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    Aumentaron a 79 los concursos; acreedores pidieron la mayoría

    En 2022 la cantidad de solicitudes de concurso de acreedores creció 49%, en comparación al año anterior: hubo 79 presentaciones en total, 26 más que en 2021. En los últimos cuatro años se venía registrando una disminución de la cantidad de casos de insolvencia y pedidos de reestructuración de deudas, una tendencia que cambió en el año que termina, según los datos que recolecta la Liga de Defensa Comercial (Lideco).

    El gerente de esa organización, Bernardo Quesada, señaló a Búsqueda que en 2022 también se observa otra particularidad: el crecimiento de la participación de los concursos “necesarios” (solicitados por algún acreedor) en comparación con los realizados por el propio deudor (“voluntarios”). En 2020 los necesarios eran 36% del total, en 2021 pasaron a representar el 58% y fueron el 61% en 2022.

    Este año, uno de los concursos más sonados fue el de la agencia de viajes y turismo TransHotel. El origen fueron las denuncias judiciales de decenas de clientes por no haber podido concretar los viajes que habían pagado porque la agencia no entregaba los pasajes o no había hecho las reservas correspondientes. En el último trimestre del año la Justicia decretó el concurso de acreedores de esa empresa y el Ministerio de Turismo dispuso su clausura. La estafa habría afectado a unas 1.200 personas, según notas de prensa.

    Las solicitudes fueron de empresas de rubros diversos: construcción, transporte, cría de animales, fábrica de cerámica roja, residencial de adultos, fábrica de cerramientos metálicos, panadería y confitería, barraca de construcción, molino arrocero, lavadero, venta de muebles, de electrodomésticos, de ropa, de artículos deportivos, supermercado, organización de convenciones y eventos, imprenta, entre otros.

    Uno de los últimos concursos tramitados este año, antes de la Feria Judicial, fue el de Central Lanera Uruguaya, una cooperativa de larga data —fundada en 1967— que comercializa dentro y fuera del país lana en estado natural e industrializada (lavada y peinada, en forma de tops) que le remiten los productores asociados.  La ausencia de compra de tops por parte de China en los últimos tres años fue uno de los principales factores de la baja actividad y problemas financieros de Central Lanera, reseñó la cooperativa ante la Justicia concursal.

    Central Lanera Uruguaya

    Más “necesarios”

    De acuerdo al marco vigente, la declaración judicial de concurso ocurre respecto a cualquier deudor que enfrente un estado de insolvencia, es decir, que no pueda cumplir con sus obligaciones de pago. La norma obliga al deudor a solicitar su propio concurso (“voluntario”) dentro de los 30 días siguientes a haber conocido esa situación. Fijada una junta de acreedores, el deudor puede presentar una o varias propuestas de convenio, con un plan de continuación o reorganización empresarial o bien para liquidar el negocio.

    Pero el pedido de concurso también puede llegar a la Justicia a solicitud de algún acreedor. De hecho, en 2022 seis de cada 10 fueron de ese tipo, que se denomina “necesario”.

    Según consultas realizadas por Búsqueda a varios estudios jurídicos, el crecimiento de esa modalidad de presentaciones puede estar relacionado con varios factores.

    Uno de los expertos comentó que hay varios casos de solicitudes presentadas por trabajadores. Eso es porque para que los empleados con haberes pendientes puedan aplicar al fondo de garantía de créditos laborales —creado en 2018 y reglamentado en 2019— es condición la insolvencia del empleador, lo que encierra la declaración de concurso o liquidación de la firma.

    Otra fuente indicó que disminuyeron los incentivos para que las empresas se presenten voluntariamente a reorganizar sus deudas. Eso se dio porque en los últimos años hubo un cambio de criterio en los ámbitos judiciales que hace que el concurso no proteja al deudor, como sucedía antes, al enfrentar denuncias penales por falta de fondos. Ahora, dijo, se los formaliza.

    Además, según otro especialista consultado, se está observando un cambio en el comportamiento de los acreedores que son empresas, incluso bancos. Explicó que se están volcando a solicitar el concurso de sus deudores como una alternativa a cobrar sus créditos para beneficiarse de las ventajas previstas por ley. Entre ellas está el hecho de que el juez puede disponer del embargo preventivo de los bienes de los administradores de la empresa (directores, por ejemplo). Apuntó que aquel acreedor que inste el concurso tiene un privilegio general para cobrar sus créditos y la posibilidad de condena a los administradores a cubrir el déficit patrimonial, en caso de que el juez determine o califique al concurso como culpable (que hubiera existido dolo o culpa grave del deudor o de los administradores de derecho o de hecho).