Nº 2241 - 7 al 13 de Setiembre de 2023
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEs un organismo que no alimenta el morbo noticioso, no involucra delitos cometidos por personalidades, ni persigue acosadores o pedófilos. Pese a ello, todo lo que atañe a las decisiones del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) es central para los ciudadanos, el sistema y las instituciones.
Probablemente la mayoría de los lectores, pendientes de las candilejas de las pujas partidarias como si en ello les fuera la vida, ignoran a este organismo y sus cometidos. Se trata de un cuerpo jurisdiccional creado en la Constitución de 1952 (aunque su existencia se previó en 1934), que se ubica al margen de los tres poderes del Estado y es independiente.
El artículo 309 de la Carta establece que el TCA decide sobre las demandas de nulidad de actos administrativos definitivos de la administración que sean contrarios a una regla de derecho o debido a la desviación de poder.
También comprende a los actos administrativos definitivos emanados de los órganos del Estado, de los gobiernos departamentales, los entes autónomos y los servicios descentralizados.
Vale decir que sus cinco integrantes —jueces de igual jerarquía que los de la Suprema Corte de Justicia y formados en el Poder Judicial mediante una carrera— deben decidir sobre eventuales nulidades planteadas por los organismos del Estado o por los ciudadanos que se sientan afectados por esas decisiones. Nada más y nada menos.
Pero desde su creación, hace 71 años, el TCA prácticamente ha sido ignorado por todos los gobiernos y los partidos políticos, seguramente porque sus actuaciones no les reportan beneficios electorales. Probablemente tengan razón y se aferran, como el expresidente José Mujica, a que lo político está por encima de lo jurídico. ¿Acaso no quieren que los controlen?
Su importancia la señala el viernes 1º Leonardo Guzmán en su columna de El País, que tituló “El contencioso ¿congelado?”. Reflexiona: “El tema no reluce en títulos de portada. Pero no merece silencio ni resignación: el TCA es un órgano esencial del sistema de garantías y no debe ser pospuesto. El Estado de derecho tiene principios que se patentizan a la vista y con estruendo: la libertad de expresión, el respeto a las urnas, el derecho de asociación… Esos resortes a todos nos son familiares: los respiramos y ejercitamos con una normalidad que hasta parece mantenerse sola”.
El abogado remarca que “el sistema institucional tiene entresijos que no están a la vista. Allí actúan estudiosos que —sin relacionistas que les batan el parche— laboran sobre los temas más delicados, ponen grandeza en lo ínfimo e infunden universalidad en lo particular. Ocurre con la persona jurídica mayor, el Estado, lo mismo que con la persona jurídica fundamental, la criatura humana: su salud depende de la armonía de órganos e intimidades que no exhibimos”.
Entre 1992 y 1993 se planteó reformar la Constitución para eliminar el TCA e incorporarlo a la Suprema Corte mediante salas, una de las cuales sería de lo Contencioso Administrativo. Parecía ser lo ideal pero nada ocurrió. Para el sistema político no es prioritario.
El tribunal actúa con el marco de un prehistórico proceso y sin organismos inferiores para descentralizar y acelerar los juicios, muchos de los cuales se eternizan. Por ahora el tribunal único de cinco jueces debe ocuparse de todo.
Pese al tiempo transcurrido desde que se estableció, nunca se han creado esos órganos inferiores previstos por el artículo 320 de la Constitución de la República, para lo cual se requieren tres quintos de votos en el Parlamento. Serían Juzgados de lo Contencioso Administrativo y eventualmente uno o más Tribunales de Apelaciones, con la finalidad de descentralizar y acelerar los juicios.
Hoy los cinco jerarcas del edificio de la calle Mercedes deben decidir desde el pedido de destitución de un funcionario público hasta acciones de nulidad por una licitación pública de varios millones de dólares, la clausura de un establecimiento comercial por infracciones tributarias o la privatización del Portland. ¡Parece broma!
De todo ello dan cuenta especialistas de primera línea, pasados y presentes como Alberto Ramón Real, Juan Pablo Cajerville, Augusto Durán Martínez, Enrique Tarigo, Carlos Delpiazzo, Ruben Correa Freitas o Mariano Brito, entre muchos otros.
Y lo más probable es que así seguirá porque en el proyecto de Rendición de Cuentas se eliminaron algunas mejoras que habrían modificado y perfeccionado el TCA en beneficio de todos. A los integrantes del sistema político parece importarles un bledo. ¿Que hubo algunos avances? Sí, pero no en lo esencial.
Apuesto a que si se les pregunta en forma sorpresiva a integrantes del sistema político o a dirigentes sindicales sin formación jurídica qué es el TCA y qué funciones cumple, no sabrían responder. De repente, como suele suceder, imitarían a Cantinflas para salir del paso.
Así nos va.