Mientras las empresas del sector financiero hacen sus análisis y sondean la postura del equipo económico —que, según consultas de Búsqueda al Ministerio de Economía “no ha estudiado el proyecto” por “cuestiones de agenda”—, desde la academia, algunos investigadores siguen con atención la temática sin quitarle la categoría de problema; su diagnóstico de la situación a comienzos del 2024 era que había una “epidemia” de 800.000 personas en default que ameritaba tomar medidas. Su visión ahora es que, pese a algunos efectos positivos pero parciales que tuvo el plan de condonaciones y reestructuraciones del año pasado, la “dinámica de aumento de deudores en situación de impago” no se cortó.
En el ámbito político ya estaba instalada la campaña cabildante por “una deuda justa”, que no llegó a juntar las firmas necesarias para introducir una enmienda constitucional que cambie el cálculo de la tasa de usura, así como mecanismos de refinanciación, cuando los bancos y las empresas administradoras de créditos, apoyadas por el Banco Central (BCU), lanzaron en julio de 2024 el Programa Voluntario de Reestructuración de Deudas, que estipuló la “remisión” (perdón o no reclamo por parte del acreedor) automática de los créditos de capital incobrables por hasta $ 5.000 y una refinanciación a tasa 0%, en un máximo de 36 cuotas, del capital adeudado por hasta $ 100.000. El plan estuvo disponible hasta mediados de noviembre pasado.
Resultados del plan
Usando datos de esa central con información de deudores, Graciela Sanroman y Julián Rapetti, del Departamento de Economía (Decon) de la Facultad de Ciencias Sociales, analizaron los resultados de ese programa desde la perspectiva de cómo evolucionaron las calificaciones que las instituciones financieras asignan a las deudas de sus clientes (en un rango de 0 a 5).
Según señalaron a Búsqueda, su conclusión es, por un lado, que “existe una alta persistencia en las calificaciones 1 y 5 al comparar junio de 2024 con enero del 2025”. Por otro, que “solo un escaso número de relaciones que estaban en calificación 5 mejoraron su calificación en el período”.
A su vez, entienden que las mejoras en general de calificación “fueron contrarrestadas por el empeoramiento sistemático del endeudamiento que se observa desde hace años y, por lo tanto, el panorama en enero 2025 es muy similar al de junio 2024 a pesar de los esfuerzos y logros” del plan.
Infieren que las 110.495 deudas que estaban en calificación 5 y salieron de la Central de Riesgos probablemente en su mayoría se hayan “remitido”.
Un análisis complementario realizado por estos investigadores les permitió extraer conclusiones similares, aunque menos categóricas, a partir de una matriz de transición de calificaciones a nivel de deudas según su calificación máxima.
El total de deudores en categoría 5 en enero de 2025 era de 807.178, que se comparan con los 791.258 de junio anterior. Sanroman y Rapetti consideran que esa reducción de deudores en default, en “apenas 15.920”, resulta pequeña con relación a los potenciales 600.000 tomadores de créditos del sistema que, según los promotores del programa, estaban en condiciones de adherir a la reestructura. Sin embargo, aclaran, a la fecha no es posible extraer esa conclusión debido a la “falta de claridad respecto a cómo procedieron las instituciones involucradas para cumplir con el compromiso de restablecer la condición crediticia” a aquellos que adhirieran al programa y cumplieran con el pago de las cuotas correspondientes.
En ese sentido, recuerdan, el BCU, que avaló el programa, no emitió una circular que instruyera un protocolo para las instituciones, si bien comunicó, para los créditos al consumo, que el primer cambio a una categoría de menor riesgo debía operar al autorizarse el 20% del capital reestructurado. Para las sucesivas mejoras de categoría crediticia se requerían amortizaciones adicionales del 5% de ese capital refinanciado. Los investigadores agregan que el tiempo transcurrido hasta el momento en que ellos hicieron el análisis “no permitiría un avance suficiente en los pagos para muchos de los acuerdos de reestructura”, en la medida que en un acuerdo de pagos en 48 meses (el máximo permitido) la amortización del 20% del capital podría ocurrir luego de un año desde efectuada la reestructura.
“Sería de mucha utilidad que las instituciones participantes” del programa “hicieran público el mecanismo que están utilizando para restablecer la condición crediticia, así como un informe de evaluación y monitoreo que incluya indicadores sobre los resultados (cuántas personas adhirieron, cuántas de estas se mantienen al día en los pagos por la reestructura, por ejemplo)”, postulan. “Esto —según ellos— adquiere particular relevancia como insumo imprescindible para repensar políticas tendientes a reducir el stock de personas en situación de default”.
