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Tras un controvertido e impugnado proceso, el Tribunal de Cuentas de la República (TCR) decidió, en una votación dividida, observar un proyecto de resolución del presidente de la República, Luis Lacalle Pou, que adjudica a la empresa estadounidense S2 Global Inc. la licitación pública llevada adelante por la Dirección Nacional de Aduanas para la compra y operación de tres escáneres (dos fijos y uno móvil), por un período de 10 años. La oferta de la empresa fue de $ 1.649.696.102, unos US$ 42,2 millones según el tipo de cambio actual.
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La resolución del TCR está firmada el 31 de octubre y, según pudo saber Búsqueda, contó con los votos de la presidenta del organismo, Susana Díaz (neutral), y de los tres ministros designados por el Frente Amplio.
Esa mayoría del tribunal decidió observar el gasto por un “incumplimiento” del artículo 48 del Tocaf (Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera), que establece que la redacción del pliego “deberá ser consistente, evitar la duplicación de requisitos y prevenir la existencia de indefiniciones, contradicciones y cláusulas ambiguas”, argumenta la resolución, a la que accedió Búsqueda.
En efecto, el tribunal consideró que las respuestas que se hicieron a varias consultas de los oferentes no fueron precisas y carecían de información suficiente. Una de ellas, la número 22, refería a la situación de un oferente que presentara su propuesta con componentes de una empresa subcontratada extranjera. En concreto, la empresa consultante interpretaba que debía existir una carta de compromiso debidamente formalizada, pero como los tiempos de legalización y apostillado en el exterior, debido a la pandemia, “demoran más de lo usual”, consultaba si podía presentar documentación “en trámite” de forma digital. En la respuesta, Aduanas sostuvo que se permitiría ofertar con documentos provenientes del extranjero sin culminar su legalización y apostillado, acreditando que se encontraran en trámite, pero que debían estar finalizados y presentados “previo al informe de recomendación de adjudicación de la Comisión Asesora de Adjudicaciones”.
Según el tribunal, esa respuesta generó “inseguridad jurídica” a los oferentes, en cuanto a la fecha límite en que esos trámites debían estar culminados y presentados.
Además, se consideró que hubo otras respuestas que eran distintas a lo preceptuado en el pliego y tenían criterios diferentes: “Surge que al momento de evaluar las ofertas, la Administración adopta criterio disímil respecto al pliego y al tenor da las aclaraciones a las consultas referidas; léase de carácter amplio a la hora de exigir la legalización de documentos y restrictivo en cuanto a que puede ser considerado como antecedente para la prestación de servicios con exigencia de alto nivel de disponibilidad”.
A su vez, el tribunal cuestionó otra de las respuestas a las consultas, que habilitaba a una de las empresas extranjeras a presentar informes contables de su casa matriz. Esa exigencia, sostiene el cuerpo, resulta “insuficiente” para evaluar la capacidad económica del oferente, “teniendo en cuenta que se trata de dos personas jurídicas diferentes”; y así configura la “indefinición” que está prevista en el artículo 48 del Tocaf.
En cambio, los tres ministros oficialistas consideraron que no se violentaba ese artículo del Tocaf.
Procedimiento controvertido
Tras varias marchas y contramarchas, Aduanas busca con este llamado ponerle punto final a un largo proceso licitatorio, luego de que un llamado similar fuera declarado desierto en 2019.
En enero pasado, la DNA lanzó una nueva licitación. Si bien estaba previsto que la apertura de sobres se realizara el 10 de marzo, terminó postergándose unas semanas más. Debido a esto, Sonda Uruguay, una de las interesadas, presentó un recurso de revocación que suspendió provisoriamente el proceso. Despejado el recurso, las oferentes fueron, además de Sonda, S2 Global Inc., Construcciones e Instalaciones Electromecánicas (Ciemsa) y CSI Ingenieros. Estas últimas dos, que iban a asociarse, fueron quienes promovieron la realización del llamado, por lo que tenían una ventaja de 8% sobre el valor ofertado.
El 26 de mayo, la Comisión Asesora de Adjudicaciones dictaminó que las ofertas de Sonda y S2 Global Inc. cumplían los requisitos de admisibilidad, pero no así las de Ciemsa y CSI Ingenieros, debido a que la declaración técnica que presentaron no incluía toda la información del anexo técnico, y que la documentación emitida en el exterior no estaba debidamente “legalizada ni apostillada”, ni tampoco estaba en trámite de legalización. De las dos ofertas restantes, la de S2 Global Inc. recibió 89 puntos en 100, mientras que la de Sonda, 87.
El 10 de agosto, Ciemsa y CSI Ingenieros interpusieron un recurso de revocación y jerárquico contra un presunto acto administrativo que había dispuesto no incluir la respuesta de estas firmas sobre las observaciones de otros oferentes a su propuesta. De ese acto la empresa fue informada, dice la resolución, el 8 de agosto, de forma verbal. El 7 de setiembre, la comisión asesora de adjudicaciones le respondió a la División de Gestión Jurídica y Notarial de la DNA que ese acto administrativo impugnado no se había dictado y seguidamente esa división observó que el consorcio admitió haber tomado conocimiento el 8 de junio de la situación, por lo cual la impugnación del 10 de agosto se realizó cuando ya estaba “clara y largamente vencido el plazo para recurrir”. De esta manera, se consideró que el recurso fue deducido de forma “extemporánea”.
En una entrevista con El Observador en setiembre, el director nacional de Aduanas, Jaime Borgiani, había sostenido que la adjudicación estaba en su “última etapa”: “Hay que entender que es una licitación internacional, con un valor importante, con muchos interesados. A la brevedad va a estar adjudicada”.
Borgiani había sido objeto de cuestionamientos por parte de la Asociación de Funcionarios Aduaneros, a través de un comunicado público, donde se sostenía que los controles seguían siendo un “saludo a la bandera”. Actualmente la DNA controla las cargas con un solo escáner de más de 10 años de antigüedad.