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    Denegatoria ficta a recursos de Cipriani contra La Banca

    El recurso presentado por la sociedad Fosara —Grupo Cipriani— que busca la anulación de tres resoluciones del 2020 de la Dirección de Loterías y Quinielas (DNLQ) y le permitió a la Banca de Quinielas, a través de Banquidur, vender apuestas de competencias deportivas internacionales virtuales tuvo una denegatoria ficta. El Ministerio de Economía (MEF) no se pronunció dentro del plazo que tenía para hacerlo.

    La asesoría jurídica de la Dirección de Secretaría del MEF entendió, por un lado, que a la fecha de adoptadas las resoluciones por parte de la DNLQ la empresa Fosara “no se encontraba en una situación jurídica que pudiera ser afectada por los actos cuestionados”, dado que en ese momento no podía “aspirar a una licencia de casinos online, por la existencia de una prohibición legal, y menos a una autorización para explotar juegos por Internet a cargo de la DNLQ”. El abogado Carlos Rosas agregó que esa “falta de legitimación causal para recurrir no se ve modificada de modo alguno” por la resolución de diciembre de 2020, que le otorgó al grupo Cipriani la concesión para explotar un casino físico a construir sobre los cimientos del ex Hotel San Rafael de Punta del Este. No obstante eso, la DNLQ, a los efectos de otorgarle “mayores garantías, sustanció y analizó el recurso de revocación como tal, franqueando el recurso jerárquico” interpuesto, relató el asesor del MEF.

    En otro pasaje del documento, fechado en marzo de 2021 y al que accedió Búsqueda, el abogado agregó que de la interpretación normativa no surge que las resoluciones recurridas por Fosara se encuentren “viciadas de ilegalidad, puesto que se trata de juegos autorizados con anterioridad” a la aprobación de la Ley 19.535, que en su artículo 244 establece una prohibición “únicamente” para los juegos comprendidos en la competencia de la Dirección de Casinos del Estado. El director de Jurídica sugirió la “confirmación de las resoluciones impugnadas”, así como el mantenimiento de la suspensión de una de ellas, como pidieron en su momento La Banca y Banquidur para el bingo virtual.

    En la misma línea se pronunció Ruth Devita, abogada de la DNLQ: “Los actos formales deben mantenerse y no concederse la suspensión de su ejecución”, puesto que las resoluciones se dictaron “conforme a derecho”.

    A su vez, en una consulta pedida por La Banca, el catedrático en derecho constitucional Augusto Durán Martínez concluyó que “si se entiende que el recurrente (Fosara) carece de legitimación activa para recurrir”, como sostuvo la asesoría legal del MEF, “corresponde tener por no interpuestos los recursos”.

    Fosara presentó una acción de nulidad contra las resoluciones de la DNLQ ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

    En sus comparecencias en la Comisión de Hacienda para discutir el proyecto de ley que habilita los juegos de casinos online, los abogados de Cipriani señalaron que las agencias de quinielas nucleadas en La Banca no pagan impuestos al Estado.

    Sobre ese punto, una consulta contratada a KPMG por Banquidur, respondida en mayo pasado, concluyó que el juego administrado por sus “bancas” está “sujeto a los mismos impuestos que resultan aplicables” en el país a cualquier organización empresarial, incluido el IVA, que vino a “sustituir al derogado impuesto específico al juego, cumpliendo la función que tenía este”. La consultora acotó que la carga fiscal “no se trasladó al apostador”, sino que estas empresas la absorbieron “como parte de su estructura de costos”.

    Fuentes de La Banca de Quinielas informaron a Búsqueda que las empresas que la integran hacen una contribución fiscal del orden de US$ 80 millones anuales.