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    La Corte Electoral elevó a una comisión el análisis sobre la suspensión de ciudadanía de Guillermo Besozzi

    La Comisión de Asuntos Electorales deberá elaborar un informe y “no podrá demorarse mucho”; Besozzi transmitió su “profunda indignación” a la Corte Electoral

    La Corte Electoral comenzó a analizar el caso del intendente de Soriano, Guillermo Besozzi, luego de que el Poder Judicial le comunicara su formalización por siete delitos de corrupción. En una sesión este miércoles 17, la Corte resolvió elevar el análisis a la Comisión de Asuntos Electorales para luego definir si debe suspenderse o no la ciudadanía de Besozzi, informó a Búsqueda el ministro José Korzeniak.

    La comisión permanente, que deberá discutir y elaborar un informe para luego votar en el pleno del organismo, está integrada por el vicepresidente de la Corte Electoral, Alfredo Castelar, y los ministros Korzeniak, Arturo Silvera, José Garchitorena y Ana Lía Piñeyrúa. El resto de los ministros podrán participar como invitados. Si bien la comisión no tiene un plazo determinado para actuar, “no podrá demorarse mucho”, dijo Korzeniak, quien explicó que “si hubiera acuerdo, saldría un solo informe”, pero cree que “va a haber por lo menos dos”.

    En caso de que se resuelva la suspensión de la ciudadanía, Besozzi no podría continuar ejerciendo como intendente.

    El análisis de la situación de Besozzi comenzó esta semana, tras recibir el martes 9 la comunicación del Poder Judicial sobre su formalización por peculado, tráfico de influencias, concusión, omisión de denunciar delitos, cohecho simple, abuso de funciones y cohecho calificado, todos delitos que prevén penas de penitenciaría, en caso de alcanzar una condena.

    Mientras aguarda la definición de la Corte, el jefe comunal de Soriano viajó a Montevideo para reunirse con autoridades de gobierno. En ese marco, mantuvo este miércoles un encuentro con el presidente de la República, Yamandú Orsi, para hablar sobre el sistema nacional de puertos, según dijeron a Búsqueda fuentes de la Torre Ejecutiva.

    Besozzi fue imputado el 13 de marzo, pero el fallo judicial quedó firme el 22 de mayo, tras una sentencia de un tribunal de apelaciones.

    La demora en informar la formalización a la Corte se debió a que la jueza de Mercedes que actúa en la causa, Ximena Menchaca, negó el pedido de la fiscalía de comunicar la resolución judicial al organismo electoral. El asunto fue dirimido por el Tribunal de Apelaciones de 4° turno en una sentencia del 28 de agosto, tal como informó Búsqueda el jueves 11.

    La solicitud de la fiscal suplente Charline Ferreyra, que fue ratificada por el tribunal, se basó en el artículo 266.6 del Código del Proceso Penal, que establece que cuando la formalización “se produzca en causa en la que pueda recaer pena de penitenciaría, tendrá el efecto previsto en el artículo 80 de la Constitución de la República”. El artículo 80 de la Constitución menciona siete causales por las que “se suspende la ciudadanía”, entre ellas “por la condición de legalmente procesado en causa criminal de que pueda resultar pena de penitenciaría”.

    La jueza consideró, en cambio, que debe comunicarse a la Corte Electoral “cuando existe condena definitiva”, algo que también sostiene la defensa de Besozzi.

    Para el abogado Juan Fagúndez, la comunicación debe realizarse solo si ocurre una condena, porque “la presunción de inocencia se mantiene hasta que exista una sentencia de condena firme”.

    Los descargos de Besozzi

    El intendente de Soriano presentó en los últimos días sus descargos ante la Corte Electoral.

    En el escrito, al que accedió Búsqueda, Besozzi cuestiona con “profunda indignación” la situación en la que se encuentra. “Posiblemente, seré, desde la aplicación del Nuevo Código de Proceso Penal, el único ciudadano al cual se le comunicó la formalización (a la Corte Electoral), a los efectos de que se analice todo lo vinculado al ejercicio de los derechos inherentes a la ciudadanía y a la suspensión de la ciudadanía”, dice Besozzi.

    El exsenador y cuatro veces intendente recuerda que, aun estando formalizado, compitió en las elecciones departamentales de mayo, resultó electo intendente de Soriano y fue proclamado por la propia Corte Electoral. A su entender, la resolución judicial surge de una interpretación “errónea” del Tribunal de Apelaciones que “vulnera flagrantemente los principios de inocencia, de igualdad” y desconoce el criterio de la Suprema Corte de Justicia, que se ha “expresado públicamente a través de su vocero, en cuanto a que las formalizaciones desde la aplicación del Nuevo Código de Proceso Penal no se comunican a la Corte Electoral”.

    Besozzi advierte que “pareciera que ya no se busca la verdad material”, sino “impedir el ejercicio de un cargo” para el que fue democráticamente electo”. “Al menos es a la conclusión que razonable y objetivamente lleva la cronología de los hechos; y la forma en la que el Estado a través de sus representantes direcciona sus fuerzas”, agrega.

    El intendente asegura que “la comunicación a la Corte Electoral nunca debió suceder” y “se origina en una maliciosa intencionalidad de la fiscalía, y en una errónea resolución del Tribunal de Apelaciones de 4° turno”, porque “no se puede equiparar” la formalización del Código vigente con el antiguo procesamiento. Para sustentar su postura, cita jurisprudencia de la Corte Electoral y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como la opinión de constitucionalistas, como Martín Risso o Ruben Correa Freitas.

    Finalmente, solicita que se mantengan sus derechos civiles y políticos, en defensa no solo de sus garantías individuales, sino también de “la voluntad ciudadana de un régimen democrático”.