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Feriado: sin estimación “robusta” del MEF de costos y ahorros que le genera al Estado
Además de las remuneraciones, un cálculo del impacto fiscal debería considerar los “múltiples ahorros” de diversos gastos de funcionamiento durante el asueto, señala el Ministerio de Economía
El feriado mantiene sin actividad a gran parte de las oficinas, la enseñanza pública y otras áreas del Estado
Este miércoles 19 de junio se conmemora el natalicio del prócer José Gervasio Artigas y es un día feriado laborable, aunque prácticamente todas las oficinas públicas están cerradas y solo están activas las áreas más esenciales. El sector privado, como es habitual en estas fechas, funciona a media máquina, con servicios restringidos por ejemplo en el transporte y casi nulos en los bancos.
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En diciembre pasado, la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Diputados discutió una propuesta para declarar feriado laborable a escala de todo el país —y no solo departamental— el 28 de febrero de cada año, en recordación del Grito de Asencio, que marcó el inicio de la revolución oriental de 1811. “La pregunta que quiero hacer (...) es qué significaría un feriado nacional laborable, porque hoy ya tenemos feriados nacionales laborales, que son 19 de abril, 18 de mayo, 12 de octubre —capaz que me queda alguno por mencionar—, y no sé si la comisión puede votar la declaración de un feriado nacional laborable, porque laborable es para los funcionarios de la actividad privada, pero para los funcionarios públicos los feriados laborables son no laborables”, planteó la diputada frenteamplista Claudia Hugo en una de esas sesiones. Después de algunas deliberaciones, los integrantes de esa comisión votaron pedir opinión al Ministerio de Educación y Cultura, remitiendo el proyecto de ley sobre el feriado propuesto para los 28 de febrero.
En paralelo, Enzo Malán, otro miembro de la comisión, también frenteamplista, cursó un pedido de informes pero al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Le preguntó “cuál es el costo actual (y posible costo estimativo) que asume el Estado en cada feriado, ya sea laborable o no laborable”; si “existen estimativos de casos en los que los feriados laborables generen costos adicionales para el Estado”; “cómo se compone el mencionado costo”; y “cuáles serían los costos para el Estado en caso de establecer un posible feriado nacional laborable el 28 de febrero de cada año”.
La respuesta ministerial llegó al legislador en los primeros días de junio. La Dirección General de Secretaría le informó que “se consultó a la Dirección de Política Económica respecto a las interrogantes que plantea el señor legislador, la que respondió indicando que no existe una metodología disponible a los efectos de que este ministerio pueda evaluar en forma robusta el costo que cada feriado nacional tiene para el Estado”.
El MEF agregó que la “información disponible respecto a remuneraciones —que podría servir de base para la evaluación que plantea el señor legislador— es la que consta en el Presupuesto Nacional”. Sin embargo, para el ministerio, además de esos datos deberían considerarse “múltiples ahorros que resultarían de diversos gastos de funcionamiento que, en mayor o menor medida, podrían verse abatidos”.
En el caso de los funcionarios públicos, en general no trabajan los días feriados no laborables ni los laborables (o “comunes”), aunque el jerarca de cada oficina puede, por razones de servicios, disponer el mantenimiento de guardias. Los trabajadores mensuales cobran su salario habitual, ya sea que se interrumpa o no su actividad.