trayecto Colonia-Buenos Aires, con participaciones superiores al 60% en este último caso, configurando así un grado de poder de mercado significativo”.
Sin “ejercicio de abuso”
Del informe económico, que estuvo pronto en octubre pasado, surgió que la “aparente canalización de la demanda de pruebas PCR hacia un único laboratorio no obedeció a una estrategia de exclusión imputable a Buquebus, sino a exigencias regulatorias relativas a trazabilidad, control sanitario, disponibilidad efectiva de laboratorios habilitados”, y a “restricciones derivadas de protocolos nacionales y exigencias internacionales, elementos que condicionaban de hecho la operativa y reducían significativamente el margen de actuación discrecional de la empresa denunciada”.
Además, determinó que la “posición dominante de Buquebus en el mercado del servicio principal (transporte fluvial) no se tradujo en un ejercicio abusivo destinado a obtener ventajas indebidas en el mercado del servicio accesorio, en tanto la operativa de testeo no fue diseñada ni implementada como un mecanismo orientado a excluir competidores, sino como una respuesta a las condiciones sanitarias y regulatorias imperantes” durante la pandemia. Por otro lado, “no se comprobó un perjuicio relevante para los consumidores ni una alteración sustancial de la estructura competitiva del mercado de pruebas PCR, ya que la limitada capacidad de elección de los pasajeros derivaba del marco normativo vigente y no de una práctica comercial atribuible a Buquebus con aptitud para restringir la competencia”.
En función de todo ello, el informe económico recomendó el archivo de las actuaciones. Eso fue lo que, a mediados del mes pasado, resolvió la Coprodec: “Concluir el procedimiento investigativo sustanciado en las presentes actuaciones por no configurarse, a la luz del análisis integral efectuado y del acervo probatorio reunido y valorado, conducta que constituya infracción a las disposiciones de la Ley 18.159 de Promoción y Defensa de la Competencia”.