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    Por ser “empresas de papel”, la DGI dio de baja a unas 80 entidades que emitían facturas electrónicas

    También dispuso la invalidación de los comprobantes emitidos por las personas físicas y jurídicas desafiliadas del régimen de comprobantes fiscales digitales

    Mediante una única resolución, la Dirección General Impositiva (DGI) desafilió del régimen de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) a unas 80 personas físicas y jurídicas, tras comprobar que sus operaciones carecían de sustento real y, por tanto, se trata de entidades comúnmente conocidas como “empresas de papel” o emisores de “facturas falsas”.

    El organismo comunicó el lunes 20 que esa acción buscó “inhibir la actuación de algunos emisores” de CFE al constatarse que no realizaban actividades económicas reales. El procedimiento incluye la desafiliación de ese régimen, lo que les impide continuar emitiendo comprobantes fiscales, así como la invalidación de los comprobantes emitidos por esas entidades. Como consecuencia de esto último, pierden validez los créditos fiscales originados en comprobantes emitidos por las personas físicas o jurídicas desafiliadas y, por tanto, no podrán ser deducidos en las liquidaciones de impuestos.

    La DGI publicó en su sitio web la nómina de las entidades eliminadas del régimen de CFE con su número de Registro Único de Contribuyente (RUT), a la vez que hizo comunicaciones personalizadas a los emisores involucrados, a los proveedores de servicios de facturación electrónica y a los contribuyentes que son usuarios intensivos de comprobantes de emisores desafiliados.

    Este procedimiento “forma parte de las acciones que la DGI implementa con el propósito de corregir la conducta tributaria de algunos contribuyentes, en el marco de la gestión del cumplimiento de las obligaciones” impositivas.

    El régimen de facturación electrónica permite emitir de forma digital la documentación tradicional de venta (facturas, boletas, notas de crédito, entre otros). Por cada operación se crea un CFE con la misma validez fiscal que en la modalidad tradicional.