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    Dónde voto en las elecciones departamentales y municipales 2025: consultá el padrón electoral

    La Corte Electoral habilitó el buscador del padrón electoral para los comicios del 11 de mayo de 2025

    Qué se vota en las elecciones 2025

    A nivel departamental:

    • 1 intendente (máxima autoridad ejecutiva del departamento).
    • 31 ediles (integrantes de la Junta Departamental).

    A nivel municipal:

    • 1 alcalde (jefe del gobierno municipal).
    • 4 concejales (miembros del concejo municipal).

    En total, se elegirán a nivel nacional:

    • 19 intendentes.
    • 589 ediles.
    • 127 alcaldes.
    • 508 concejales.

    Consultá el padrón electoral

    La Corte Electoral habilitó el padrón electoral, donde los ciudadanos pueden verificar su lugar de votación y condiciones de accesibilidad.

    ¿Cómo consultar?

    • Ingresar al sitio web de la Corte Electoral, a través de este link.

    • Buscar por:

      • Número de credencial cívica (serie y número).

      • Nombre, apellido y fecha de nacimiento.

    El sistema mostrará:

    • Circuito electoral asignado.
    • Dirección del local de votación.
    • Accesibilidad (en caso de requerirlo).
    elecciones-discapacidad.jpg
    Accesibilidad y votación para personas con discapacidad

    Accesibilidad y votación para personas con discapacidad

    Accesibilidad y votación para personas con discapacidad

    • Si un local de votación no es accesible, las personas con discapacidad motriz pueden votar en un circuito accesible dentro de su serie electoral, presentando su credencial cívica.

    Municipio de votación

    • Cada ciudadano debe votar en el municipio asignado en el padrón, independientemente de su lugar de residencia.

    • Ejemplo: Si vives en el municipio D, pero tu padrón indica votar en el municipio C, debes votar allí. De lo contrario, tu voto será anulado.

    Obligatoriedad del voto y justificaciones

    El voto es obligatorio. Las únicas justificaciones aceptadas son:

    • Enfermedad o discapacidad que impida asistir.

    • Imposibilidad física debidamente comprobada.

    • Hallarse fuera del país el día de la elección.

    Es importante recordar que estas justificaciones deben ser presentadas ante la Junta Electoral dentro de los 30 días posteriores a la votación.

    Constancia de voto

    Dado que estas elecciones son de carácter obligatorio, se entregará una constancia de voto a cada elector. La Corte Electoral recomienda verificar la información contenida en este documento antes de retirarse.

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    Veda alcohólica durante las elecciones

    Veda alcohólica durante las elecciones

    Veda alcohólica durante las elecciones

    Según el artículo 177 de la Ley N° 7.812, está prohibida la venta de bebidas alcohólicas desde 24 horas antes del cierre de la votación y hasta su finalización.

    Horario de restricción:

    • Inicio: sábado 10 de mayo a las 19:30 hs.
    • Finaliza: domingo 11 de mayo, al término de la jornada electoral.

    Veda electoral: restricciones de propaganda

    De acuerdo con la Ley N° 16.019, la publicidad y propaganda electoral debe suspenderse 48 horas antes de la jornada de votación.

    Período de veda:

    • Inicio: viernes 9 de mayo (a partir de las 00:00 h).
    • Finalización: domingo 11 de mayo, una hora después del cierre de los circuitos electorales.

    ¿Qué está prohibido?

    • Propaganda proselitista en la vía pública (afiches, banderas, pintadas, etc.).
    • Publicidad electoral en medios de comunicación (TV, radio, prensa, redes sociales pagas).