Como síntesis, los investigadores del Decon observan que, en ausencia de este programa, el nivel de endeudamiento hubiera sido sin dudas más preocupante. “No obstante —agregan—, consideramos que es imprescindible trabajar en una segunda batería de políticas que logren combatir la dinámica de aumento de deudores en situación de impago y para ello es imprescindible realizar una evaluación rigurosa del impacto” del plan del 2024.
Nuevo proyecto
Con la firma de 39 diputados, en junio entró al Parlamento un proyecto para la “protección de deudores de bajos recursos”. Entre otras cosas, el proyecto crea un proceso único precedido de una audiencia administrativa que busca dotar de mayores herramientas al deudor de forma que pueda reestructurar su deuda y salir de la “situación de ahogo” en la que se encuentra, según sus promotores. También establece un porcentaje uniforme —sin distinguir por el monto del crédito— del 35% sobre la tasa media de interés publicada por el BCU, con diferenciación para créditos de nómina y operaciones ordinarias, para determinar la usura.
Sanroman y Rapetti entienden que plantea algunos “avances” respecto a la legislación vigente pero que, en otros aspectos, el texto puede mejorarse.
Uno de los puntos positivos, según ellos, es en cuanto a la transparencia, en la medida que compromete al BCU y al Área de Defensa del Consumidor a publicar periódicamente información del mercado de créditos al consumo, como las tasas de interés que cobra cada institución. Esta es una preocupación del equipo del Decon que trabaja en la temática de las finanzas de los hogares; en ese sentido, acaba de publicar un portal que sistematiza esa información orientativa para los usuarios de servicios financieros (https://bancodedatos-fcs.shinyapps.io/tasas/).
Los investigadores también destacan la propuesta del procedimiento judicial para reestructurar deudas, así como la prohibición de prácticas abusivas para el cobro de deudas, como por ejemplo en relación con amenazas, información engañosa o llamadas en horarios inapropiados. Pero por otro lado entienden necesario introducir ajustes a la iniciativa para, por ejemplo, subsanando algunas ambigüedades en las propuestas referidas al “derecho de ser informado”, introducir la figura de bancarrota o la “ley de segunda oportunidad” para las personas físicas.
Otro cambio que sugieren los especialistas del Decon es sobre el cálculo del límite; no ven adecuado el criterio incluido en el proyecto. La ley vigente considera intereses usurarios cuando la tasa implícita supere en un porcentaje mayor al 55% las tasas medias publicadas por el BCU para créditos inferiores a 2 millones de unidades indexadas a la inflación. Con la misma lógica se establecen límites para la mora (80%), y para ambos casos cuando el préstamo es superior al monto antedicho (90% y 120%, respectivamente). El nuevo proyecto apunta, por un lado, a unificar estos límites sin distinguir por el monto del crédito, a la vez que baja los porcentajes a 35% para la usura y a 60% para la mora.
Según los académicos, de aprobarse, la iniciativa tendrá un “efecto estático (corto plazo) que inducirá una baja del nivel del límite a la usura, pero el mecanismo contiene incentivos para que las tasas se incrementen endógenamente con el correr del tiempo” porque, en definitiva, el tope “lo fija el propio mercado, ya que este se establece a partir de las tasas medias”.
Agregan que desde hace “varios años se vienen registrando niveles de rentabilidad muy elevados por parte de las instituciones financieras, lo que da cuenta de que existe un amplio margen para disminuir el costo del crédito en pos de beneficiar a los usuarios”. Para ellos, tanto el esquema vigente como el propuesto en el proyecto no son “soluciones a largo plazo para estabilizar los límites a la usura en niveles razonables”.
Como alternativa, Sanroman y Rapetti proponen establecer una fórmula de cálculo del límite a la usura que no dependa de parámetros endógenos al mercado de crédito, sino que considere el “riesgo país”, la Tasa Libre de Riesgo, el exceso de inflación respecto de Estados Unidos y la depreciación cambiaria. Aplicando esta fórmula, el límite a la usura debería colocarse actualmente en torno al 80%. Según su planteo, esto operaría como un “límite absoluto, que ninguna tasa en ningún segmento pueda subir de eso”, si bien aquella que “está realmente muy despegada es la de crédito al consumo” y, por tanto, es la que “preocupa más”.